[LACNIC/Politicas] propuesta de politica LAC-2016-5 - dudas para nueva version

Ricardo Patara patara at registro.br
Tue Aug 30 11:34:01 BRT 2016


Hola

On 30/08/2016 11:28, JORDI PALET MARTINEZ wrote:

> Entiendo que si una universidad como la mencionada con Nico tiene varios
> proveedores (por ejemplo la conexión a la red Nacional y/o a CLARA, y uno o
> varios carriers), necesita direccionamiento propio y obviamente NO es un
> usuario final.
>
> Si es cierto que en este caso la política se lo permite y asi se ha hecho
> muchas veces. El caso al que yo me refiero es mas si fuera la red nacional.
>
> Imaginemos que la red nacional es el proveedor principal para todas las
> universidades de un país.
>
> Cada universidad quiere su propio /32, porque a su vez tienen varios
> campuses, etc. Si aplican a la política de usuario final, podrían obtener,
> cada una de ellas su propio /32.
>
> Pero como proveedor nacional para que pueda asignar un /32 a cada
> universidad, necesitaría pedir (un ejemplo, suponiendo un numero grande de
> universidades, centros independientes de I+D, etc = 40), un /26.

que sea así, y no hay impedimentos para que los solicite.
si presenta un plan claro y bien elaborado, lo justificaría.

saludos

> Esto es el mismo ejemplo que explique aplicado a un gobierno de un país, pero
> aplicado a la red e universidades. Se trata de evitar que se haga un pedido
> artificial de 40 veces /32 como usuarios finales, si la entidad “central”
> puede pedir como LIR (no-ISP tradicional) ese /26, que es lo mismo, pero un
> solo pedido para LACNIC, y que permite que las universidades, si es el caso,
> al menos como backup, puedan tener multihoming y anunciar el /32 de cada una
> a sus propios ISPs, o quizás a los IX regionales, etc.
>
> Saludos, Jordi
>
>
>
> -----Mensaje original-----
> De: Politicas <politicas-bounces at lacnic.net> en nombre de Ricardo Patara <patara at registro.br>
> Responder a: Lista para discusion de politicas de la comunidad de LACNIC <politicas at lacnic.net>
> Fecha: martes, 30 de agosto de 2016, 15:23
> Para: <politicas at lacnic.net>
> Asunto: Re: [LACNIC/Politicas] propuesta de politica LAC-2016-5 - dudas para nueva version
>
>     Hola Nico,
>
>     > Ciertamente lo que comenta Jordi sobre entidades gubernamentales o
>     > similares que delegan internamente a otras (separdas desde el punto de
>     > vista administrativo) es una realidad.
>     > En Uruguay por ejmplo, el servicio de Inforática de la Universidad Estatal
>     > asigna subredes a las diferentes Universidades Estatales quienes a su vez
>     > tienen cada una su propio grupo de TI que luego administra esas
>     > direcciones. No son LIR en lo formal que respecta a Lacnic pero si lo son a
>     > la interna. Y el modelo, por diversas razones, no admite que cada
>     > Universidad pida las direcciones directo a Lacnic... Entre otros porque la
>     > "conectividad" con Internet la brinda el Servicio Central, no hablan
>     > necesariamente eBGP, no pueden hablar iBGP porque son dominios
>     > administrativos diferentres, bla bla bla... Podemos buscar soluciones
>     > alternativas para rodear el hecho, pero hoy es una realidad.
>
>     comprendo, pero no me queda claro cual es el problema aquí?
>
>     si las universidades estatales utilizan a el servicio de Informática como su
>     "proveedor" de acesso hacia la internet, nada más logico que cuente con bloques
>     su asignados por dicha organización.
>
>     la política actual se les permitiría eso.
>
>     saludos
>
>     > Tal vez debemos tener en cuenta esta situación y analizar el nivel
>     > porcentual de exigencia de argumentación de uso de las direcciones
>     > adaptándonos a estos casos que antes no habíamos considerado.
>     > Sobre todo teniendo en cuenta que muy seguramente las re-asignaciones de
>     > redes IPv6 por parte de los RIR a los miembros no sean ni cerca lo
>     > frecuentes que son para los recursos IPv4 (lo cual reduce notablemete la
>     > carga administrativa dinámica del RIR en este sentido, por decirlo de
>     > alguna manera, pero no afecta el nivel de membresía de quienes tienen
>     > delegadas las redes).
>     >
>     > Saludos,
>     > Nico
>     >
>     >
>     >
>     > El Monday, August 29, 2016, JORDI PALET MARTINEZ <jordi.palet at consulintel.es>
>     > escribió:
>     >
>     >> Hola Ricardo,
>     >>
>     >> Contesto debajo entre líneas.
>     >>
>     >> Saludos,
>     >> Jordi
>     >>
>     >>
>     >>
>     >> -----Mensaje original-----
>     >> De: Politicas <politicas-bounces at lacnic.net <javascript:;>> en nombre de
>     >> Ricardo Patara <patara at registro.br <javascript:;>>
>     >> Responder a: Lista para discusion de politicas de la comunidad de LACNIC <
>     >> politicas at lacnic.net <javascript:;>>
>     >> Fecha: jueves, 18 de agosto de 2016, 17:23
>     >> Para: <politicas at lacnic.net <javascript:;>>
>     >> Asunto: Re: [LACNIC/Politicas] propuesta de politica LAC-2016-5 - dudas
>     >> para nueva version
>     >>
>     >>     Hola Jordi, te contesto a continuación.
>     >>
>     >>     >> Como recordatorio, el enlace de la misma es:
>     >>     >> https://politicas.lacnic.net/politicas/detail/id/LAC-2016-5
>     >>     >
>     >>     >> 1) Hay organizaciones que son LIRs, pero no son ISPs (en el contexto
>     >>     >> tradicional que todo entendemos). Por ejemplo un gobierno, o entidad
>     >>     >> internacional. Tampoco son usuarios finales porque entregan
>     >> recursos IPv4
>     >>     >> y/o IPv6 a otras entidades.
>     >>     >
>     >>     > En el texto de políticas de LACNIC hay ya una defincion de LIR que
>     >> creo
>     >>     > atender ese caso que comentas:
>     >>     >
>     >>     > "Registro de Internet Local (LIR) es un IR que a su vez asigna
>     >> recursos de
>     >>     > Internet a usuarios de los servicios de red que éste provee. Los
>     >> LIRs son
>     >>     > generalmente ISPs, cuyos clientes son principalmente usuarios
>     >> finales y
>     >>     > posiblemente otros ISPs."
>     >>     >
>     >>     > Quizás seria necesario entonces ajustar solamente el titulo del
>     >> punto 2.3.3.1
>     >>     > para :
>     >>     >
>     >>     > "2.3.3.1. Distribución inicial a ISPs o LIRs"
>     >>
>     >>
>     >>     | Entiendo lo que dices, pero el caso que intento describir, tiene un
>     >> contexto
>     >>     | mas amplio, porque no solo es el titulo sino los requisitos para
>     >> asignar
>     >>     | recursos, por eso no basta con cambiar el titulo.
>     >>
>     >>     comprendo.
>     >>     mi intención era decir que si no hay necesidades "distintas" entre
>     >> ISPs y LIRs,
>     >>     los cambios serian solamente ajustar el titulo del 2.3.3.1
>     >>
>     >> Yo creo que si que hay necesidades distintas. Ya he comentado otras veces
>     >> que el caso se ha dado en Europa. Alli se opto por una política con
>     >> requisitos mucho mas “abiertos”, lo que, bajo mi punto de vista, se presta
>     >> a que un ISP se pueda aprovechar de ello y por eso creo que es mas fácil de
>     >> tener una política con dos categorías y requisitos ligeramente diferentes.
>     >>
>     >> En los casos Europeos ello ha demorado la asignación durante varios años,
>     >> a gobiernos. Creo que hemos de ser inteligentes, aprender no solo de
>     >> nuestros errores, sino también de los de los demás, y anticiparnos a que
>     >> eso ocurra en la región.
>     >>
>     >>     >> Por ejemplo. No es lo mismo el Ministerio de Telecomunicaciones del
>     >> pais
>     >>     >> “x”, si recibe los recursos SOLO para su propio uso (caso a), que el
>     >>     >> Ministerio de Administración Pública del mismo pais, si recibe los
>     >> recursos
>     >>     >> porque gestiona una red que conecta todos los Ministerio y otros
>     >> organismos
>     >>     >> públicos del país, y les entrega a cada uno de ellos recursos (caso
>     >> b).
>     >>     >>
>     >>     >> En el caso a, esta claro que dicha entidad califica bajo la
>     >> politica de
>     >>     >> usuario final.
>     >>     >>
>     >>     >> En el caso b, esta entidad seria un LIR, pero no es un ISP en el
>     >> sentido
>     >>     >> estricto de la palabra, pues no ofrece servicios a cualquier otra
>     >> entidad
>     >>     >> fisica o jurídica, sino a entidades dentro de “un club” especial,
>     >> en el
>     >>     >> caso del ejemplo, organismos publicos.
>     >>     >
>     >>     > el texto de la politica no hace esa distincion del tipo de "cliente"
>     >> del
>     >>     > LIR/ISP.
>     >>     >
>     >>     > considera "clientes conectados a su red" y en ese caso especifico un
>     >>     > ministerio, por ej, seria un cliente de la red del gobierno.
>     >>
>     >>     | Totalmente de acuerdo, pero el punto aquí es que si ponemos
>     >> requisitos
>     >>     | diferentes para un ISP que para otro tipo de LIR, y dejamos un único
>     >> “tipo”,
>     >>     | el texto de los requisitos se vuelve altamente complicado, además
>     >> (sigo con
>     >>     | el costo …)
>     >>
>     >>     okay, pero sigo con el punto de que no son diferentes los requisitos
>     >> ni las
>     >>     necesidades.
>     >>
>     >> Aquí esta la diferencia:
>     >>
>     >> Caso del ISP:
>     >> El plan de direccionamiento no debe superar los cuatro años. Y debe
>     >> considerar el espacio necesario para atender a los clientes y a los
>     >> servicios actuales considerando el prefijo mínimo para asignaciones
>     >> recomendadas en la política vigente.
>     >> Debido a la existencia de múltiples puntos de acceso (POP), el plan de
>     >> direccionamiento puede indicar prefijos mínimos para cada POP. Los prefijos
>     >> mínimos para cada POP deben estar dentro de las "fronteras" binarias de la
>     >> dirección IPv6 (/X, donde X es múltiplo de 4). Sin embargo, el bloque
>     >> previsto para cada POP debe satisfacer por lo menos un 30% de la necesidad
>     >> actual del mismo.
>     >>
>     >> Caso del LIR no-ISP:
>     >> El plan de direccionamiento ha de tener en cuenta la longevidad prevista
>     >> de la organización.
>     >> Debe considerar el espacio necesario para atender a los "clientes", número
>     >> de usuarios, extensión de la infraestructura de la organización, estructura
>     >> jerárquica y/o geográfica de la organización, segmentación de la
>     >> infraestructura por razones de seguridad y a los servicios actuales
>     >> considerando el prefijo mínimo para asignaciones recomendadas en la
>     >> política vigente.
>     >>
>     >> Para ponerlo mas claro:
>     >> - En un ISP el plan de direccionamiento no debe superar los cuatro años.
>     >> Un gobierno planifica a mas tiempo.
>     >> - Un ISP no considera la “jerarquía” de la organización para establecer el
>     >> plan de direccionamiento. En un gobierno si que ha de ser considerado.
>     >> Igualmente los otros puntos.
>     >>
>     >> Insisto, me baso en CASOS reales ocurridos en Europa. No en algo
>     >> imaginario.
>     >>
>     >>     >> Mi propuesta pretende aclarar esta situacion, con una categoria
>     >> nueva
>     >>     >> diferente de ISP, aunque es muy similar a un ISP. Sin embargo opino
>     >> que
>     >>     >> una nueva categoria permite que la membresia establezca, si es
>     >> necesario,
>     >>     >> una diferenciacion en el coste de los recursos, y que se
>     >> establezcan otras
>     >>     >> diferencias como pueden ser el criterio de adjudicación de dichos
>     >>     >> recursos.
>     >>     >
>     >>     > hay que tener un cuidado aqui pues las políticas no establecen
>     >> costos de
>     >>     > asignación o categorias. eso cabe al directorio y asemblea de
>     >> miembros
>     >>     >
>     >>
>     >>     | Efectivamente, lo tengo perfectamente claro, pero si hay dos tipos
>     >> de LIR
>     >>     | (ISP y no-ISP), eso obliga a que tengan el mismo “costo”, porque no
>     >> hay forma
>     >>     | de diferenciarlos. Y yo creo que el costo no debe ser el mismo, me
>     >> explico.
>     >>
>     >>     | a) Un usuario final tiene un costo menor, asumo porque NO hace
>     >> “lucro”
>     >>     | directo con los recursos asignados. Aún asi, el costo actual parece
>     >>     | excesivamente bajo, pero eso es otro tema para debatir precisamente
>     >> en el
>     >>     | directorio y asamblea, simplemente lo comento. b) Un ISP,
>     >> obviamente, su
>     >>     | negocio es “dar servicios” con esos recursos, y es lógico que tenga
>     >> un costo
>     >>     | mucho mas alto. c) Un LIR que NO sea ISP, al igual que un usuario
>     >> final NO
>     >>     | hace “lucro” directo con los recursos asignados. Creo que debería
>     >> tener un
>     >>     | costo inferior al de un ISP y para ello, creo que el directorio y la
>     >> asamblea
>     >>     | “necesitan” una categoría diferente de LIR, distinta de ISP, para
>     >> poder
>     >>     | hacerlo. Sino, es incluso administrativamente difícil tener dos
>     >> precios según
>     >>     | seas LIR o ISP.
>     >>
>     >>     comprendo.
>     >>     pero como dije, el tema de costos, tarifas, etc no cabe en el foro.
>     >>
>     >>     agrego que lacnic tiene tarifas especiales para organizaciones sin
>     >> fines de
>     >>     lucro que sean usuarios finales.
>     >>     quizas el directorio podria estudiar algo similar para LIRs. Pero eso
>     >> no nos
>     >>     cabe discutir aqui.
>     >>
>     >> Se que SI se establecen tarifas diferentes, eso lo tiene que hacer el
>     >> directorio, pero si hay una categoría diferente, seria una labor mucho mas
>     >> sencilla. Yo no estoy indicando que tenga que ser como parte de la
>     >> política, simplemente, la política también facilita esa opción si se desea
>     >> que asi sea. Ademas la tarifa actual del 50% solo aplica a usuarios finales
>     >> y además NO-gubernamentales, y precisamente lo que estamos viendo es casos
>     >> que NO son usuarios finales, y que por lo que consta, hasta ahora,
>     >> erróneamente, han sido asi clasificados, pues no se ha entendido bien que
>     >> un usuario final NO puede entregar recursos a otras organizaciones.
>     >>
>     >>     >> 2) Este tipo de organizaciones (caso b), tiene unos requisitos que
>     >> no son
>     >>     >> los mismos que los de un ISP. Por ejemplo, la consideración de
>     >> “clientes”
>     >>     >> no es tal, y la extension de la infraestructura, su estructura
>     >> jerárquica,
>     >>     >> la necesidad de entregar bloques mas pequeños a cada
>     >> “sub-organización”
>     >>     >> (cad ministerio, cada entidad del gobierno, etc.).
>     >>     >
>     >>     > no queda claro que requisitos son distintos para los clientes del LIR
>     >>     > comparados con clientes de un ISP.
>     >>     >
>     >>     > clientes del NIR son clientes de una red que esperase sea
>     >> jerárquica. y por
>     >>     > las politicas vigentes, el LIR podría entregar bloques a dichos
>     >> clientes
>     >>     > (sean bloques pequenos o grandes) de acuerdo a la necesidad de cada
>     >> cliente.
>     >>     >
>     >>
>     >>     | Si comparas el texto de la política actual con el que propongo para
>     >> la nueva
>     >>     | sección, veras esas diferencias. Para no complicarlo en este email
>     >> creo que
>     >>     | lo podemos debatir aparte, una vez tengamos claro si hace falta una
>     >> nueva
>     >>     | categoría o no para que el directorio pueda establecer otro “rango”
>     >> de
>     >>     | precios.
>     >>
>     >>     ok
>     >>
>     >>     >> El gobierno de nuestro ejemplo, podria optar por hacer multiples
>     >> peticiones
>     >>     >> a LACNIC para cada una de las entidades, y luego anunciarlas de
>     >> forma
>     >>     >> agregada, etc., pero es un trámite administrativo y tecnico
>     >> innecesario y
>     >>     >> no siempre posible, porque puede que haya ministerios sin personal
>     >>     >> especifico para eso, o muchas otras razones que lo hacen poco
>     >> practico, o
>     >>     >> incluso que los prefijos asignados por LACNIC no fueran contiguos,
>     >> etc.
>     >>     >> Todo ello sin contar la carga de trabajo de realizar “n” peticiones
>     >> y
>     >>     >> justificaciones a LACNIC en lugar de una sola.
>     >>     >>
>     >>     >> Se trataria de una peticion de “n” recursos, sumamente “artificial”
>     >> si lo
>     >>     >> quereis entender de este modo.
>     >>     >
>     >>     > a ver si comprendi ese punto lo que propones es seria una politica
>     >> que le
>     >>     > permita asignar un rango de prefijo X para un gobierno (LIR), para
>     >> que en
>     >>     > seguida sea divido en rangos menores de prefijos X+Y a entidades del
>     >> goberno
>     >>     > que por su vez van a anunciar dichos prefijos X+Y a sus provedores de
>     >>     > transito particulares.
>     >>
>     >>     | NO, al contrario. Quiero evitar eso. Ahora mismo un gobierno podría
>     >> pedir (un
>     >>     | ejemplo) un /32 para cada ministerio. Y obtendría n x /32, que si te
>     >> fijas
>     >>     | serian a un costo ridículo comparado con si pide lo mismo, pero
>     >> agregado,
>     >>     | como LIR (con el texto actual). Por eso creo que hay que 1) evitar
>     >> esta
>     >>     | petición “artificial”, 2) Permitiendo asi que tenga una
>     >> clasificación de
>     >>     | costes que pudiera ser diferente a la de ISP y diferente a la de
>     >> usuario
>     >>     | final (quizás algo intermedio).
>     >>
>     >>     ok
>     >>     entonces es parecido con el esceneario de un ISP.
>     >>
>     >>     Ese recibe un /28 por ejemplo y internamente lo divide en prefijos más
>     >> largos
>     >>     (bloques menores) para sus clientes.
>     >>     Pero en anuncio a la DFZ es un /32 agregado.
>     >>
>     >> Si, aquí no hay diferencia. Obviamente el objetivo es que se anuncie
>     >> agregado siempre que sea posible.
>     >>
>     >>     > o sea, el gobierno no actuaria como provedor de conectividad en su
>     >> ejemplo?
>     >>     >
>     >>
>     >>     | Precisamente, el gobierno en estos casos que propongo, ES el
>     >> proveedor de
>     >>     | conectividad (típicamente con multihoming, etc.).
>     >>
>     >>     ok
>     >>
>     >>     > eso implicaria en asignar un prefijo que se verá desagregado al
>     >> final en la
>     >>     > tabla. Es eso mismo?
>     >>
>     >>     | Intento evitar esa desagregación. Creo que lo has “leído” justamente
>     >> al
>     >>     | revés. Intento evitar también que se pidan “n” /32 y luego se
>     >> anuncien
>     >>     | agregados (si son contiguos). No hay necesidad que obligar al
>     >> gobierno a
>     >>     | hacer “cosas raras”.
>     >>
>     >>     ok, comprendido.
>     >>
>     >>     >> Mi propuesta pretende, partiendo de los requisitos de la politica
>     >> para
>     >>     >> ISP, establecer otros mas apropiados para este caso, que ademas se
>     >> basan
>     >>     >> en modificaciones recientes a los requisitos habilitados para
>     >> gobiernos
>     >>     >> Europeos en RIPE NCC, atendiendo precisamente a casos concretos y
>     >> que ya
>     >>     >> hemos visto en la region y sin embargo se han asignado recursos como
>     >>     >> usuarios finales EN CONTRA de la politica actual, porque no son
>     >> usuarios
>     >>     >> finales sino que entregan recursos a otras organizaciones.
>     >>     >
>     >>     > para que la discusion sea más productiva, podrias indicar estos casos
>     >>     > concretos en nuestra región que mencionas que se asigno en contra la
>     >>     > política?
>     >>
>     >>     | En el ultimo LACNIC, precisamente en el foro de políticas e incluso
>     >> en una
>     >>     | presentación previa, se hablo de un par de casos de gobiernos, no
>     >> recuerdo
>     >>     | todos ahora mismo, pero uno de ellos era Panama. Les pregunte en el
>     >> foro
>     >>     | publico un par de veces para asegurarme y confirmaron que habían
>     >> recibido un
>     >>     | prefijo /32 como usuario final, pero que ellos entregaban “trozos”
>     >> de ese
>     >>     | prefijo a las diversas entidades, y les proporcionaban conectividad.
>     >> Eso
>     >>     | claramente va en contra de la política de usuario final, porque NO
>     >> se permite
>     >>     | entregar a OTRAS entidades, y confirmaron que LEGALMENTE cada
>     >> entidad a la
>     >>     | que asignan direcciones son entidades DIFERENTES. Queda claro que mi
>     >>     | intención es que se corrija la situación, de hecho, quizás, con la
>     >> política
>     >>     | actual, en este caso concreto, se debería recalificar ese /32 como
>     >> ISP y que
>     >>     | abonen la diferencia de precio.
>     >>
>     >>     okay.
>     >>     en ese caso hay que ver con lacnic qué fue solicitado y que
>     >> justificativa
>     >>     presentaron.
>     >>     puede haber pasado que ellos mismos lo solicitaron como END USER.
>     >>
>     >>     lo que solicitaba era un ejemplo de govierno que haya solicitado como
>     >> ISP y se
>     >>     les recuso.
>     >>
>     >>     te comento, que en brasil tenemos una empresa del govierno que actua
>     >> como
>     >>     provedor de servicios y conectividad para organos del govierno y que
>     >> ha recibido
>     >>     un bloque grande como uns ISP governamental.
>     >>
>     >>     o sea, la política se le permite
>     >>
>     >> Es posible que en este caso, si el bloque que ha solicitado era un /32, o
>     >> hasta /28, y el plan de direccionamiento fuera para 4 años, la política
>     >> “funcionase” (desconozco los detalles y no se si se quieren hacer
>     >> públicos), pero los casos en los que pienso son mucho mas grandes, mas
>     >> completos, tienen planes de direccionamiento para muchos mas años, etc.
>     >>
>     >>     no veo que puntos en el texto le impediria un govierno (atraves de su
>     >>     empresa/organo/departamento tecnico) solicitar a lacnic un bloque como
>     >> ISP se le
>     >>     fuera denegado.
>     >>
>     >>     | Estoy casi seguro que en otros países se ha dado el mismo caso, pero
>     >> no
>     >>     | quiero hablar de esos casos sin tener una constancia tan explicita
>     >> como en
>     >>     | este caso.
>     >>
>     >>     como te comente arriba, hay casos concretos donde se paso el contrario.
>     >>
>     >> Estoy seguro que si revisamos esas asignaciones, descubriríamos que,
>     >> erróneamente, se han podido entregar recursos como usuario final y que sin
>     >> embargo están siengo asignados a otras organizaciones del propio gobierno.
>     >> Insisto, son organizaciones diferentes administrativamente hablando.
>     >>
>     >>     | Yo creo que o bien porque el precio es mucho menor, o bien porque no
>     >> se
>     >>     | conocen bien las políticas, los que piden recursos pueden a veces
>     >>     | aprovecharse de la diferencia de precio o bien como digo sin
>     >> conocimiento,
>     >>     | para no explicar que “se van a entregar recursos a otras entidades”
>     >> o bien
>     >>     | que no se dan cuenta que “otras” entidades del gobierno, son
>     >> PRECISAMENTE
>     >>     | otras entidades. No se si me explico …
>     >>
>     >>     ok
>     >>     pero en ambos los casos la solucion puede ser otra que no la de crear
>     >> nuevo
>     >>     texto (y desde mi humilde opinion, complicar el manual de políticas)
>     >>
>     >>     si el problema es el costo, los miembros deben solicitar al directorio
>     >> una
>     >>     revisión de las tarifas.
>     >>
>     >>     si el problema es comprender las políticas, se pueden hacer tutoriales,
>     >>     workshops, conferencias o incluso incluir estos temas en las reuniones
>     >> que
>     >>     lacnic ya hace con gobiernos.
>     >>
>     >> Yo creo que no complicamos el manual, al revés, lo simplificamos, evitamos
>     >> la confusión, creamos una categoría diferente para estos casos, se evita
>     >> que surja la duda de si son usuarios finales, y se les permite planes de
>     >> direccionamiento mas coherentes con el tipo de entidad y no limitados a una
>     >> expansión comercial que lógicamente no les aplica porque no son entidades
>     >> comerciales.
>     >>
>     >>     un abrazo
>     >>     Ricardo Patara
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