[LACNIC/Politicas] importante especialmente para universidades y en general usuarios finales: discusión sobre la propuesta LAC-2018-7
Roque Gagliano (rogaglia)
rogaglia at cisco.com
Wed May 2 08:43:06 BRT 2018
Hola Jordi,
Yo disiento con la lectura del staff del lacnic.
La responsabilidad de "usuario final" es a nivel del registro sin importar de dónde las direcciones están finalmente configuradas en un momento dado (si hay un visitante Wifi o BYOD). No hay diferencias si es un /32 IPv4 o /32 IPv6. Lo importante es que la responsabilidad de registro no puede ser transferida, y por ende la información de whois, abuse, etc. Es el mismo principio por el cual el registro y el routing (o delegaciones DHCP/DHCPv6) son cosas separadas.
Antes de proponer cambios en las políticas, creo que sería bueno pedirle al staff que mande por escrito a la lista la opinión que se habló en el foro.
Roque
On 02/05/18 13:33, "Politicas on behalf of JORDI PALET MARTINEZ" <politicas-bounces at lacnic.net on behalf of jordi.palet at consulintel.es> wrote:
Hola a todos,
Dado que a partir de ahora tendrá mucha más relevancia la discusión en esta lista, quiero aprovechar, que aún estamos en Panamá durante el evento, para que tanto a través de la propia lista, como en persona los que estén aquí y tengan dudas, podamos continuar y aclarar la discusión de esta propuesta.
Voy a intentar hacer un resumen del problema.
Esta propuesta aplica a los usuarios finales que reciben direccionamiento IPv6 directamente de LACNIC.
Es decir, por poner algunos ejemplos típicos, una universidad, un IX, un TLD, un banco, una entidad gubernamental, una gran empresa, etc., pero también puede ser una entidad que reciba esa asignación para un hotspot WiFi (ejemplo en un aeropuerto).
Cuando ellos reciben este direccionamiento, aplica la definición de "asignar" en el punto 1.9 del manual, donde dice:
" Asignar significa delegar espacio de direcciones a un usuario final, para su uso específico dentro de la infraestructura de Internet que ellos operan. La asignación de espacio de direcciones debe ser realizada solamente para los propósitos específicos documentados por organizaciones específicas y no para ser subasignadas a otras partes."
El problema está en que existe una prohibición explícita "y no para ser subasignadas a otras partes", es decir, que un profesor, un estudiante, un empleado, un visitante, el mensajero que llega a esa entidad a recoger un paquete y se conecta como invitado durante su tiempo de espera ...
Todas estas personas obviamente, hoy en día, llevan su propio celular, Tablet, ordenador, y cada vez será mas frecuente que lleven esos dispositivos.
Normalmente en IPv4, sólo se entregaba una IP, y no ocurría este problema porque, además de haber un texto explicito para IPv4, lo más habitual es que el direccionamiento que se entregue sean direcciones privadas con NAT.
Pero en IPv6, se puede entregar no sólo una única dirección IPv6, sino incluso un /64 completo, de tal forma que ese portátil que lleva el estudiante, pueda tener una dirección IPv6 para cada máquina virtual.
Tal y como indico el staff de LACNIC ayer durante el foro público, si se está haciendo este uso de una asignación directa de usuario final, por ejemplo, desde una universidad, se está incumpliendo la política.
La solución mas lógica, por lo tanto, en lugar de devolver esos recursos y convertirse en LIR/ISP que obviamente no tiene esta problemática, es que aceptemos o bien el texto propuesto o bien el que acordemos con las modificaciones que proponga la comunidad.
Así que mis preguntas son:
1) Esta ud. de acuerdo en que hay que realizar un cambio en la política vigente para corregir el problema?
2) Le parece que el texto que he propuesto resuelve el problema o que dudas le plantea e incluso como sugiere mejorarlo?
Para revisar el texto completo, esta es la URL:
https://politicas.lacnic.net/politicas/detail/id/LAC-2018-7
Mil gracias de antemano a todos y ojala haya muchas respuestas que dinamicen esta discusión.
Saludos,
Jordi
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IPv4 is over
Are you ready for the new Internet ?
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The IPv6 Company
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