Re: [LACNIC/Politicas] Recuperación de recursos
marcelo bagnulo braun
marcelo at it.uc3m.es
Tue Apr 26 05:58:40 BRT 2005
El 25/04/2005, a las 20:34, ARG-O'FLAHERTY, CHRISTIAN escribió:
>
> Estimados,
>
> Para simplificar el debate sobre la recuperación de recursos nos
> conviene suponer que los datos están actualizados. Voy a proponer
> dividir esta discusión en dos. Una será la política de recuperación de
> recursos y otra la de actualización de contactos.
>
> A continuación hago un resumen de lo discutido para la recuperación de
> recursos y marco con (*) los casos que faltan decidir.
>
> CUANDO LOS RECURSOS NO ESTAN UTILIZADOS Y:
>
> 2.) Se localiza el contacto de la organización pero este no está de
> acuerdo en regresar los recursos
>
> En este caso la organización se queda con los bloques
>
> 3.) El contacto no responde
>
> 3.a.) Se comprueba que la organización existe
> (*)
> 3.b.) Se comprueba que la organización no existe
> (*)
> 3.c.) No se puede conseguir información sobre el estado de la
> organización
> (*)
>
> 4) Se comprueba que la organización ya no existe más.
>
cual es la diferencia entre este punto y el punto 3.b. el cual parece
no estar definido?
> 3.a.) La organización deja de existir porque fue comprada por otra y
> los recursos no son mas utilizados
>
> En este caso se recuperan los recursos (LACNIC los puede reasignar)
>
> 3.b.) La organización deja de existir porque fue comprada por otra y
> se puede justificar que servicios o usuarios que utilizan dichos
> recursos fueron también transferidos
>
> En este caso LACNIC acepta la transferencia de los recursos
>
> 3.c.) La organización desapareció, no tiene mas operación. Los
> recursos ya no se utilizan
>
> Si no hay mas servicios ofrecidos los recursos son recuperados por
> LACNIC
>
> 3.d.) La organización desapareció, no tiene mas operación. Los
> recursos todavía son utilizados
>
como puede darse este caso? alguien que haya secuestrado los recursos?
es decir que alguien los esta usando aunque no se le han asignado?
Si este es el caso, creo que esto esta fuera del alcance de esta
discusion, y esta dentro del caso de apropiacion indebida de recursos,
donde el que usa los recursos no tiene ningun derecho a ellos.
Saludos, marcelo
> (*) Es obligación de la organización que está haciendo uso de los
> recursos demostrar que son los mismos servicios o usuarios que tenia
> la organización desaparecida. Quedará a criterio del staff de LACNIC
> aceptar la justificación. (esto no se discutió, es mi propuesta...)
>
> Qué proponen para los casos marcados (*) ?
>
> Además, seria bueno saber si alguien tiene comentarios para hacer
> sobre esta definición utilizada para el estudio presentado en Costa
> Rica:
>
> Se considera "no utilizado" a aquellos recursos no visibles en la
> tabla global de Internet por más de un año. Se tendrán en cuenta
> excepciones como los bloques IPv4 asignados para NAPs/IXP.
>
> Christian
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