[LACNIC/Politicas] LAC-2019-7: Procedimiento Electoral

Tomas Lynch tlynch at nog.lat
Mon Mar 2 18:58:59 GMT+3 2020


Estimados miembros de la lista,

Recordamos que la propuesta de política LAC-2019-7: Procedimiento 
Electoral sigue en discusión. Durante esta semana, del 2 al 8 de Marzo 
nos dedicaremos a la discusión la misma [1].

Les pedimos que respondan a este correo, sin cambiar el subject, si 
están de acuerdo o no con la propuesta adjuntando una breve descripción 
que sustente su posición [2].

Encontrarán la propuesta completa en 
https://politicas.lacnic.net/politicas/detail/id/LAC-2019-7/language/sp

A continuación se muestra el texto original y el de la propuesta:

*Texto actual*
3.2.2. Sobre los Moderadores del PDP
o Los Moderadores del PDP no serán parte del staff de LACNIC.
o Labor honoraria.
o Deberán ser miembros de LACNIC o tener el apoyo de un miembro de LACNIC.
o Su periodo de servicio tendrá una vigencia de 2 años de forma 
intercalada y con posibilidad de renovación ilimitada.

3.2.3. Sobre la elección de los Moderadores
o Los llamados a postulaciones se realizarán en la lista Pública de 
Políticas.
o Podrán participar en la elección todos los suscritos a la lista 
Pública de Políticas.
o La elección se llevará a cabo justo antes del Foro Público.
o Se hará de manera electrónica utilizando mecanismos para limitar a un 
voto por persona suscrita a la lista.
o El ganador de la elección electrónica, tendrá que ser ratificado en el 
Foro Público. Los moderadores en funciones consultarán a los presentes 
si hay objeciones al proceso de elección electrónica. Si las hubiera, 
los moderadores evaluarán si las objeciones son suficientemente 
significativas. Si no hay objeciones o los moderadores las consideran no 
significativas, procederán a ratificar al ganador de la elección. Un 
moderador que participó como candidato en la elección, se abstendrá de 
participar como moderador durante el proceso de ratificación.
o El moderador elegido entrará en funciones inmediatamente después de la 
culminación del Foro Público en el que fue ratificado.
o Si no hubiera ganador ratificado, el directorio de LACNIC nombrará un 
moderador que cubra el puesto vacante hasta el próximo Foro Público. En 
la siguiente oportunidad que se pueda llevar a cabo una elección y 
ratificación, el elegido cubrirá sólo el periodo restante.

*Nuevo Texto*
3.2.2. Sobre los Moderadores del PDP
o Los Moderadores del PDP no serán parte del staff de LACNIC.
o No podrán compatibilizar dicho cargo con otros que estén directamente 
implicados en el flujo del proceso de desarrollo de políticas, en 
cualquiera de sus fases. Si concurriera dicha situación, deberán 
explicitar en la candidatura como resolverán dicha situación en caso de 
resultar elegidos. Por lo tanto, si resultaran elegidos, automáticamente 
cesarían (o no tomarían posesión, según sea el caso) en aquellos cargos 
incompatibles, según lo indicado en su candidatura.
o Ambos Moderadores no podrán ser del mismo país, salvo en casos 
excepcionales en que no haya otros candidatos aceptables, en cuyo caso, 
sería necesario que uno de los Moderadores cese en el siguiente proceso 
electoral (año siguiente), bien porque estaba agotado su mandato, bien 
por acuerdo entre ambos Moderadores, o en su defecto, automáticamente 
cesaría el más antiguo.
o Su labor es honoraria.
o Podrán ser candidatos aquellos que sean contactos de membresía de una 
organización miembro de LACNIC o alternativamente, aquellos que sean 
nominados por 2 contactos de membresía de LACNIC.
o Su periodo de servicio tendrá una vigencia de 2 años de forma 
intercalada y con posibilidad de renovación por una sola vez. Tras una 
pausa mínima de un año, podrían presentarse a las siguiente elecciones.
o Los candidatos deberán haber formado parte de la lista Pública de 
Políticas durante al menos 6 meses antes del inicio del proceso electoral.
o En su candidatura incluirán, además de su información biográfica, 
información concreta que permita evaluar su contribución, participación 
y experiencia en el PDP.

3.2.3. Sobre la elección de los Moderadores
o Los llamados a postulaciones se realizarán en la lista Pública de 
Políticas.
o Las votaciones se realizarán electrónicamente utilizando mecanismos 
que, en la medida de lo posible, limiten a un voto por persona.
o Dado que los participantes de la lista Pública de Políticas 
constituyen el censo electoral, y para evitar su manipulación, se 
tratará de evitar que participen en cada elección quienes se registran 
exclusivamente con motivo del proceso electoral, por ejemplo limitando 
el censo a los suscritos “n” meses antes del inicio de dicho proceso.
o Cualquier uso de la lista para fines electorales, incluso por personas 
claramente afines a los candidatos podría suponer su descalificación, si 
hay evidencias de connivencia.
o Si se determina, en cualquier fase del proceso, que hay suficientes 
evidencias de fraude, se podría descalificar al candidato o candidatos 
en cuestión. Incluso, dado el caso, invalidar el proceso completo y 
solicitar su repetición para lo cual se ajustarán los plazos, de tal 
modo que se haga coincidir su resultado, en la medida de lo posible, con 
el Foro Público siguiente.
o El proceso electoral se inicia el día 1 del mes correspondiente a los 
3 meses completos antes de terminar el período de servicio del moderador 
cesante, con la convocatoria a presentación de candidatos. La duración 
de esta fase coincidirá con la duración natural de dicho mes (28-31 días).
o LACNIC comunicará en la lista Pública de Políticas los candidatos 
aceptados, por cumplir todos los requisitos, indicando donde está 
disponible públicamente la información de los mismos.
o A continuación, se abre un plazo de 10 días naturales, para que la 
comunidad pueda indicar información relevante de los candidatos. Dicha 
información, de ser confirmada, podrá ser publicada, de una sola vez 
para todos los candidatos, el día siguiente hábil al terminar el plazo 
de 10 días. A raíz de dicha información, el Directorio podría 
descalificar a algún candidato.
o El primer lunes hábil tras el plazo anterior, se dará inicio a la 
votación, por un plazo de 7 días naturales.
o Se considerará que se produce un empate si la diferencia es menor del 
10%. En tal caso, cuando haya más de dos candidatos, al siguiente lunes 
hábil, se iniciará una segunda vuelta, con un nuevo plazo de 7 días 
naturales, sólo entre los candidatos que hayan empatado.
o LACNIC anunciará inmediatamente, el resultado de la votación tanto en 
la primera como en la segunda vuelta, si se diera el caso.
o Si hubiera objeciones por parte de cualquier miembro de la comunidad, 
deben ser puestas en conocimiento del Directorio en el plazo de 7 días 
naturales tras el anuncio del resultado. En tal caso, el Directorio 
evaluará si las objeciones son suficientemente significativas y 
probadas. Si no hay objeciones o decide no considerarlas, procederá a 
ratificar al candidato elegido.
o El moderador elegido entrará en funciones inmediatamente después de la 
culminación del Foro Público siguiente.
o Si no fuera posible la ratificación de ningún candidato, el Directorio 
de LACNIC nombrará un moderador que cubra el puesto vacante hasta el 
siguiente Foro Público. En la siguiente oportunidad que se pueda llevar 
a cabo una elección y ratificación, el elegido cubrirá sólo el periodo 
restante. Este mismo mecanismo se aplicaría, si fuera preciso, si alguno 
de los moderadores dimite antes de finalizar su período de servicio o, 
por cualquier circunstancia, deja de responder a sus responsabilidades.
o La instancia última de apelación del procedimiento electoral es el 
Directorio de LACNIC.

<fin del texto>

Notas:

[1] La discusión no estará restringida solo esta propuesta, si alguien 
quiere opinar sobre otra propuesta es libre de hacerlo. Sin embargo es 
una manera fácil de ordenar la discusión.

[2] Los comentarios durante esta semana se suman a los comentarios ya 
expresados con anterioridad para la decisión del consenso.

Ariel Weher / Tomas Lynch
Moderadores del Foro de Políticas Públicas de LACNIC


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