[LACNIC/Politicas] Nueva propuesta LAC-2019-9 / Nova proposta LAC-2019-9 / New proposal LAC-2019-9

JORDI PALET MARTINEZ jordi.palet at consulintel.es
Fri Aug 2 17:28:15 -03 2019


Hola Fernando,

Antes de nada, te recuerdo que lo que estamos discutiendo NO esta siendo modificado por esta propuesta. Lo digo porque son aspectos que pueden confundir y optar a "no apoyar" la propuesta e incluso "oponerse" y que no estarían justificados, porque habría que ir a la raíz del problema, que está en otras partes del texto del manual de políticas.

Eso no quiere decir, que si encontramos una forma de resolverlo en la propuesta, me parezca bien adaptar el texto, o incluir nuevos cambios en otras partes del manual, pero estaríamos complicando mucho mas una propuesta, que ya de por si es larga y compleja.
 

El 2/8/19 19:26, "Politicas en nombre de Fernando Frediani" <politicas-bounces at lacnic.net en nombre de fhfrediani at gmail.com> escribió:

    Hola Jordi
    
    Respondo todos los puntos pronto abajo:
    
    - Alquiler de direcciones IP: Esperemos un posicionamiento del staff con 
    respecto a la interpretación. Desde mi punto de vista, el arrendamiento 
    de direcciones IP de un ASN a otro es injustificable en cualquier 
    situación y demuestra que el ASN que posee los recursos no tiene uso 
    para esas direcciones. Es decir, sería razonable que si LACNIC le pide a 
    un ASN que justifique el uso de sus direcciones, él responde: "De /22 
    que poseo, alquilaré 1 x /24 para ASN A, otro /24 para ASN B, otro para 
    ASN C, etc. ?

Concuerdo contigo, pero también entiendo que hay casos en los que un ISP pide direcciones, su negocio "decrece" y aunque lo razonable sería devolverlas, pensando en que vuelva a crecer en el futuro, puede optar a "alquilarlas" mientras, porque sabe que LACNIC no le podrá entregar en el futuro. No lo justifico, lo ideal sería la devolución, pero esto no se ha hecho en ningún RIR, y sin embargo, me consta que hay "leasing" de direcciones en todo el mundo (no he investigado si las políticas de los 5 RIRs lo permiten o no, de ahí mi pregunta al staff).

    O para que un nuevo ASN solicite direcciones IP de LACNIC y justifique 
    diciendo: "Necesito un /22 para poder alquilar a otros ASN existentes 
    que ya no pueden recibir direcciones directamente de LACNIC". Creo que no.
    Por esta razón, puede ser algo que para ser mejor y claramente contenido 
    en esta política como una motivación para la recuperación de direcciones 
    dependiendo del posicionamiento del staff.

Este caso es muy claro que sería una tergiversación de las políticas, pero no podría darse, porque no podría cumplir la justificación de la necesidad ante LACNIC.
    
    - Transferencia de direcciones: Cuando un ASN solicita la transferencia 
    permanente de parte de sus direcciones, está asumiendo ante LACNIC que 
    ya no tiene uso para esas direcciones y está dispuesto a renunciar, 

Esta dispuesto a renunciar porque existe la posibilidad de una transferencia, pero obviamente es muy raro que alguien haga una transferencia sin haber comprobado la necesidad (por parte de LACNIC) de su "receptor", y si no hubiera política de transferencias, seguro que nadie estaría dispuesto a renunciar. 

    independientemente de si el ASN de destino puede justificarlo o no. Si 
    el ASN de destino justifica que se les transfieran estas direcciones 
    bien. Si el ASN de destino no justifica entonces estas direcciones 
    deberían recuperarse e ir al pool de direcciones para ser redistribuidas 
    de acuerdo con 11.1.

Entiendo que te refieres al punto 11 completo (no al 11.1). Aunque entiendo tu razonamiento, si no me equivoco en ningún párrafo del 11 se indica que haya obligación de devolver los excedentes de direcciones. Lo que tu estas comentando tendría que ir en la sección de IPv4 del manual, no en la 11, ni en la 7.

    No creo que sea necesario modificar la política de transferencia. Solo 
    aplicar la política de recuperación basada en el hecho de que el ASN 
    "donante" ha asumido para LACNIC que no tiene uso para esas direcciones 
    y ya no las justifica mas.

Fíjate en el texto de las transferencias:
2.3.2.18.2. Para que una entidad dentro de LACNIC, pueda ser el destinatario de una transferencia, debe pasar ****primero**** por el proceso de justificación de recursos IPv4 ante LACNIC. Es decir, la entidad debe justificar ante LACNIC la distribución/asignación inicial/adicional, según sea el caso, de acuerdo a las políticas vigentes.
Por lo tanto, no se da el caso de que alguien quiera transferir *antes* de saber que el receptor ya puede *recibir*.

Es decir, el proceso lógico es que primero el "receptor" comprueba si cumple la necesidad. Luego busca un "proveedor". Puede que ya sepa quien o quienes son sus propios proveedores (porque los brokers lo han buscado, o él mismo).

    En este caso creo que la propuesta se ajuste a la causa: "Recursos *no 
    utilizados* o anunciados". Es posible que tal vez esto deba hacerse aún 
    más claro en la propuesta si aún no se hace de esta manera.

El "proveedor" de los recursos puede estar usándolos ahora para hacer dual-stack, y pasar a 464XLAT y por lo tanto necesita menos direcciones. Con lo que recibe por la transferencia, cubre parte de su coste de pasar a IPv6-only, sino no lo haría.

    
    - Incumplimiento causado por terceros: Sí, el primer ejemplo y el 
    ejemplo del whois que diste tienen sentido de que el ASN no sea castigado.
    Sin embargo, no puedo estar de acuerdo con el ejemplo de que una 
    transferencia realizada por un empleado no autorizado no se puede revertir.
    Si no hubo autorización del ISP A para la transferencia, el mayor daño 
    es del ISP A y no del ISP B. Además, no es el ISP B el que debe saber si 
    el empleado está autorizado o no, sino solo LACNIC.

Este ejemplo tiene que ver con casos de engaño, estafa, el empleado falsifica documentos o credenciales. Obviamente LACNIC, el ISP A y el ISP B, son todos engañados. Todos tienen "un daño", pero nadie es culpable (salvo que haya connivencia con ese empleado).

    También creo que si dicha transferencia no se puede revertir a petición 
    del propio ISP A, esto será en detrimento no solo para él sino para toda 
    la comunidad de la misma que pueda sucederle a cualquier otro ASN.

Es posible que el ISP A estuviera en medio de una transición de dual-stack a IPv6-only. Y por eso esas direcciones estaban disponibles. Quizás estaban reservadas para clientes corporativos, porque el ISP A quería crecer en ese sector, y en este caso era más lógico el incentivo de ofrecerles direcciones IPv4 persistentes.

    
    Como tal, no estoy de acuerdo con la política como escrito y creo que 
    necesita algunos ajustes como se indica en las razones descritas.


No había leído todo tu correo cuando escribí arriba ... pero si te fijas, aunque esta propuesta no alcance consenso, lo que estás comentado *es exactamente igual*, y por lo tanto la objeción no sería válida. No quiero decir que no quiera mejorar el texto (si es posible), pero estás "atacando" a la parte del manual incorrecta!

De todos modos creo que serán importantes las apreciaciones del staff.

    
    Saludos
    Fernando
    
    On 02/08/2019 12:25, JORDI PALET MARTINEZ via Politicas wrote:
    > Hola Fernando,
    >
    > Como siempre mil gracias por tus comentarios. Contesto abajo.
    >   
    >
    > El 2/8/19 5:19, "Politicas en nombre de Fernando Frediani" <politicas-bounces at lacnic.net en nombre de fhfrediani at gmail.com> escribió:
    >
    >      Hola
    >      
    >      Los siguientes son mis comentarios iniciales sobre esta propuesta.
    >      
    >      - En la parte que menciona "Transferencias no autorizadas", ¿podemos
    >      entender también los alquileres (o leases) de bloques de direcciones IP
    >      de un ASN a otro? Creo que cuando un ASN alquila parte de su bloque a
    >      otro, queda claro que no tiene uso para este bloque y incumple con la
    >      política. ¿Se consideraría una Transferencia temporal no autorizada?
    >
    > * Para mi que transferencia y "lease" no es lo mismo. Yo he "cambiado de sitio" para evitar repeticiones y ubicar todo el texto en una sección mas apropiada del manual lo que ya estaba en el apartado 7.1 y ahora esta en la "introducción" del apartado 7.0.
    >
    > Por lo tanto, creo que, si debemos permitir o no los "leases" es algo diferente, y creo que convendría saber cual es la interpretación actual del staff al respecto. Se permiten actualmente los alquileres de direcciones o no se permiten? Y en base a que apartado del manual.
    >
    > Una vez el staff nos confirme, podemos decidir si la comunidad considera que eso es apropiado o eso es algo que "también" hay que cambiar o aclarar.
    >      
    >      - Hay otra situación que justifica la recuperación de recursos y me
    >      gustaría aclarar si ya está implícito en la política y / o propuesta
    >      actual: cuando un ASN solicita una transferencia de parte de sus
    >      recursos y el ASN receptor no puede justificar la necesidad de estos los
    >      recursos deben recuperarse ya que está claro que si el ASN solicitante
    >      ya no usa ese bloque, está dispuesto a renunciar a él.
    >      
    > * Si no me equivoco eso ya esta previsto, porque el apartado 2.3.2.18.2. (transferencias) dice: Para que una entidad dentro de LACNIC, pueda ser el destinatario de una transferencia, debe pasar primero por el proceso de justificación de recursos IPv4 ante LACNIC. Es decir, la entidad debe justificar ante LACNIC la distribución/asignación inicial/adicional, según sea el caso, de acuerdo a las políticas vigentes.
    >
    > Por lo tanto, si una entidad no justifica la necesidad, no podría ser receptora de la transferencia, por lo tanto, esa "operación" ni siquiera comenzará.
    >
    > Si lo que quieres decir es que, si el "donante" de las direcciones NO necesita las direcciones y por eso quiere transferirlas, eso supondría *modificar* la política de transferencias y especificar si en lugar de una transferencia, deben retornarse los recursos. Pero eso implicaría, básicamente "cancelar" todas las políticas de transferencias, y por lo tanto, aunque nosotros lo hiciéramos en LACNIC, automáticamente yo no podríamos recibir recursos de otras regiones. No se si entiendes lo que quiero decir?
    >
    >      - Quisiera tanobia una aclaración sobre la siguiente parte de la
    >      propuesta: "Cuando el incumplimiento ha sido causado por un tercero, sin
    >      conocimiento de la organización que recibe los recursos, y sea evidente
    >      que no hay connivencia ni negligencia por parte de dicha organización,
    >      no se completará el proceso de revocación."
    >      En el correo electrónico de Jordi el 18/07/2019 se menciona: "Entiendo
    >      que no es lo mismo un incumplimiento accidental y que se puede corregir,
    >      o un incumplimiento manifiesto como podría ser una transferencia no
    >      autorizada, que si se revierte causa daños a terceros que no
    >      necesariamente eran conscientes de la situación."
    >      Me gustaría entender qué tipo de situaciones serían involuntarias. Por
    >      ejemplo, ¿algo causado por un cliente de ASN o un empleado no autorizado
    >      para realizar un determinado procedimiento o otras situaciones? Podría
    >      ejemplificar?
    >
    > * Te pongo un ejemplo para ver si se entiende. Un ISP recibe un bloque y entrega parte de el a uno de sus clientes. El cliente tiene su propio ASN y BGP y se compromete a anunciarlo. La política dice que es obligatorio anuncia el bloque. Su cliente no lo anuncia.
    >
    > Crees que se deben retirar los recursos al ISP? Yo creo que no (y así lo he intentado reflejar en el texto), sino que LACNIC deberá advertirle al ISP (y me consta que así lo hacen), que esta incumpliendo la política y que *si no* rectifica (bien advirtiendo a su cliente, o bien anunciando el mismo ese bloque, etc.), entonces, LACNIC ante la permanencia del incumplimiento, podría revocar dichos recursos. Hay una excepción, pero sería muy extraña en el caso de IPv4 (si es factible en IPv6), y es que el cliente necesite direcciones públicas para una red privada y por lo tanto no las anuncie. Creo que eso necesitaría una justificación muy muy muy rigurosa hacia LACNIC, ya que el apartado 2.3.3.4 "recomienda" usar direcciones privadas y el 2.3.3.4.3 indica que "se debe justificar que se anunciará el espacio al menos a otro sistema autónomo" (y podría darse el caso de dos redes privadas que no publiquen en Internet, pero mediante VPN o enlaces dedicados se anuncien el espacio entre ambos).
    >
    > Otro ejemplo: Un ISP hace una sub-asignación y delega la actualización del whois al cliente (que bajo mi punto de vista es lo correcto), y el cliente no lo actualiza. Obviamente es lo mismo que el ejemplo, anterior. No se deben revocar "de primeras" todos los recursos al ISP (ni una parte de ellos), salvo que una vez advertido por LACNIC, persista de forma deliberada en el incumplimiento.
    >      
    >      Sobre el tema de la transferencia no autorizada que se ha mencionado
    >      "que si se revierte causa daños a terceros que no necesariamente eran
    >      conscientes de la situación". Me hace comprender que una transferencia
    >      no autorizada no se puede revertir después de que se realizó cuando el
    >      destinatario no estaba al tanto de toda la situación. Pido que se aclare
    >      este punto para que podamos continuar con la discusión.
    >
    > * Imagina que un empleado (ISP A) hace una transferencia, sin estar autorizado a ello. El receptor (ISP B) de la transferencia empieza a usar esas direcciones con clientes. Al cabo de muchos meses se descubre el fraude. El empleado es despedido del ISP A. LACNIC comprueba que en cualquier caso cumple la política de transferencias (existía la necesidad en el destinatario, ISP B). Deben las partes y LACNIC solo regularizar los registros, etc., o debe perjudicarse a los clientes del ISP B receptor (que desconocía que el empleado no era autorizado), y cancelar la transferencia, e incluso recuperar los recursos del ISP A?
    >
    > Me gustaría también aquí saber si el staff puede hacer alguna observación concreta al respecto de este párrafo, o si por ejemplo creen que solo debería aplicarse a los otros incumplimientos y no a las transferencias (es un ejemplo, no estoy diciendo que deba ser asi!).
    >
    > Tanto esta aclaración del staff, como la que mencioné antes (tema de leases), son de forma independiente al análisis de impacto, ya que creo que si estos dos temas puntuales deben ser modificados en el texto, podemos ahorrarnos un paso y avanzar con una nueva versión.
    >
    > Como siempre me gustaría recibir más comentarios!
    >      
    >      Saludos
    >      Fernando Frediani
    >      
    >      On 12/07/2019 11:42, info-politicas at lacnic.net wrote:
    >      > [Português abaixo]
    >      > [English below]
    >      >
    >      > Estimados suscriptores de la Lista de Políticas de LACNIC,
    >      >
    >      > Se recibió una nueva propuesta de Política, se le asignó el id LAC-2019-9.
    >      >
    >      > Título: Actualización de “Recuperación y devolución de recursos” y coherencia con el resto del manual
    >      >
    >      > Resumen: Esta propuesta actualiza el título de la sección 7 del manual de políticas como “Revocación y devolución de recursos”. Se resuelven discrepancias en la redacción actual y se hace consistente con la terminología del Contrato de Servicios, dejando claro que aplica a cualquier incumplimiento reiterado y/o continuado de políticas, así como a fraudes e impagos.
    >      >
    >      > Se corrigen otros apartados del manual, para evitar duplicidades y mantener la coherencia, evitando la innecesaria revocación de recursos en casos ya indicados como “problemáticos” en la lista de mejoras de políticas.
    >      >
    >      > Para ver el detalle ingrese en:
    >      > https://politicas.lacnic.net/politicas/detail/id/LAC-2019-9
    >      >
    >      > Los comentarios y los puntos de vista aportados por la comunidad son vitales para el correcto desarrollo del proceso de la propuestas
    >      > - ¿Apoya usted o se opone a esta propuesta?
    >      > - ¿Esta propuesta resolvería un problema que usted está experimentando?- ¿Ve alguna desventaja en esta propuesta?
    >      > - ¿Qué cambios podrían hacerse a esta propuesta para que sea más eficaz?
    >      >
    >      > Por más información contacte a info-politicas at lacnic.net
    >      > Saludos cordiales,
    >      >
    >      > ______________________________________________________________________________________________________
    >      >
    >      > Prezados assinantes da lista de políticas de LACNIC,
    >      >
    >      > Foi recebida uma nova proposta de Política, foi atribuído o id LAC-2019-9.
    >      >
    >      > Título: Actualización de “Recuperación y devolución de recursos” y coherencia con el resto del manual
    >      >
    >      > Resumo: Esta propuesta actualiza el título de la sección 7 del manual de políticas como “Revocación y devolución de recursos”. Se resuelven discrepancias en la redacción actual y se hace consistente con la terminología del Contrato de Servicios, dejando claro que aplica a cualquier incumplimiento reiterado y/o continuado de políticas, así como a fraudes e impagos.
    >      >
    >      > Se corrigen otros apartados del manual, para evitar duplicidades y mantener la coherencia, evitando la innecesaria revocación de recursos en casos ya indicados como “problemáticos” en la lista de mejoras de políticas.
    >      >
    >      > Para ver o detalhe acesse:
    >      > https://politicas.lacnic.net/politicas/detail/id/LAC-2019-9
    >      >
    >      >   Os comentários e os pontos de vista aportados pela comunidade são vitais para o bom desenvolvimento do processo das propostas
    >      > - ¿Você é a favor ou contra desta proposta?
    >      > - ¿Esta proposta iria resolver um problema que você está experimentando?- ¿Vê alguma alguma desvantagem nesta proposta?
    >      > - ¿Que mudanças poderiam ser feitas à proposta para que seja mais eficaz?
    >      >
    >      >   Por mais informações entre em contato conosco através do seguinte e-mail: info-politicas at lacnic.net
    >      > Atenciosamente,
    >      > ______________________________________________________________________________________________________
    >      >
    >      > Dear LACNIC Policy List subscribers,
    >      >
    >      > A new Policy Proposal has been received and assigned the following ID: LAC-2019-9.
    >      >
    >      > Title: Actualización de “Recuperación y devolución de recursos” y coherencia con el resto del manual
    >      >
    >      > Summary: Esta propuesta actualiza el título de la sección 7 del manual de políticas como “Revocación y devolución de recursos”. Se resuelven discrepancias en la redacción actual y se hace consistente con la terminología del Contrato de Servicios, dejando claro que aplica a cualquier incumplimiento reiterado y/o continuado de políticas, así como a fraudes e impagos.
    >      >
    >      > Se corrigen otros apartados del manual, para evitar duplicidades y mantener la coherencia, evitando la innecesaria revocación de recursos en casos ya indicados como “problemáticos” en la lista de mejoras de políticas.
    >      >
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    >      >
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