[LACNIC/Politicas] propuesta LAC-2023-4 ("Gestión de Recursos Legados")

Tomas Lynch tlynch at nog.lat
Fri Sep 29 12:07:19 -03 2023


On 9/29/23 9:33 AM, Fernando Frediani wrote:
> Hola tomás
> 
> ¿En qué se basa su interpretación de que simplemente por ser elegido 
> Moderador puede desempeñar funciones que no están previstas en el PPD?
> 
En que es electo por la comunidad para representarlos.


> Si no está escrito claramente, lo más obvio, seguro y correcto es 
> ceñirse a lo escrito porque lo que está escrito es lo que previamente 
> fue discutido y aprobado por la comunidad e es público para todos.
> El hecho de que haya sido elegido Moderador no significa que tenga el 
> mandato de hacer todo lo que "considere para el bien de la comunidad" 
> aunque no esté en el PDP. Abriría puertas a infinitas posibilidades.
> 
Por eso elegimos buenos moderadores.


> Entiendo una línea de pensamiento que quizás quiere tener más 
> flexibilidad en manos de los Moderadores para manejar ciertas 
> situaciones y esto es muy tentador, pero en la práctica termina siendo 
> una violación ya que no tiene sentido asumir que ellos pueden decidir 
> cosas más allá de lo previsto.
Reemplacemos a los moderadores por un script en Python entonces, nos 
evitamos elegirlos, que la gente se presente, que el moderador se 
equivoque. Un montón de dinero podría ahorrar LACNIC.

> Si a alguien le molesta que no haya algo escrito en el PDP que presente 
> una propuesta para mejorar y dejar más claro lo que los Moderadores 
> pueden o no hacer. En caso de duda, no lo hagas.
> 
Mis próximas propuestas van a ser:

1) 12 formas de amasar pasta porque en ARIN un día amasaron pasta
2) LACNIC debe construir la Estrella de la Muerte orbitando Mercurio en 
un plazo menor a 6 meses (esta va con coautor)
3) Todas las propuestas deben ser presentadas en tablas de arcilla en 
escritura cuneiforme.
4) Los socios de LACNIC deben pagar a los moderadores una suma anual al 
equivalente de 800 guanacos según cotización del mercado (la base de 
esto es que anteriormente se le pagaba al moderador en LACNIC)

Si vamos a transformar esto en un circo, hagamoslo bien. Nada de medias 
tintas. Un abrazo fraterno Fernando.

Tomas

> Fernando
> 
> On 29/09/2023 09:45, Tomas Lynch wrote:
>> Jordi,
>>
>> Los moderadores son electos por la comunidad para representarlos. En 
>> ellos está la potestad, delegada por la comunidad, de verificar si las 
>> propuestas están de acuerdo con el objetivo del manual de recursos o 
>> del PDP. Si los moderadores solamente pudieran regirse estríctamente 
>> por el PDP entonces los podríamos reemplazar por un algoritmo.
>>
>> Ese es mi punto de vista, mi intepretación completa de todo el 
>> ecosistema. No solamente de un punto o dos del PDP.
>>
>> Saludos,
>>
>> Tomás
>>
>> On 9/29/23 2:54 AM, jordi.palet--- via Politicas wrote:
>>> Hola Tomás,
>>>
>>> El problema está en discriminar subjetivamente, por parte de los 
>>> moderadores, si algo esta dentro del PDP o no. El PDP no lo admite, 
>>> salvo que me haya saltado alguna parte en su lectura o cuando lo 
>>> actualice/escribí yo mismo le hubiera dado ese sentido en algún 
>>> punto, y te aseguro que no fue el caso. Te pediría por favor que me 
>>> ilustrases al respecto.
>>>
>>> La función de aspectos del PDP como alcanzar consenso, el análisis de 
>>> impacto, otras informaciones que los moderadores pueden pedir al 
>>> staff, y la ratificación por parte del directorio, esta para que esos 
>>> “filtros” no sean subjetivos ni de lejos, sino decisiones de la 
>>> comunidad, con la información adicional que necesite.
>>>
>>> Si hay una deficiencia en la interpretación del PDP a este respecto, 
>>> lo que hay que hacer es resolverla, no mantenerla indefinidamente en 
>>> el tiempo. Como tu bien dices, el PDP es nuestra ley, y como tal, se 
>>> puede crear una jurisprudencia, pero esa jurisprudencia no todos los 
>>> jueces la van a aceptar/aplicar de igual modo (he pasado por ello 
>>> varias veces en asuntos judiciales), se crea precisamente para 
>>> resolver dudas en la interpretación de la ley. Pero aquí no se trata 
>>> de interpretar una ley, porque no hay ningún apartado del PDP que 
>>> indique nada al respecto de una censura previa, mas bien al contrario.
>>>
>>> Saludos,
>>> Jordi
>>>
>>> @jordipalet
>>>
>>>
>>>> El 29 sept 2023, a las 0:54, Tomas Lynch <tlynch at nog.lat> escribió:
>>>>
>>>> LAC-2022-5 no fue publicada por no tener nada que ver en absoluto 
>>>> con el manual ni con el pdp. Está en la atribuciones de los 
>>>> moderadores no aceptar propuestas que no tengan absolutamente nada 
>>>> que ver con el manual y/o el pdp. Como siempre digo, no podemos 
>>>> solamente manejarnos con la fria letra de la ley, existe siempre 
>>>> algo llamado jurisprudencia que agún abogado podrá explicar mejor 
>>>> que yo.
>>>>
>>>> Sobre esta propuesta LAC-2023-4, es tan largo el correo, es tan 
>>>> ferviente la arenga, es tan inocua la amenaza, que dan ganas de 
>>>> darle la razón a los moderadores.
>>>>
>>>> Saludos,
>>>>
>>>> Tomás Lynch
>>>>
>>>> On 9/28/23 4:52 AM, jordi.palet--- via Politicas wrote:
>>>>> Hola a todos,
>>>>> Adjunto a este correo la propuesta LAC-2023-4 que fue enviada el 
>>>>> 13/9. Muy brevemente os explico la misma, el contexto, y porque no 
>>>>> será presentada en el próximo Foro Público, por decisión de los 
>>>>> moderadores, incumpliendo el PDP.
>>>>> La propuesta parte de una idea y propuesta que presente en APNIC en 
>>>>> Enero de 2020. La versión que finalmente alcanzó consenso de esta 
>>>>> propuesta en APNIC fue la v4, que podéis ver en 
>>>>> https://www.apnic.net/community/policy/proposals/prop-147/.
>>>>> Nota: lo que nosotros llamamos recursos legados, en APNIC se llaman 
>>>>> recursos históricos (HR - Historical Resources), y en “corto” son 
>>>>> los recursos que fueron entregados antes de la existencia de los RIRs.
>>>>> Podéis ver la presentación de la propuesta en 
>>>>> https://conference.apnic.net/55/assets/files/APPS314/apnic55-prop-147-v00_1677578029.pdf.
>>>>> Si preferís el vídeo: 
>>>>> https://www.youtube.com/watch?v=YMgvZDFrFIA&t=1762s
>>>>> Dicha propuesta ya fue implementada con resultados muy buenos, y 
>>>>> casi 3 millones de direcciones IPv4 recuperadas (algunas aún en 
>>>>> proceso). Esto se puede ver en la presentación del staff en el 
>>>>> último APNIC: 
>>>>> https://conference.apnic.net/56/assets/files/APJS642/hrm-project-wrap_1694508533.pdf
>>>>> Y el vídeo de la misma: 
>>>>> https://www.youtube.com/watch?v=fl2VlRhSGAs&t=522s
>>>>> Y ahora nos centramos en la propuesta, que aunque es muy corta voy 
>>>>> a intentar explicar de forma aún mas breve.
>>>>> Los recursos legados son aquellos que fueron entregados sin ningún 
>>>>> tipo de justificación antes de la existencia de los RIRs. Los 
>>>>> usuarios de dichos recursos pueden haber desaparecido, pueden no 
>>>>> estar siendo utilizados, pueden haber sido secuestrados, pueden 
>>>>> tener sus datos de contacto no actualizados, etc. Todo ello es en 
>>>>> perjuicio de la comunidad, e tiene incluso implicaciones graves de 
>>>>> seguridad. Esto son implicaciones para los 5 RIRs.
>>>>> En el caso de LACNIC, aquellos poseedores de recursos legados que 
>>>>> hayan firmado el contrato de membresía (porque han solicitado otros 
>>>>> recursos, por ejemplo ASN o IPv6), dejan de ser legados, pagan sus 
>>>>> cuotas y reciben todos los servicios.
>>>>> Sin embargo, en el resto de los casos, no pagan cuotas, y reciben 
>>>>> servicios de registro (excepto RPKI), y por lo tanto están siendo 
>>>>> subvencionados por el resto de los miembros, lo cual es muy injusto.
>>>>> La propuesta, igual que en el caso de APNIC, resuelve esto, de 
>>>>> forma que LACNIC pueda verificar la actualidad de los datos de 
>>>>> registro de los recursos legados y por tanto mantengamos whois 
>>>>> actualizado. Aquellos que no sean “contactables”, o no justifiquen 
>>>>> que los recursos están siendo utilizados/anunciados, podrán ser 
>>>>> reclamados, según los pasos de la política de recuperación que ya 
>>>>> existe en el manual (sección 7).
>>>>> Sin embargo, y en contra del PDP, los moderadores argumentan el 20 
>>>>> de Septiembre que no puede ser publicada (según su subjetivo 
>>>>> criterio por la falta de jurisdicción de LACNIC).
>>>>> A mi respuesta (el mismo día 20) a su consideración subjetiva, y 
>>>>> contraria al PDP, tanto porque la jurisdicción (en este caso) de 
>>>>> LACNIC es la misma que la de APNIC (cada uno en sus respectivas 
>>>>> regiones), no obtengo respuesta hasta insistir el día 22, cuando 
>>>>> por parte del staff, se me indica ahora que es una cuestión de 
>>>>> “alcance” (lo cual no figura en ninguna parte del PDP).
>>>>> Mis argumentos son claros y contundentes con el PDP al pié de la 
>>>>> letra y que no deja lugar a la interpretación:
>>>>> 1) Considero que vuestro argumento es incorrecto, de otro modo en 
>>>>> APNIC tampoco se hubiera podido hacer, y sin embargo se ha hecho, 
>>>>> con muy buenos resultados.
>>>>> 2) Los recursos (todos) pertenecen a la comunidad, no a un RIR 
>>>>> determinado, y la comunidad, en cada región puede determinar que 
>>>>> hacer con los recursos.
>>>>> 3) No es una atribución de los moderadores, que no pueden *nunca*, 
>>>>> en base al PDP, objetar a ninguna propuesta. Será la comunidad, 
>>>>> incluso el staff con sus recomendaciones en el análisis de impacto, 
>>>>> o en último extremo el directorio, quien podrá objetar a ratificar 
>>>>> una propuesta si alcanzara el consenso.
>>>>> 4) La revisión que se hace una vez enviada una propuesta, según el 
>>>>> punto 3.1 del PDP indica claramente "Solo se revisará el texto de 
>>>>> la política, no sus méritos”.
>>>>> 5) El punto 3.2.4 del PDP indica "Introducir en la Lista Pública un 
>>>>> llamado para la discusión de *cualquier propuesta* que sea 
>>>>> presentada por la comunidad …”, insisto en el “cualquier propuesta”.
>>>>> 6) El propio PDP de LACNIC: “El Proceso de Desarrollo de Políticas 
>>>>> es parte fundamental de los servicios que brindan los Registros 
>>>>> Regionales de Internet. Es a través de este proceso donde se valida 
>>>>> la creación y modificación de las políticas que el RIR aplica en su 
>>>>> región.”
>>>>> 7) La comunidad no ha alcanzado consenso en 3 propuestas de 
>>>>> políticas diferentes que buscaban que esa “censura previa” la 
>>>>> hiciera la propia comunidad, lo cual como no podía ser de otra 
>>>>> forma, deja claro que esa censura previa no es razonable ni 
>>>>> admisible. No puede haber subjetividad en el PDP, pero mucho menos 
>>>>> en admitir la publicación de una propuesta porque esta explicitado 
>>>>> en el propio PDP.
>>>>> En resumen, no hay ninguna atribución del PDP que impida la 
>>>>> publicación de una propuesta. Podría entender que no se hiciera si 
>>>>> se pretende publicar una propuesta al respecto de discutir 
>>>>> cualquier tema que no tenga nada que ver con recursos ni LACNIC 
>>>>> (comunidad), pero nunca en otro caso. No hay ninguna base para 
>>>>> objetar ni en el manual de políticas ni en el PDP y la soberanía 
>>>>> reside en la comunidad, no en el staff, ni en los moderadores, y 
>>>>> por tanto se está haciendo una clara censura subjetiva previa.
>>>>> La revisión de la propuestas antes de su publicación tiene como 
>>>>> objetivo exclusivamente buscar su claridad, evitar erratas, etc.
>>>>> He pedido a los moderadores que reconsideren su posición, y también 
>>>>> que dado que ya no estábamos a tiempo de publicar esta propuesta, 
>>>>> por su decisión contraria al PDP, al menos me dieran espacio para 
>>>>> presentar el tema en el próximo Foro Público (y lo hice antes del 
>>>>> plazo para publicar la agenda), en base al punto 3.5 del PDP "Se 
>>>>> ofrecerán espacios para la presentación de temas de interés para el 
>>>>> Foro Público de Políticas.”, y tampoco se ha considerado.
>>>>> Por supuesto, desde el primer momento he ofrecido la posibilidad de 
>>>>> discutir todo este tema en una videollamada, evitando cruces 
>>>>> interminables de correos, porque me parece una situación gravísima, 
>>>>> y tampoco se ha considerado (de hecho no se ha respondido a ello).
>>>>> Esta misma situación ya ocurrió con la propuesta LAC-2022-5. No 
>>>>> entro en detalles de la misma, porque al final la problemática es 
>>>>> la misma: Se esta pre-juzgando, en contra del PDP y no procediendo 
>>>>> a la publicación de propuestas que claramente están dentro del 
>>>>> ámbito del PDP/manual de políticas, vulnerando muy gravemente la 
>>>>> legitimidad de la soberanía de la comunidad.
>>>>> Por lo tanto, además de buscar opiniones acerca de esta propuesta, 
>>>>> este email tiene como objetivo iniciar oficialmente el proceso de 
>>>>> apelación, y solicitar a los moderadores que reconsideren su 
>>>>> decisión, tanto al respecto de la publicación de la propuesta 
>>>>> LAC-2023-4 como de la LAC-2022-5.
>>>>> En caso de no recibir una rectificación y confirmación de la 
>>>>> publicación en las próximas horas, continuaré con el proceso de 
>>>>> apelación para cada una de las propuestas.
>>>>> Saludos,
>>>>> Jordi
>>>>> @jordipalet
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>>> do LACNIC.
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>>> applies to LACNIC's discussion lists.
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>> LACNIC.
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>> applies to LACNIC's discussion lists.
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