[LACNIC/Politicas] Nueva propuesta LAC-2019-9 / Nova proposta LAC-2019-9 / New proposal LAC-2019-9

JORDI PALET MARTINEZ jordi.palet at consulintel.es
Wed Aug 7 13:59:55 -03 2019


Hola Fernando,

El 7/8/19 18:38, "Politicas en nombre de Fernando Frediani" <politicas-bounces at lacnic.net en nombre de fhfrediani at gmail.com> escribió:

    Hola Jordi
    
    On 07/08/2019 12:47, JORDI PALET MARTINEZ via Politicas wrote:
    > <clip>
    >
    > No, esto no es así. NO necesariamente es público. Si yo tengo (o voy a tener en los próximos meses) IP sobrantes, porque esto cambiando mi red de dual-stack a IPv6-only, puedo decírselo a un broker para que las agregue a su "cartera", o a un ISP de la competencia que sé que las necesita.
    Hacerlo violará la política desde mi punto de vista y, aparentemente, de 
    LACNIC también. Los IP excedentes que mencione deben usarse 
    exclusivamente para su infraestructura o para servir a sus clientes 
    finales. Si tiene IPs excedentes, asigne otros usos para ellos dentro de 
    su propio ASN o devuélvalos a LACNIC para asignarlos a otro ASN que 
    realmente los necesite.

Estoy de acuerdo contigo en que las transferencias, de algún modo, no deberían existir, si todo el mundo fuese honrado al 100% y cuando no necesita recursos, los devuelve a LACNIC, pero eso es una utopía!
    
    Recordando algo importante: LACNIC si tuviera evidencia de mal uso de 
    las asignaciones de direcciones IP puede solicitar el ASN **en cualquier 
    momento** para justificar de nuevo el uso de las asignaciones que tiene. 
    Por lo tanto, le pregunto: ¿puede la ASN justificar en este momento que 
    parte de esas asignaciones está actualmente "alquiladas a otro ASN" o 
    "está disponible a que un broker para que se beneficie de las 
    direcciones que la ASN receptora ya no utiliza" ?

Yo *aun* las utilizo, pero se que no las voy a necesitar cuando cambie de dual-stack a IPv6-only. "anuncio" que no las voy a necesitar, si el broker no me consigue un cliente, sigo con dual-stack y por lo tanto las sigo utilizando.

    >
    > Si el ISP de la competencia pasa la justificación de necesidad de LACNIC, entonces el ISP que le van a sobrar sus direcciones, las transfiere. La política no dice que se tenga que conocer (ANTES de la justificación de la necesidad), quien puede ser el "donante", y además un bróker puede tener "varias opciones" de diferentes bloques incluso de diferentes ISPs y diferentes regiones.
    >
    > En la política, primero se ejecuta el paso 2.3.2.18.2 y luego el 2.3.2.18.3, NO necesariamente se hace de forma simultánea, y si el procedimiento de LACNIC lo hace así, sería incorrecto. Insisto, PRIMERO justifico necesidad, SEGUNDO decido de donde recibo las direcciones, entre varias posibles opciones (uno o varios brokers, o uno o varios donantes directos).
    Lo siento Jordi, pero lo que dices no tiene sentido, ni siquiera tiene 
    sentido lógico o procesal.
    Para que comience una transacción de transferencia, LACNIC debe ser 
    consciente de que hay un ASN "donante" que desea transferir sus recursos 
    a otro. Según el tamaño del bloque que se va a transferir, el ASN 
    receptor debe justificar su uso.

Los brokers tienen muchos "clientes" tanto donantes como receptores. LACNIC NO necesita saber en la fase de evaluación de la necesidad (2.3.2.18.2) quien será el donante. Lo DEBERÁ saber en la siguiente fase (2.3.2.18.3). Entre el 2.3.2.18.2 y el 2.3.2.18.3, pueden pasar solo *minutos*, *horas* o *días*. Se puede informar a LACNIC de los datos del 2.3.2.18.2 y 2.3.2.18.3 de forma simultánea? SI, pero estoy seguro que el "receptor" primero habrá comprobado si cumple las condiciones para que LACNIC no se lo rechace.
    
    ¿O cree que el ASN receptor va directamente a LACNIC para decir "Hay un 
    ASN "secreto "que está dispuesto a transferirme un / 20 y quiero hacer 
    el proceso de justificación y luego comenzar el proceso de transferencia 
    y decir quién es este donante ASN" ?

Si, eso es perfectamente válido, aunque creo que hablar aquí de ASNs es incorrecto. Hablamos de resource-holder.

Yo le puedo decir a LACNIC (siguiendo literalmente el texto de la política):
1) Necesito un /18.
2) Tengo 3 brokers que me ofrecen varias alternativas.
3) Esta es mi justificación de la necesidad.
4) LACNIC deber revisar la justificación de la necesidad.
5) En ese momento yo negocio con el broker que mejor me convenga la opción que mas me convenga (un /18 contiguo, o 2 x /19 de diferentes resource-holders, etc.).
6) LACNIC (y/o otros RIRs) verifican la titularidad de los recursos.
7) Si la titularidad es correcta, no hay disputas, etc., etc., LACNIC completa el proceso de transferencia.
    
    Establece claramente en el manual de políticas en 2.3.2.18.3: "LACNIC o 
    el RIR correspondiente (en función de la dirección de la transferencia), 
    **verificará la titularidad del recurso a transferir** y que esté libre 
    de disputas.En los casos de transferencias intra-RIR, ambas entidades 
    deberán presentar a LACNIC una copia firmada del documento legal que 
    respalde la transferencia"
    Entonces pregunto: "¿Cómo es posible que LACNIC continúe con el proceso 
    de transferencia si ni siquiera sabe quién es el titular de los recursos ?
    >
    >      el tamaño del bloque que se transferirá. Por lo tanto, un ASN "donador"
    >      debe decirle a LACNIC "Estoy dispuesto a renunciar a algunos de mis
    >      prefijos porque ya no los uso" (la justificación de ventas no es
    >      válida), y el ASN receptor debe justificar su uso para *ese tamaño de
    >      prefijo**.
    >
    > Si no siguiéramos el orden de los pasos de la política, entonces NO se podría hacer ninguna transferencia y la política sería innecesaria, porque primero el "actual" resource-holder le diría a LACNIC "ya no necesito estos recursos", y LACNIC, siguiendo la necesidad de justificar el uso, podría decir "devuélvemelos" ...
    Esta no es la forma en que lo dices. Cuando el manual de políticas dice 
    que el ASN receptor primero debe justificar que es solo **una 
    condición** para que el proceso de transferencia continúe, pero sin la 
    declaración del bloque en cuestión ni siquiera es posible comenzar el 
    proceso.
    >
    >      Si no puede justificar el uso, esos prefijos deben devolverse al pool de
    >      LACNIC ya que el ASN "donante" ya ha asumido oficialmente que ya no
    >      tiene ningún uso y ya no justifica mantenerlos bajo su responsabilidad.
    >
    > Con la aceptación de las políticas de transferencias hemos "aceptado" este "juego": No los necesito, pero NO se los devuelvo a LACNIC (que sería lo suyo si todos fuéramos 100% honrados en este planeta), sino que intento "transferirlos" y con ello pago parte de la mejora de mi red.
    Este es el costo y la seriedad de un proceso de transferencia de 
    recursos. Si el RIR no reconoce un proceso de compra y venta(y lo hace 
    correctamente), entonces al menos ambos ASNs son conscientes de que ese 
    bloque se utilizará de facto y no se quedará allí en contra de los 
    principios de atribución IP como la conservación.
    >
    >      Sin embargo, si el personal de LACNIC desea aclarar que sería aún mejor
    >      calmar este tema de lo que repito, es bastante obvio para mí.
    >      
    >      Saludos cordiales
    >      
    >      
    >      On 07/08/2019 11:17, Gianina Pensky wrote:
    >      > Estimados,
    >      >
    >      > Con respecto a la consulta realizada en los correos anteriores:
    >      >
    >      > El staff analiza cada caso con sus particularidades, por lo cual
    >      > prefiere no opinar sobre casos genéricos, pues usualmente se omiten
    >      > detalles que pueden ser determinantes. Si hubiera un caso real que
    >      > debamos atender, agradecemos que nos lo compartan y podremos
    >      > analizarlo con mayor detalle.
    >      >
    >      > De cualquier forma, acercamos las referencias del Manual de Políticas
    >      > y del Acuerdo de Servicios al respecto:
    >      >
    >      >  * En el Manual de Políticas, los puntos:
    >      >      o 1.9. Asignar
    >      >        /Asignar significa delegar espacio de direcciones a un usuario
    >      >        final, para su uso exclusivamente dentro de la infraestructura
    >      >        que opera, así como para fines de interconexión. La asignación
    >      >        de espacio de direcciones es sólo para el uso por el receptor
    >      >        original de dicha asignación, así como para dispositivos de
    >      >        terceros, siempre y cuando estén operando dentro de dicha
    >      >        infraestructura/.
    >      >
    >      >      o 2.3.3.4.Asignaciones a Usuarios Finales/
    >      >        //LACNIC asignará bloques de direcciones IPv4 a usuarios finales
    >      >        que requieren espacio//
    >      >        //de direcciones IPv4 para su uso interno, para el
    >      >        funcionamiento de sus redes. /
    >      >
    >      >  * En el Acuerdo de Servicios, cláusula 2: /En caso de que el
    >      >    Solicitante sea un Proveedor de Servicios de Internet, el
    >      >    Solicitante acuerda que las direcciones IP serán usadas únicamente
    >      >    para su infraestructura interna o para asignar a los clientes a los
    >      >    que el Proveedor de Servicios de Internet está proveyendo servicios
    >      >    de acceso a Internet./
    >      >
    >      > Quedamos atentos a cualquier consulta.
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