[LACNIC/Politicas] propuesta LAC-2023-4 ("Gestión de Recursos Legados")
Fernando Frediani
fhfrediani at gmail.com
Thu Sep 28 09:20:09 -03 2023
Buen día
Me parece una propuesta muy interesante y relevante.
Lamentablemente, tengo que estar de acuerdo en que parece haber un error
por parte de los moderadores al bloquear previamente una propuesta
analizando sus méritos.
El PDP establece claramente en el 3.1 que sólo se analizará el texto y
no su mérito y decir que está fuera de la competencia de LACNIC es
analizar el mérito completamente. Es la comunidad la que tiene que hacer
esto durante la discusión y en última instancia el Directorio de LACNIC
si entiende que representa un problema legal para la entidad.
LAC-2023-5, por ejemplo, habla de acciones a tomar para una base IRR
sobre las cuales la comunidad no tiene prerrogativa establecer y, sin
embargo, el texto fue publicado para discusión de todos modos (lo correcto).
Creo que es un poco atrevido hacer este tipo de juicios previos y
bloquear la discusión de una propuesta relevante. Esto podría sentar un
precedente muy serio que no puede ocurrir en este Foro Político.
Por lo tanto pido a los Moderadores que revisen su posición y publiquen
la propuesta para discusión.
Fernando Frediani
On 28/09/2023 05:52, jordi.palet--- via Politicas wrote:
> Hola a todos,
>
> Adjunto a este correo la propuesta LAC-2023-4 que fue enviada el 13/9. Muy brevemente os explico la misma, el contexto, y porque no será presentada en el próximo Foro Público, por decisión de los moderadores, incumpliendo el PDP.
>
> La propuesta parte de una idea y propuesta que presente en APNIC en Enero de 2020. La versión que finalmente alcanzó consenso de esta propuesta en APNIC fue la v4, que podéis ver enhttps://www.apnic.net/community/policy/proposals/prop-147/.
>
> Nota: lo que nosotros llamamos recursos legados, en APNIC se llaman recursos históricos (HR - Historical Resources), y en “corto” son los recursos que fueron entregados antes de la existencia de los RIRs.
>
> Podéis ver la presentación de la propuesta enhttps://conference.apnic.net/55/assets/files/APPS314/apnic55-prop-147-v00_1677578029.pdf.
>
> Si preferís el vídeo:https://www.youtube.com/watch?v=YMgvZDFrFIA&t=1762s
>
> Dicha propuesta ya fue implementada con resultados muy buenos, y casi 3 millones de direcciones IPv4 recuperadas (algunas aún en proceso). Esto se puede ver en la presentación del staff en el último APNIC:https://conference.apnic.net/56/assets/files/APJS642/hrm-project-wrap_1694508533.pdf
>
> Y el vídeo de la misma:https://www.youtube.com/watch?v=fl2VlRhSGAs&t=522s
>
> Y ahora nos centramos en la propuesta, que aunque es muy corta voy a intentar explicar de forma aún mas breve.
>
> Los recursos legados son aquellos que fueron entregados sin ningún tipo de justificación antes de la existencia de los RIRs. Los usuarios de dichos recursos pueden haber desaparecido, pueden no estar siendo utilizados, pueden haber sido secuestrados, pueden tener sus datos de contacto no actualizados, etc. Todo ello es en perjuicio de la comunidad, e tiene incluso implicaciones graves de seguridad. Esto son implicaciones para los 5 RIRs.
>
> En el caso de LACNIC, aquellos poseedores de recursos legados que hayan firmado el contrato de membresía (porque han solicitado otros recursos, por ejemplo ASN o IPv6), dejan de ser legados, pagan sus cuotas y reciben todos los servicios.
>
> Sin embargo, en el resto de los casos, no pagan cuotas, y reciben servicios de registro (excepto RPKI), y por lo tanto están siendo subvencionados por el resto de los miembros, lo cual es muy injusto.
>
> La propuesta, igual que en el caso de APNIC, resuelve esto, de forma que LACNIC pueda verificar la actualidad de los datos de registro de los recursos legados y por tanto mantengamos whois actualizado. Aquellos que no sean “contactables”, o no justifiquen que los recursos están siendo utilizados/anunciados, podrán ser reclamados, según los pasos de la política de recuperación que ya existe en el manual (sección 7).
>
> Sin embargo, y en contra del PDP, los moderadores argumentan el 20 de Septiembre que no puede ser publicada (según su subjetivo criterio por la falta de jurisdicción de LACNIC).
>
> A mi respuesta (el mismo día 20) a su consideración subjetiva, y contraria al PDP, tanto porque la jurisdicción (en este caso) de LACNIC es la misma que la de APNIC (cada uno en sus respectivas regiones), no obtengo respuesta hasta insistir el día 22, cuando por parte del staff, se me indica ahora que es una cuestión de “alcance” (lo cual no figura en ninguna parte del PDP).
>
> Mis argumentos son claros y contundentes con el PDP al pié de la letra y que no deja lugar a la interpretación:
>
> 1) Considero que vuestro argumento es incorrecto, de otro modo en APNIC tampoco se hubiera podido hacer, y sin embargo se ha hecho, con muy buenos resultados.
>
> 2) Los recursos (todos) pertenecen a la comunidad, no a un RIR determinado, y la comunidad, en cada región puede determinar que hacer con los recursos.
>
> 3) No es una atribución de los moderadores, que no pueden *nunca*, en base al PDP, objetar a ninguna propuesta. Será la comunidad, incluso el staff con sus recomendaciones en el análisis de impacto, o en último extremo el directorio, quien podrá objetar a ratificar una propuesta si alcanzara el consenso.
>
> 4) La revisión que se hace una vez enviada una propuesta, según el punto 3.1 del PDP indica claramente "Solo se revisará el texto de la política, no sus méritos”.
>
> 5) El punto 3.2.4 del PDP indica "Introducir en la Lista Pública un llamado para la discusión de *cualquier propuesta* que sea presentada por la comunidad …”, insisto en el “cualquier propuesta”.
>
> 6) El propio PDP de LACNIC: “El Proceso de Desarrollo de Políticas es parte fundamental de los servicios que brindan los Registros Regionales de Internet. Es a través de este proceso donde se valida la creación y modificación de las políticas que el RIR aplica en su región.”
>
> 7) La comunidad no ha alcanzado consenso en 3 propuestas de políticas diferentes que buscaban que esa “censura previa” la hiciera la propia comunidad, lo cual como no podía ser de otra forma, deja claro que esa censura previa no es razonable ni admisible. No puede haber subjetividad en el PDP, pero mucho menos en admitir la publicación de una propuesta porque esta explicitado en el propio PDP.
>
>
> En resumen, no hay ninguna atribución del PDP que impida la publicación de una propuesta. Podría entender que no se hiciera si se pretende publicar una propuesta al respecto de discutir cualquier tema que no tenga nada que ver con recursos ni LACNIC (comunidad), pero nunca en otro caso. No hay ninguna base para objetar ni en el manual de políticas ni en el PDP y la soberanía reside en la comunidad, no en el staff, ni en los moderadores, y por tanto se está haciendo una clara censura subjetiva previa.
>
> La revisión de la propuestas antes de su publicación tiene como objetivo exclusivamente buscar su claridad, evitar erratas, etc.
>
> He pedido a los moderadores que reconsideren su posición, y también que dado que ya no estábamos a tiempo de publicar esta propuesta, por su decisión contraria al PDP, al menos me dieran espacio para presentar el tema en el próximo Foro Público (y lo hice antes del plazo para publicar la agenda), en base al punto 3.5 del PDP "Se ofrecerán espacios para la presentación de temas de interés para el Foro Público de Políticas.”, y tampoco se ha considerado.
>
> Por supuesto, desde el primer momento he ofrecido la posibilidad de discutir todo este tema en una videollamada, evitando cruces interminables de correos, porque me parece una situación gravísima, y tampoco se ha considerado (de hecho no se ha respondido a ello).
>
> Esta misma situación ya ocurrió con la propuesta LAC-2022-5. No entro en detalles de la misma, porque al final la problemática es la misma: Se esta pre-juzgando, en contra del PDP y no procediendo a la publicación de propuestas que claramente están dentro del ámbito del PDP/manual de políticas, vulnerando muy gravemente la legitimidad de la soberanía de la comunidad.
>
> Por lo tanto, además de buscar opiniones acerca de esta propuesta, este email tiene como objetivo iniciar oficialmente el proceso de apelación, y solicitar a los moderadores que reconsideren su decisión, tanto al respecto de la publicación de la propuesta LAC-2023-4 como de la LAC-2022-5.
>
> En caso de no recibir una rectificación y confirmación de la publicación en las próximas horas, continuaré con el proceso de apelación para cada una de las propuestas.
>
> Saludos,
> Jordi
>
> @jordipalet
>
>
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