[Consulta-icp2] Recordatorio – Webinar sobre ICP-2 | Reminder: ICP-2 Webinar | Lembrete – Webinar sobre o ICP-2
jordi.palet at theipv6company.com
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Thu Sep 25 09:18:20 -03 2025
La lista tiene un limite de tamaño de mensaje muy bajo y modera mensajes, he recortado la mitad aprox para que pase.
Hola Jorge,
Ese 0,0000000000001% de hoy, puede ser mañana el 0,1% o el 10% y no hay que discriminarlo ni obviarlo. Si no lo incluimos, cualquier RIR puede decidir no entregar recursos a quienes siendo personas físicas sin actividad económica lo justifican.
Aunque solo fueran investigadores los que necesitan esos recursos, son lo suficientemente importantes para el mundo, para Internet en general, que no se les puede negar.
Como se justifican es una cuestión de las políticas, pero evitar que un RIR se pueda negar, es una cuestión del ICP-2 (es el marco).
Y no estoy muy de acuerdo con el resto de lo que dices. El mundo a cambiado, pero los RIRs están sujetos al cumplimiento de leyes, normas, estándares, etc. Es como si ahora decidiéramos que vamos a discriminar a personas físicas sin actividad económica y no entregarles un dominio si así lo quieren, porque no tienen un negocio.
Por eso mismo también los PDPs deben ser obligados a tener ese recurso de apelación independiente y si que es algo que debe ir en el ICP-2, porque es el marco.
Saludos,
Jordi
@jordipalet
> El 25 sept 2025, a las 14:07, Jorge Villa <villa at reduniv.edu.cu> escribió:
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> Hola Jordi, como estas?
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> Ante todo, muchas gracias por tus comentarios; que por supuesto, al igual que los de Oscar y de todos los que sigan contribuyendo, serán debidamente analizados.
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> Solo quería hacer un tres observaciones.
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> Este tema de las personas físicas, donde debe estar/seguir en discusión es en la lista de políticas; pues de hecho es una de las propuestas que van a este foro. En esta lista de ICP-2 no están todos los que participan en la lista de políticas, y por tanto, el debate no va a tener la riqueza de esa lista.
>
> Respecto a este tema e ICP-2, me voy a abstraer de si tiene sentido o no lo de las personas física. Pero, sin temor a equivocarme, puedo decirte que las personas físicas sin actividad económica que van a requerir esto, será el 0.00000000000000000000001% del total de receptores de recursos desde los RIRs. En el momento en que cualquiera podía obtener recursos, no había una Internet global que se erigía como soporte de la sociedad moderna, ni había RIRs, ni ICANN; ni había GDPR, ni nada por el estilo. El mundo cambió de forma significativa, y hoy cualquiera de las cosas que se hacen, tienen implicaciones diferentes a ese momento. Entonces, a los efectos de este trabajo, hay que valorar los pros y contras, y en función de ello tomar decisiones; pues todo lleva mecanismos de implementación (que tienen asociados costos, no solo en recursos financieros, sino también en tiempo y esfuerzo de coordinación/negociación) . Cualquier diseño es perfectible; y nadie contempla todas las posibles opciones, porque es imposible hacerlo (sino, no existiera nada buscando lo perfecto; y precisamente es una de las razones por las que existen organizaciones como el IETF). Si en un momento, el tema de las personas físicas sin actividad económica se vuelve relevante y no se incluyó en esta versión, pues habrá que buscar como incluirlo en ese momento. O si queda y se demuestra que no es necesario o que genera más problemas que beneficios, puede que se decida eliminar. Este no es un documento terminado e inamovible; sino que por definición está sujeto a revisiones periódicas (y la vida nos irá marcando el ritmo)
>
> El tema de las apelaciones al PDP, me parece que no va en el documento. El requerimiento que se hace, es que tiene que haber un PDP funcional en el RIR. De existir el mecanismo de apelaciones o cualquier otra cosa que modifique el PDP actual, debe ser parte del diseño mismo del PDP; tal como está estructurado el resto del funcionamiento hoy (a partir de modificaciones sucesivas que la comunidad ha entendido como necesarias).
>
> Saludos,
> Jorge
>
> De: Consulta-icp2 <consulta-icp2-bounces at lacnic.net <mailto:consulta-icp2-bounces at lacnic.net>> en nombre de "jordi.palet at theipv6company.com <mailto:jordi.palet at theipv6company.com>" <jordi.palet at theipv6company.com <mailto:jordi.palet at theipv6company.com>>
> Fecha: jueves, 25 de septiembre de 2025, 2:36 a.m.
> Para: <consulta-icp2 at lacnic.net <mailto:consulta-icp2 at lacnic.net>>
> Asunto: Re: [Consulta-icp2] Recordatorio – Webinar sobre ICP-2 | Reminder: ICP-2 Webinar | Lembrete – Webinar sobre o ICP-2
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> Hola Oscar, todos,
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> Estoy de acuerdo con casi todos tus comentarios.
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> Sin embargo, no puedo estar de acuerdo en tu comentario de las personas físicas sin actividad profesional. Aquí NO hablamos solo de LACNIC, sino de todos los RIRs, y se ha *demostrado* que en 3 de ellos las políticas lo permiten, como no puede ser de otra forma y en el caso de ARIN que no lo permiten directamente las políticas, sin embargo ha quedado demostrado que depende de la legislación, es decir, en algunos estados se acepta que una persona física sin actividad económica, donde no se requiere registro alguno (basta con su pasaporte u otro documento ya registrado), obtenga los recursos de ARIN. En otros casos, parece que en ARIN, registrarse como “teniendo actividad económica” aun no teniéndola, es algo tan sencillo y poco costoso que se tramita incluso en minutos on-line. Por lo tanto, obligar en las políticas a entregar recursos solo cuando hay actividad económica es falsear la situación. En el peor de los casos deberíamos decir algo del tipo que en el caso de personas físicas que no tengan actividad económica se demuestre su “existencia”, pero esto es algo que hacemos “en cualquier caso”, obviamente.
>
> Creo que LACNIC es la única excepción por lo tanto, que no admite personas físicas sin actividad económica,
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> Es obvio que antes de la existencia de los RIRs se entregaban recursos a cualquiera que los pidiera, incluso sin actividad económica, y en ningún caso la constitución de los RIRs puede cambiar esto. Las entregas de direcciones a personas sin actividad económica, pero que por ejemplo son investigadores, han permitido la evolución de Internet y sus protocolos y sigue haciéndolo. No podemos ni olvidar eso ni impedirlo. Acaso queremos que en LACNIC no surjan investigadores que lo hagan en su tiempo libre sin actividad económica? Queremos que LACNIC tenga menos competitividad que otras regiones?
>
> Con la implementación de IPv6, la única manera de tener multihoming es tener direcciones propias (PI). Por lo tanto, si no admitimos esa realidad, estamos impidiendo que los hogares puedan tener enlaces redundantes de un modo técnicamente válido (ni podemos ni debemos, como comunidad técnica, decir que la solución esta en RFCs experimentales, sino en estándares). Como ejemplo mas grave, no podemos evitar que haya sistemas para el mantenimiento de la vida de personas dependientes, aquellas que necesitan monitorización médica constante, y que por tanto si o si requiere 2 o más enlaces a Internet. La pérdida de conexión es tan grave como la pérdida de energía y ocasiona muertes (como se ha demostrado en el apagón de España de hace unos meses).
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> Sin entrar en detalles técnicos, esto es un beneficio para los ISPs, porque pueden ofrecer un servicio de mayor valor añadido, gestionando BGP para esas personas físicas que no necesitan tener conocimientos para ello y no hace falta tener un router “profesional". Esto es algo que ya se ha visto en muchos países, ISPs que ofrecen fibra “residencial” sin BGP, pero con opción a ello.
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> Insisto en que ello supone una importante pérdida de competitividad para la región. Obviamente, no podemos querer resolverlo impidiendo que también los otros RIRs estén obligados a entregar direcciones a personas físicas sin actividad económica, y menos cuando ya lo hacen.
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> Entiendo los problemas de GDPR u otros que puede generar, como puede pasar con cualquier cosa que se haga en un RIR, porque al final estamos sujetos a legislaciones, que además, pueden cambiar y debemos adaptarnos a ellas. La solución no es “no hacerlo”, sino buscar soluciones, valga la redundancia.
>
> Otra cosa importante que hace falta agregar a la versión actual del documento, es que debe haber un proceso de apelación del PDP que sea independiente. Cada vez tengo mas claro que es algo que hace falta en todos los RIRs.
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> Saludos,
> Jordi
>
> @jordipalet
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