Emisor de respuesta autom=?ISO-8859-1?B?4Q==?=tica: Re: [LACNIC/Politicas] Emisor de respuesta autom=?ISO-8859-1?B?4Q==?=tica: Politicas Digest, Vol 31, Issue 7

JORDI PALET MARTINEZ jordi.palet at consulintel.es
Thu Nov 17 19:09:03 BRST 2005


Francisco,

Una de las conclusiones del estudio que hicimos en
http://www.ipv6tf.org/news/newsroom.php?id=1260, es que las direcciones IP
pueden ser consideradas como datos personales (al menos en caso de personas
fisicas), y por tanto, su asociacion en un registro (base de datos, otros),
con la persona que las utiliza (aunque no las posea), puede suponer una
violacion de la privacidad.

Si lo pensais, es bastante logico, y no hace falta ser abogado para
entenderlo ...

Saludos,
Jordi




> De: Francisco Obispo <fobispo at nic.ve>
> Responder a: <politicas-bounces at lacnic.net>
> Fecha: Thu, 17 Nov 2005 14:15:54 -0400
> Para: <resquive at ice.co.cr>
> CC: "politicas at lacnic.net" <politicas at lacnic.net>
> Asunto: Re: Emisor de respuesta automática: Re: [LACNIC/Politicas]  Emisor de
> respuesta automática: Politicas Digest, Vol 31, Issue 7
> 
> -----BEGIN PGP SIGNED MESSAGE-----
> Hash: SHA1
> 
> Excelente..
> 
> Ahora bien.. creo que algún abogado debería hacernos un análisis de
> como estas premisas pueden colisionar con la publicación en WHOIS...
> 
> Porque:
> 
> resquive at ice.co.cr wrote:
> 
>> Francisco
>> 
>> Según nuestra constitución Política, el Artículo 24 sobre los
>> "Derechos y Garantías Individuales" indica:
>> 
>> Se garantiza el derecho a la intimidad, a la libertad y al secreto
>> de las comunicaciones.
>> 
> 
> será con el derecho al intimidad?,  las otras premisas, no
> veo como tienen relación con el whois.
> 
> 
> muchos saludos y gracias.
> 
> 
> 
>> Son inviolables los documentos privados y las comunicaciones
>> escritas, orales o de cualquier tipo de los habitantes de la
>> República...
>> 
>> 
>> Este tema ya fue analizado por los abogados de LACNIC y por
>> nuestros abogados.. (adjunto correo para su análisis, enviado por
>> Raúl el Marzo 19, 2005 9:30 pm )
>> 
>> 
>> Saludes
>> 
>> Ronald
>> 
>> 
>> ----- Mensaje original ----- De: Raul Echeberria <raul at lacnic.net>
>> Fecha: Sábado, Marzo 19, 2005 9:30 pm Asunto: Re: SUMINISTRO DE
>> INFORMACIÓN DE CLIENTES A LACNIC
>> 
>>> Estimado Ronald
>>> 
>>> 
>>> Te comento el resultado de nuestras conversaciones
>> 
>> con nuestros
>> 
>>> abogados. Creo que si hay dudas, lo más recomendable es que
>> 
>> pongamos a
>> 
>>> nuestros abogados en contacto directo.
>>> 
>>> Nuestro abogado es
>>> 
>>> "Eduardo Jimenez de Arechaga" <ejimenez at sfb.com.uy>
>>> 
>>> 
>>> Te resumo mi visión del tema luego de haber
>> 
>> consultado a nuestros
>> 
>>> abogados.
>>> 
>>> De acuerdo a lo informado por los asesores legales
>> 
>> de ICE, esta no
>> 
>>> puedeproporcionar la información a la base de
>> 
>> datos WHOIS,
>> 
>>> basándose entre otras cosas, en el artículo 24 de la Constitución
>>> 
>> 
>> de Costa Rica, cuyo
>> 
>>> texto es el siguiente:
>>> 
>>> ARTICULO 24.- Son inviolables los documentos
>> 
>> privados y las
>> 
>>> comunicaciones escritas y orales de los habitantes
>> 
>> de la
>> 
>>> República. Sin embargo, la ley fijará los casos en que los
>> 
>> tribunales de justicia
>> 
>>> podrán ordenar el secuestro, registro o examen de
>> 
>> documentos privados,
>> 
>>> cuando ello sea absolutamente indispensable para
>> 
>> esclarecer asuntos
>> 
>>> sometidos a su conocimiento.
>>> 
>>> El artículo 28 de la Constitución Uruguaya tiene
>> 
>> un contenido
>> 
>>> similar al artículo 24 de la Constitución de Costa Rica, que
>> 
>> es el siguiente:
>> 
>>> Artículo 28: Los papeles de los particulares y su
>> 
>> correspondencia
>> 
>>> epistolar, telegráfica o de cualquier otra
>> 
>> especie, son
>> 
>>> inviolables, y nunca podrá hacerse su registro, examen o
>> 
>> interceptación sino
>> 
>>> conforme a las leyes que se establecieron por razones de
>> 
>> interés general.
>> 
>>> 
>>> El punto importante a considerar es que al
>> 
>> proporcionar datos a la
>> 
>>> base de datos WHOIS de LACNIC no se esta violando un documento
>>> privado ni ninguna
>> 
>> comunicación oral o
>> 
>>> escrita. Es más LACNIC y los usuarios de la
>> 
>> referida base de datos no
>> 
>>> solo no tendrán acceso al contenido de un correo
>> 
>> electrónico, ni
>> 
>>> siquiera accederán al registro de remitentes y
>> 
>> destinatarios de
>> 
>>> correoselectrónicos (cuya protección
>> 
>> constitucional podría ser más
>> 
>>> dudosa). Aun desde el punto de vista del derecho a la
>> 
>> intimidad (habeas
>> 
>>> data), no corresponde no proporcionar la información, porque
>> 
>> la misma ha sido
>> 
>>> consentida por ICE, en la medida en que la base de
>> 
>> datos WHOIS se
>> 
>>> encuentra fundada en políticas aprobadas y
>> 
>> establecidas por LACNIC
>> 
>>> (porsus socios, no su directorio), cuya
>> 
>> implementación se encuentra
>> 
>>> autorizada por el Acuerdo de Servicios de Registro
>> 
>> (ver cláusulas
>> 
>>> 2, 5 y 6).
>>> 
>>> Sin perjuicio de lo manifestado, a los efectos de
>> 
>> salvaguardar sus
>> 
>>> intereses ICE puede solicitar a los usuarios que
>> 
>> autoricen a ICE a
>> 
>>> proporcionar esta información.
>>> 
>>> Por otra parte, cabe señalar que este no es un
>> 
>> caso en que LACNIC le
>> 
>>> solicita información a ICE sobre sus usuarios, en
>> 
>> la medida en que la
>> 
>>> titularidad sobre los números IP no pertenece a
>> 
>> los usuarios, sino
>> 
>>> que es un bien publico cuya administración corresponde a
>> 
>> LACNIC.
>> 
>>> Por lo tanto, ICE no le estaría proporcionando esa
>> 
>> información a un
>> 
>>> tercero, sino al responsable de la administración
>> 
>> de esos números
>> 
>>> IP, quien tiene un legitimo derecho a contar con información
>> 
>> de los usuarios de
>> 
>>> los números a los efectos de comprobar el uso del
>> 
>> espacio de
>> 
>>> direccionesIP.
>>> 
>>> En consecuencia, por cuanto ICE proporciona esa
>> 
>> información a LACNIC
>> 
>>> (titular y administrador de los números) no se
>> 
>> violaría ningún
>> 
>>> derecho,luego será LACNIC quien incorporaría esa
>> 
>> información a la
>> 
>>> base de datos WHOIS, y quien eventualmente libera la información
>> 
>> a terceros es
>> 
>>> LACNICy no ICE.
>>> 
>>> 
>>> Espero que esto contribuya a aclarar la situación.
>>> 
>>> Si persisten dudas, creo como decia antes, que lo
>> 
>> mejor sería
>> 
>>> poner en contacto a los abogados entre si.
>>> 
>>> 
>>> Te mando un abrazo
>>> 
>>> Raúl
>>> 
>>> P.D. - No estaré en la oficina esta semana
>> 
>> proxima. Estare
>> 
>>> devacaciones.
>>> 
>>> 
>>> At 17:30 17/03/2005, resquive at ice.co.cr wrote:
>>> 
>>>> Raúl
>>>> 
>>>> Estamos en la espera del informe legal de parte de LACNIC.
>>>> Necesitamos dicho informe, para iniciar un proceso de
>>>> consultas, propuesta y modificación de políticas a nivel de
>>>> direccionamiento con nuestros clientes a nivel legal y
>>>> jurídico.
>>>> 
>>>> Se tiene que definir algo al respecto lo más pronto posible, ya
>>>> que cada día se agregan nuevos clientes a nuestra Red IP, con
>>>> lo que crece la base de datos y la cantidad de prefijo por
>>>> agregar en el WHOIS.
>>>> 
>>>> Saludes
>>>> 
>>>> Ing. Ronald Esquivel Jiménez Msc. Diseño I+D UEN Valor
>>>> Agregado- ICE TEL: (506)243-6224 Fax: (506)257-7380
>>>> 
>>>> 
>>> 
>> 
>> 
>> 
>> ----- Mensaje original ----- De: Francisco Obispo <fobispo at nic.ve>
>> Fecha: Jueves, Noviembre 17, 2005 10:42 am Asunto: Re:
>> [LACNIC/Politicas] Emisor de respuesta automática: Politicas
>> Digest, Vol 31, Issue 7
>> 
> 
>> 
>> resquive at ice.co.cr wrote:
>> 
>>> Como les he comentado, en nuestro País (Costa
>> 
>>> Rica) hay leyes que
>> 
>>> protegen información clave de los ciudadanos,
>> 
>>> por lo que no se
>> 
>>> puede pasar a terceros, en este caso LACNIC.
>> 
>> A que te refieres con "información clave" ?, Creo
>> 
>>> que si
>> 
>> vamos a estudiar casos particulares, deberíamos
>> 
>>> revisar
>> 
>> la ley en CR, y ver si existen "excepciones" a la
>> 
>>> publicación.
>> 
>>> Considero importante que este tema sea
>> 
>>> considerado en una posible
>> 
>>> modificación a la política del WHOIS y definan
>> 
>>> los lineamentos
>> 
>>> adecuados para que nuestros clientes no se vean
>> 
>>> perjudicados por
>> 
>>> terceros.
>> 
>> Como se están viendo perjudicados sus clientes? ,
>> 
>> Si están recibiendo mucho SPAM (por ejemplo), creo
>> 
>>> que hay formas
>> 
>> mucho mas efectivas de luchar contra esto, y no
>> 
>>> necesariamente
>> 
>> ocultando la información del whois (seguridad por
>> 
>>> obscuridad)
>> 
>> Saludos
>> 
>> 
>> 
>> 
>> 
>>> Saludes
>> 
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> Version: GnuPG v1.4.1 (GNU/Linux)
> Comment: Using GnuPG with Thunderbird - http://enigmail.mozdev.org
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> =VQ5Q
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> Politicas at lacnic.net
> http://www.lacnic.net/mailman/listinfo/politicas




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