[LACNIC/Politicas] Nueva version de propuesta de pol í tica (modificaci ó n de la existente de asignaci ó n y adjudicaci ó n de IPv6)
JORDI PALET MARTINEZ
jordi.palet at consulintel.es
Wed Apr 11 20:00:42 BRT 2007
Hola,
Adjunto una nueva version simplificada de la politica que envie despues de
la pasada reunion.
Número: 2006-xx
Título de la propuesta de política: Política de registración para la
asignación y adjudicación de direcciones IPv6
Autor: Jordi Palet Martinez
Consulintel
Versión: 2.0
Fecha de envío: 12/4/2007
Estado: Fase de Discusión
Grupo de trabajo sugerido para discusión y publicación: Grupo de
Políticas
Tipo de propuesta: Modificación
Termino de la política: Permanente
Documento de políticas afectado: El equivalente actual
Sumario de la Propuesta:
La modificación de la política actual propuesta esta diseñada para
proporcionar una solución a las largas discusiones que estan teniendo lugar
en diversas regiones al respecto de las políticas de IPv6 existentes.
Tambien toma en consideración los cambios que ya han tenido lugar en otros
RIRs.
Es también una solución alternativa a las propuestas existentes para
asignaciones intependientes del proveedor (PI).
A menudo, algunas organizaciones requieren realizar asignaciones internas.
Sus redes pueden estan constituidas por un número de sitios, cada uno de los
cuales tiene su propia infraestructura nivel 2. En algunos casos, las
organizaciones pueden tener un reducido número de sitios, pero aún asi
requieren su propio bloque, de tal forma que puedan evitar futuras
renumeraciones, en caso de cambios de su(s) proveedor(es) de tránsito o si
identifican la necesidad de multihoming.
Un ejemplo podría ser una gran universidad que tiene varios campus y
facultades, cada uno de los cuales con sus propias necesidades de
direcciones IPv6. Podría tener uno o varios proveedores de tránsito. La
universidad, posiblemente necesitará asignar direcciones IPv6 del mismo
bloque a sus sitios y al mismo tiempo, ser capaz de utilizar uno o varios
proveedores de tránsito. La red de la universidad se comporta por tanto como
un ISP interno de la universidad con respecto a cada uno de sus sitios
finales.
De hecho, esta propuesta aclara una situacion de adjudicación a este tipo de
clientes que es ya procedimiento ³de facto² en la region.
Borrador del Texto de la Política:
Sección 2.9. actual:
2.9. End Site
Un end site es definido como un usuario final (suscriptor) que tiene una
relación de negocios con un proveedor de servicios que involucra:
* al proveedor de servicios asignando un espacio de direcciones al usuario
final
* al proveedor de servicios otorgando un servicio de tránsito para el
usuario final hacia otros sites
* al proveedor de servicios transportando el tráfico del usuario final
* al proveedor de servicios anunciando un prefijo de ruta agregado que
contiene la asignación del usuario final
Texto sustitutivo propuesto:
2.9. End Site (Sitio Final)
Un end site es definido como un usuario final (suscriptor) que tiene una
relación de negocios o legal (misma o entidades asociadas) con un proveedor
de servicios que involucra:
* al proveedor de servicios asignando un espacio de direcciones al usuario
final
* al proveedor de servicios otorgando un servicio de tránsito para el
usuario final hacia otros sites
* al proveedor de servicios transportando el tráfico del usuario final
* al proveedor de servicios anunciando un prefijo de ruta agregado que
contiene la asignación del usuario final
Sección 5.1.1. actual:
5.1.1. Criterio de adjudicación inicial
Para calificar para la adjudicación inicial de un espacio de direcciones
IPv6, una organización debe:
a) ser un LIR o ISP;
b) not ser un sitio final (usuario final);
c) Documentar un plan detallado sobre los servicios y la conectividad en
IPv6 a ofrecer a otras organizaciones (clientes)
d) Anunciar en el sistema de rutas inter-dominio de Internet un único
bloque, que agregue toda la asignación de direcciones IPv6 recibida, en un
plazo no mayor de 12 meses
e) Ofrecer servicios en IPv6 a clientes localizados físicamente en la
región del LACNIC en un plazo no mayor de 24 meses
Texto sustitutivo propuesto:
5.1.1. Criterio de adjudicación inicial
Para calificar para la adjudicación inicial de un espacio de direcciones
IPv6, una organización debe:
a) Ser un LIR o ISP;
b) Documentar un plan detallado sobre los servicios y la conectividad en
IPv6 a ofrecer a otras organizaciones (clientes) o a sus
propios/relacionados(as) departamentos/entidades/sitios, a los cuales
asignará /48s.
c) Anunciar en el sistema de rutas inter-dominio de Internet un único
bloque, que agregue toda la asignación de direcciones IPv6 recibida, en un
plazo no mayor de 12 meses.
d) Ofrecer servicios en IPv6 a clientes o entidades propias/relacionadas
(incluyendo departamentos y/o sitios) localizados físicamente en la región
de LACNIC en un plazo no mayor de 24 meses.
Justificación:
a. Argumentos a favor de la propuesta
Ya ha habido claros ejemplos y discusiones en diferentes regiones acerca de
la necesidad de esta modificación y además es una reflejo de la realidad de
la adjudicación que se viene realizando en algunos casos.
Las dificultades que algunas grandes entidades encuentran en recibir espacio
de direcciones IPv6 es una clara barrera para su despliegue.
Por medio de esta modificación de la política, evitaríamos crear una
situación de injusticia entre diversar regiones de servicio RIR. Otros RIRs
ya han modificado la política común original de IPv6 para evitar algunas de
estas barreras.
b. Argumentos en contra de la propuesta
Un posible efecto contrario a esta propuesta podría ser el crecimiento de
las tablas de routing globales. Esto solo puede ocurrir si efectivamente se
hacen adjudicaciones bajo esta modificación de la propuesta, aunque
posiblemente esto ocurriría de otras formas mediante desagregación, y en
cualquier caso se producira a través del efecto de políticas de PI ya
aprobadas en otras regiones.
Saludos,
Jordi
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