[LACNIC/Politicas] LAC-2012-02

Alejandro Rodriguez arodriguez at b2ec.net
Wed Feb 29 15:50:47 BRT 2012


>  2.3.2.13.1 Información Necesaria
>  Las asignaciones registradas en la base de datos WHOIS de LACNIC deben
>  incluir la siguiente información sobre quien recibe la asignación:
>  nombre de la organización, dirección postal, contactos administrativos, técnicos y de abuso con números de teléfono y correos electrónicos actualizados.


No estoy de acuerdo que de alguna manera se endurezcan, los 
requerimientos de registro de asignaciones.

#1
Por problemas de privacidad , en mi experiencia, los usuarios no desean 
que sus datos se encuentren de manera publica en internet.

#2
Gran parte de los usuarios no tienen capacidad técnica para resolver 
reclamos por phishing o spam.
El ISP da respuesta y solución a estos reclamos. Entonces no tiene 
ningún sentido que se encuentre la dirección de contacto del usuario. 
(salvo una solicitud explicita por del mismo)

#3
Pudieran estos requerimientos entrar en conflicto con la legislación 
local sobre privacidad de datos personales.


>  2.3.2.13. Registro de asignaciones
>  Sustituir el texto del párrafo 2.3.2.13 por:
>  Todas las asignaciones de bloques IPv4 de prefijos /29 o menores

Me parece excesivo tener que registrar prefijos /29, no seria mejor 
prefijos menores a /29



Ing. Alejandro Rodriguez
Gerente Tecnico
Stealth Telecom del Ecuador
www.stealthtelecom.net
Telf: 2248233 / 2248887



El 29/02/2012 12:49, Ricardo Patara escribió:
> Hola Christian,
>
> Estoy de acuerdo con tus comentarios.
>
> Voy aguardar unos días para caso de otros comentarios y enviaré una
> nueva versión.
>
> gracias y saludos
>
>    Ricardo Patara
>
> On 29-02-2012 14:18, Christian O'Flaherty wrote:
>> Hola Ricardo,
>>
>> Apoyo la propuesta pero tengo algunas dudas:
>>
>>   2.3.2.13.1.2 Privacidad de Clientes residenciales
>>> Los clientes residenciales que reciban asignación de bloques IPv4 de
>> prefijo
>>> /29 o menores no deben tener sus datos registrados en la base de datos
>>> WHOIS de LACNIC.
>> 1.- Tal vez conviene aclarar "prefijos mayores" y entre paréntesis (bloques
>> menores)
>> 2.- En lugar de "no deben" creo que corresponde decir "no están obligados"
>>
>> Christian
>>
>>
>> 2012/2/27 Ricardo Patara<patara at registro.br>
>>
>>> Hola, como están?
>>>
>>> Acerca de esa propuesta, alguien más tiene comentarios o sugerencias?
>>>
>>> Solamente recordando, que tratase de una propuesta para tener un párrafo
>>> en los textos de las políticas que trate del registro de las sub
>>> asignaciones en la base de datos.
>>>
>>>
>>> El texto de la propuesta:
>>>
>>>> Modificar el nombre del párrafo:
>>>> 2.3.2.13. Envío de información de asignaciones
>>>> Por:
>>>> 2.3.2.13. Registro de asignaciones
>>>> Sustituir el texto del párrafo 2.3.2.13 por:
>>>> Todas las asignaciones de bloques IPv4 de prefijos /29 o menores
>>> realizadas
>>>> por ISPs a los clientes conectados a su red y los usuarios de los
>>> servicios
>>>> prestados deben registrarse en la base de datos WHOIS de LACNIC en un
>>>> plazo máximo de 7 días a partir de la asignación.
>>>> La información disponible en la base de datos WHOIS también será
>>> utilizada
>>>> por LACNIC cuando analice las solicitudes de bloques IPv4 adicionales
>>>> realizadas por el ISP.
>>>> El Registro de asignaciones también es necesario por los siguientes
>>> motivos:
>>>> . Para asegurarse que el IR finalizó o está finalizando la distribución
>>> de espacio
>>>> de direcciones de modo que se justifique la distribución de un nuevo
>>> espacio
>>>> adicional.
>>>> . Para proporcionar información a la comunidad de Internet sobre cuál
>>>> organización está usando el espacio de direcciones IPv4 incluyendo a la
>>>> persona de contacto en caso de problemas de tipo operativo, de
>>> seguridad, etc.
>>>> . Para el estudio de distribuciones de direcciones IPv4 en la región.
>>>> 2.3.2.13.1 Información Necesaria
>>>> Las asignaciones registradas en la base de datos WHOIS de LACNIC deben
>>>> incluir la siguiente información sobre quien recibe la asignación:
>>> nombre de la
>>>> organización, dirección postal, contactos administrativos, técnicos y de
>>> abuso
>>>> con números de teléfono y correos electrónicos actualizados.
>>>> 2.3.2.13.1.1 Clientes residenciales
>>>> Los ISPs que ofrezcan servicios a clientes residenciales pueden
>>> registrar en la
>>>> base de datos WHOIS de LACNIC bloques de direcciones en uso por los
>>>> equipos o áreas de atención al cliente, por servicio.
>>>> La información que se registre debe indicar el área de servicio,
>>> dirección postal
>>>> principal del ISP, contactos administrativos, técnicos y de abuso del
>>> ISP con
>>>> números de teléfono y correos electrónicos actualizados.
>>>> Las asignaciones deben realizarse por bloques de direcciones que
>>> totalizan la
>>>> cantidad de clientes atendidos en el área o por equipo.
>>>> 2.3.2.13.1.2 Privacidad de Clientes residenciales
>>>> Los clientes residenciales que reciban asignación de bloques IPv4 de
>>> prefijo /
>>>> 29 o menores no deben tener sus datos registrados en la base de datos
>>>> WHOIS de LACNIC.
>>>> El ISP cuyo cliente residencial reciba asignación IPv4 de prefijo /29 o
>>>> menor puede optar por registrar la asignación en la base de datos WHOIS
>>> de
>>>> LACNIC colocando sus propios datos o código que le sirva de referencia
>>>> interna. Los datos de contactos administrativos, técnicos y de abuso
>>> deben ser
>>>> los del ISP.
>>>> Sustituir el texto del párrafo 4.5.2.5. Distribución de LIR a ISP:
>>>> "... Sin embargo, todas las asignaciones de /48 a usuarios finales deben
>>> ser
>>>> registradas por el LIR o por sus ISPs subordinados de modo que el RIR/NIR
>>>> puede evaluar apropiadamente el HD Ratio cuando es necesaria una
>>>> distribución subsiguiente."
>>>> Por:
>>>> "... Sin embargo, todas las asignaciones de /48 a organizaciones Usuarios
>>>> Finales deben ser registradas por el LIR o por sus ISPs subordinados de
>>> modo
>>>> que el RIR/NIR pueda evaluar apropiadamente el HD Ratio cuando sea
>>>> necesaria una distribución subsiguiente.”
>>>> Modificar el nombre del párrafo:
>>>> 4.5.6. Registro
>>>> Por:
>>>> 4.5.6. Registro de asignaciones
>>>> Sustituir el texto del párrafo 4.5.6 por:
>>>> Todas las asignaciones de bloques IPv6 de prefijos /48 o menores
>>> realizadas
>>>> por los ISPs a los clientes conectados a su red y los usuarios de los
>>> servicios
>>>> prestados deben registrarse en la base de datos WHOIS de LACNIC en un
>>>> plazo mínimo de 7 días a partir de la asignación.
>>>> La información disponible en la base de datos WHOIS también será usada
>>> por
>>>> LACNIC cuando analice las solicitudes de bloques IPv4 adicionales
>>> realizadas
>>>> por el ISP.
>>>> La información disponible en la base de datos WHOIS será utilizada por
>>>> LACNIC para calcular el HD Ratio cuando analice las solicitudes de
>>> bloques
>>>> IPv6 adicionales realizadas por el ISP.
>>>> El Registro de asignaciones también es necesario por los siguientes
>>> motivos:
>>>> . Para asegurarse que el IR finalizó o está finalizando la distribución
>>> de
>>>> espacio de direcciones de modo que se justifique la distribución de un
>>> nuevo
>>>> espacio adicional.
>>>> . Para proporcionar información a la comunidad Internet sobre cuál
>>>> organización está usando el espacio de direcciones IPv6 incluyendo a la
>>>> persona de contacto en caso de problemas de tipo operativo, de
>>> seguridad, etc.
>>>> . Para el estudio de distribuciones de direcciones IPv6 en la región.
>>>> 4.5.6.1 Información Necesaria
>>>> Las asignaciones registradas en la base de datos WHOIS de LACNIC deben
>>>> incluir el nombre de la organización, dirección postal, contactos
>>> administrativos,
>>>> técnicos y de abuso con números de teléfono y correos electrónicos
>>>> actualizados.
>>>> 4.5.6.1.1 Clientes residenciales
>>>> Los ISPs que ofrezcan servicios a clientes residenciales pueden
>>> registrar en la
>>>> base de datos WHOIS de LACNIC bloques de direcciones en uso por los
>>>> equipos o áreas de atención al cliente, por servicio.
>>>> La información que se registre debe indicar el área de servicio,
>>> dirección postal
>>>> principal del ISP, contactos administrativos, técnicos y de abuso del
>>> ISP con
>>>> números de teléfono y correos electrónicos actualizados.
>>>> Las asignaciones deben realizarse por bloques de direcciones que
>>> totalizan la
>>>> cantidad de clientes atendidos en el área o por equipo.
>>>> 4.5.6.1.2 Privacidad de Clientes residenciales
>>>> Los clientes residenciales que reciban asignación de bloques IPv6 de
>>> prefijo /
>>>> 48 o menores no deben tener sus datos registrados en la base de datos
>>>> WHOIS de LACNIC.
>>>> El ISP cuyo cliente residencial reciba asignación IPv6 de prefijo /48 o
>>>> menor puede optar por registrar la asignación en la base de datos WHOIS
>>> de
>>>> LACNIC colocando sus propios datos o código que le sirva de referencia
>>>> interna. Los datos de contactos administrativos, técnicos y de abuso
>>> deben ser
>>>> los del ISP.
>>>
>>> Saludos.
>>>    Ricardo Patara
>>>
>>> On 13-02-2012 09:37, Ricardo Patara wrote:
>>>> Estimados.
>>>>
>>>> La propuesta LAC-2012-02 trata de definir un párrafo en los textos de
>>>> políticas para distribución de IPv4 y IPv6 que indique la necesidad de
>>>> se registrar sub asignaciones.
>>>>
>>>> En los textos actuales hay algo pero está distribuido en diversas
>>>> partes, lo que puede generar confusión o mismo dificultar la consulta.
>>>>
>>>> Pero además de eso, falta documentar los procedimientos para registro de
>>>> sub asignación a clientes residenciales.
>>>> Si bien que los ISPs ya tienen una posición de no registrar estas sub
>>>> asignaciones, es importante tener eso documentado en los textos.
>>>>
>>>> Solicito que leyan la propuesta, hagan los comentarios y indiquen si
>>>> están a favor o no, etc
>>>>
>>>> gracias!
>>>> --
>>>> Ricardo Patara
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