[LACNIC/Politicas] propuesta LAC-2018-7
JORDI PALET MARTINEZ
jordi.palet at consulintel.es
Mon Aug 13 14:25:25 BRT 2018
Hola a todos,
Enlace de la propuesta actual para entender mejor el contexto:
https://politicas.lacnic.net/politicas/detail/id/LAC-2018-7
Esta propuesta busca garantizar que nunca se considere, en el caso de usuario final, asignaciones a terceros (por ejemplo, empleados de una empresa, estudiantes de una universidad, clientes de un hot-spot), "sub-asignaciones", que están prohibidas de forma genérica por las políticas vigentes.
Esto es un problema que se ha detectado en los 5 RIRs, con lo cual básicamente he presentado el mismo texto en las 5 regiones.
En algunos casos, por ejemplo, ARIN, parece que se ha pensado que un texto mucho mas sencillo resolvería el problema, y que no importa si esta asignación a un tercero es de una única dirección o un /64 o cualquier otro tamaño.
Simplemente se considera que debe ser "temporal" y por tanto no un servicio de "banda ancha".
Es decir, se resuelve el problema y no hace falta entrar en detalles.
Me gustaría saber la opinión de la comunidad si reduzco el texto de la propuesta a algo así (2 alternativas):
Opción 1)
"No se considerará sub-asignación cuando se proporcione a terceras partes de forma no-permanente.
Proporcionar servicios de banda-ancha o conectividad de forma permanente, sigue siendo una sub-asignación, exceptuando el direccionamiento del propio enlace punto-a-punto."
Opción 2)
"No se considerará sub-asignación cuando se proporcione a terceras partes una dirección o incluso un único prefijo /64, de forma no-permanente.
Proporcionar servicios de banda-ancha o conectividad de forma permanente, sigue siendo una sub-asignación, exceptuando el direccionamiento del propio enlace punto-a-punto."
La diferencia es limitar esto a un máximo de un /64, o dejarlo abierto.
Opiniones?
Saludos,
Jordi
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