[lacnog] Neutralidad de Red

Tomas Lynch tomas.lynch en gmail.com
Vie Dic 8 12:32:48 BRST 2017


2017-12-07 12:50 GMT-05:00 Hernan Arcidiacono <harcidiacono en iplan.com.ar>:

> Tomas:
>
> Coincidiría contigo si el tema solo fuera quien es el organismo que
> corrige desvíos. También coincido en que no es el fin del mundo. Entiendo
> también que es un hecho consumado, pero me asombra como el mundo toma con
> naturalidad algo que hasta ayer parecía un factor importante en el
> desarrollo de Internet.
>
>
Durante 20 años la parte comercial de Internet se desarrolló sin problemas.
Desde 1995, cuando se decomisionó NSFNET y antes del 26 de Febrero de 2015
vimos crecer a Amazon, Google, Facebook, Netflix, WhatsApp, etc. Vimos
también la caida de Geocities, Altavista, Viper, myspace.com y otros. Vimos
cambiar el logo de Cisco, Juniper, Ericsson, Huawei, spin offs, empresas
comprando empresas: AT&T -> Lucent -> Alcatel-Lucent, Nokia -> Microsoft ->
Nokia. Crecieron las redes nacionales e internacionales, los paises con
censura, censuraron, primavera árabe, sur, paredón y después.

No voy a defender a los que dicen que después del 26/01/2015 bajó la
inversión de los ISPs (grandes y chicos) porque para mí no fué así. Lo ví
desde dentro de una de las empresas que mencioné anteriormente y las
inversiones se mantuvieron. Pero no creo que sea un factor importante en el
desarrollo de Internet que las leyes de neutralidad queden dentro de la
FCC. No estoy en contra tampoco de que queden dentro de la FCC.



> No obstante creo que tenemos dos ingredientes a considerar.
>
> 1- En función de que se maneje en forma transparente (es decir previa
> comunicación) el ISP podrá dar trato diferenciado al trafico, cosa que
> ahora no se puede ni aunque avises.
>
>
En EEUU, Europa y algunos paises contados con la mano. El ejemplo enviado
de WhatsApp gratis en un país con ley sobre neutralidad creo que dice mucho
sobre todo lo que falta para ser neutrales (me sorprendió escucharlo por la
radio).



> 2- Cualquier corrección es ex-post ya que la norma que no permitía
> discriminar el tráfico sale de juego y para que se analice cualquier caso
> se deberá probar un perjuicio. Me da la impresión que pasamos de algo
> preventivo a algo reactivo y con márgenes grises.
>
>
Acá estamos de acuerdo, pasarlo al FTC es completamente reactivo. Los
márgenes de grises creo que se dan sin importar quién aplique la ley,
siempre está la letra fría y la jurisprudencia.



> Abrazo.
>
> *HERNÁN ARCIDIÁCONO *
> CTO
>

Abrazo,

Tomás Lynch


>
>
> Directo: 54-11-5031-6411
> *IPLAN* | iplan.com.ar <http://www.iplan.com.ar/>
>
> El 7 de diciembre de 2017, 14:23, Tomas Lynch <tomas.lynch en gmail.com>
> escribió:
>
>> Estuve leyendo distintas opiniones, posiciones, noticias neutrales, etc.
>> La propuesta de la nueva administración de la FCC es pasar los contextos
>> legales de neutralidad de red de ése organismo a la FTC (Federal Trade
>> Commission) como estaban antes. Hoy, ley más, ley menos, Google, Facebook,
>> Mozilla, Wal-Mart y un kiosco de alguna esquina perdida de Lincoln,
>> Nebraska, están regidos por la FTC. La FTC, entre otras funciones, se
>> dedica a que no haya abusos comerciales desde y entre las empresas.
>>
>> Mientras tanto Verizon, AT&T, Sprint, Century Link y un ISP de alguna
>> esquina perdida de Lincoln, Nebraska, están regidos por la FCC. ¿Por qué?
>> Se supone que están regidos ahí porque dan acceso entre los distintos
>> puntos de Internet y son los que podrían diferenciar el tráfico de manera
>> que les convenga estratégicamente o comercialmente a ellos.
>>
>> ¿Qué evita hoy que Google no haga lo mismo con su contenido? Nada, hoy
>> YouTube, y por favor corrijanme, de alguna manera favorece más a los videos
>> más vistos que a los no vistos. ¿Qué evita que Netflix no haga lo mismo con
>> su contenido? Nada, cualquiera que haya visto las recomendaciones de
>> películas en Netflix lo puede ver (e.g. "te recomendamos 'Un romance en
>> Nueva York - Netflix original' porque viste 'La Naranja Mecánica'). Si,
>> tienen buscadores, pero la gente es perezosa.
>>
>> La FCC el 14 de Diciembre va a remover a los proveedores de enlaces de la
>> denominación "common carrier" pase lo que pase, tiene mayoría republicana.
>> ¿Quién va a evitar que Comcast reduzca el ancho de banda a Netflix, como ya
>> ocurrió? La FTC.
>>
>> No creo que sea el fin del mundo, ni el fin de Internet como la
>> conocemos. Las reglas de neutralidad de red seguirán estando allí,
>> manejadas por otro organismo.
>>
>>
>> 2017-12-05 10:12 GMT-05:00 Jose Luis Painceira <jose en pccp.net.ar>:
>>
>>> Hoy en La Nación salió un artículo al respecto, hablando sobre la
>>> bonificación del uso de whatsapp que están haciendo las móviles en
>>> Argentina:
>>>
>>> http://www.lanacion.com.ar/2088470-el-verdadero-costo-de-ten
>>> er-whatsapp-gratis
>>>
>>> [...]
>>>
>>> A este modelo de "beneficios", adoptado en varias partes del mundo, se
>>> lo conoce como *zero rating* (*tasa cero*, en algunas traducciones).
>>> Pero el favorecimiento de ciertos servicios por encima de otros pone en
>>> riesgo la neutralidad en la red
>>> <http://www.lanacion.com.ar/neutralidad-de-la-red-t51296> , garantizada
>>> en nuestro país por la ley 27.078, conocida como Argentina Digital
>>> <http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/235000-239999/239771/norma.htm>
>>> .
>>>
>>> En un tuit, la neutralidad en la red garantiza que los proveedores de
>>> internet no puedan privilegiar un contenido sobre otro, ni censurar, ni
>>> forzar una velocidad más alta o más baja según el sitio, ni ofrecer
>>> selectivamente el acceso gratuito a distintos servicios.
>>>
>>> Esta garantía hizo posible, desde el origen de internet, la competencia
>>> justa entre quienes tenían una idea en un garage y enormes corporaciones
>>> con recursos de sobra. El beneficio del *zero rating* con WhatsApp, si
>>> bien no tiene que ver con "carriles rápidos" que priorizan un contenido o
>>> servicio sobre otro, impide garantizar la competencia justa, y genera
>>> situaciones de desventaja entre competidores
>>> <https://hipertextual.com/2017/07/neutralidad-red-discriminacion-positiva/>
>>> .
>>> [...]
>>>
>>> 2017-11-25 9:29 GMT-03:00 Hernan Arcidiacono <harcidiacono en iplan.com.ar>
>>> :
>>>
>>>> (disculpen duplicados)
>>>>
>>>> Hola:
>>>>
>>>> Como algunos sabrán esta semana el FCC anunció un plan que terminaría
>>>> con la neutralidad en la red.
>>>>
>>>> Fuera de los medios de US no he visto opinión al respecto en las listas
>>>> de la comunidad y más allá que esto es un tema en USA, sabemos que este
>>>> tipo de temas tienden a propagarse.
>>>>
>>>> Además para ser franco, me preocupa que del tema hable mas el New York
>>>> Time que nosotros que dedicamos muchas horas de nuestra vidas a crecer y
>>>> mejorar Internet.
>>>>
>>>> Asi que va este mail a modo de disparador para el debate.
>>>>
>>>> Slds.
>>>>
>>>> *HERNÁN ARCIDIÁCONO *
>>>> CTO
>>>>
>>>> Directo: 54-11-5031-6411
>>>> *IPLAN* | iplan.com.ar <http://www.iplan.com.ar/>
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>>>> *No Imprimas Digitalizá*
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>>>> Ley 25326 - art.27. - inc. 3. El titular podrá en cualquier momento solicitar el retiro o bloqueo de su nombre de los bancos de datos a los que se refiere el presente artículo.
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>>>> Decreto 1558/01 - art. 27. - 3er. párrafo. En toda comunicación con fines de publicidad que se realice por correo, teléfono, correo electrónico, Internet u otro medio a distancia a conocer, se deberá indicar, en forma expresa y destacada, la posibilidad del titular del dato de solicitar el retiro o bloqueo, total o parcial, de su nombre de la base de datos. A pedido del interesado, se deberá informar el nombre del responsable o usuario del banco de datos que proveyó la información.
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>>>> El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita y a intervalos no inferiores a 6 meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido por el artículo 14, inciso 3 de la ley 25326.-
>>>>
>>>> La DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, órgano de control de la ley Nº 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales.
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