[LACNIC/Politicas] LAC-2025-5: Sub-asignación de Recursos IPv4 a Terceros

Fernando Frediani fhfrediani at gmail.com
Wed Oct 29 22:06:04 -03 2025


Hola

Creo que esta propuesta ha avanzado y evolucionado considerablemente, y 
los autores han hecho un excelente trabajo al consolidar muchos puntos 
importantes hasta el momento. Sin embargo, según las discusiones 
recientes, considero que aún requiere algunos ajustes en una nueva 
versión para convertirse en política, y sería saludable disponer de 
algunos meses más para pulir los detalles faltantes.

Estos cambios, en mi opinión, son viables, no generan controversia y 
seguirán contando con el apoyo de quienes respaldan otros puntos hasta 
ahora.

A continuación, respondo a mis argumentos.

On 10/29/2025 7:56 PM, Hernan Arcidiacono via Politicas wrote:
> FERNANDO FREDIANI
>
> 9)      Si posible, ajuste el límite de tamaño de bloque que se puede
> transferir para considerar *lo que una organización ya tiene*, en lugar
> de lo máximo que se puede sub-asignar según esta propuesta.
> La justificación es que, dado que esta política busca privilegiar a las
> organizaciones más pequeñas con asignaciones muy pequeñas o nulas, quienes
> ya tengan una asignación mínima pueden recurrir a mejores enfoques, como
> las transferencias permanentes.
> Personalmente, creo que /22 sería suficiente, pero si se mantiene /21
> como base, no creo que sea un problema o motivo de objeción.
>
> WG: Entendemos la sugerencia. No tenemos comentario al respecto. Hemos
> adoptado lo que entendemos fue un consenso mayoritario en la discusión
> previa en la lista. Entendemos también que el requerir una justificación
> con un mecanismo preexistente en el manual, pone una barrera de entrada a
> quienes quisieran solicitar nuevas subdelegaciones sin haber cumplido con
> las obligaciones asumidas en la primera.
Si bastara solicitar una justificación, no habría necesidad de un límite 
en el tamaño del prefijo. El tamaño máximo del prefijo para la 
transferencia tiene como objetivo garantizar que esta política no se 
utilice indiscriminadamente por parte de las organizaciones para 
transferir cada vez más bloques indefinidamente.
> 10)      Agregar un nuevo punto que diga que aquellas organizaciones que
> cedan bloques para ser sub-asignados no podrán recibir nuevos bloques por
> un periodo mínimo de tiempo.
>
>   WG: Entendemos la preocupación. No obstante creemos que existen mecanismos
> que mitigan este tipo de riesgos. Por ejemplo, aplicar para recibir una
> transferencia ya tiene per se mecanismos que establece restricciones. Por
> otro lado, subasignar y estar en la lista para recibir recursos recuperados
> parece una situación imporbable. Hemos preferido mantener el esquema simple
> en búsqueda de rápida aplicación y adopcón.
Hay un pequeño malentendido entre lo que dije y la respuesta. El 
problema no es quién recibe los bloques, sino quién los regala.
Quien regala bloques está demostrando que no necesita recibir más.
>
> 11)      Agregar un nuevo punto para dejar más claro que estas
> sub-asignaciones sólo pueden ocurrir dentro de la región LACNIC
> (intra-RIR)..
>
>   WG: No lo vemos necesario dado que de la manera que lo hemos planteado ya
> implica que la subasignación es de un miembro de LACNIC a otro miembro de
> LACNIC. Completa la respuesta el Punto 6.

La sección 2.3.2.19.2 establece que la organización receptora debe tener 
un ASN y una dirección IPv6 asignados por LACNIC, pero no especifica 
claramente que deba tener una sede en la región de LACNIC y ser miembro. 
Podría argumentarse que una organización con recursos asignados en 
múltiples RIRs, incluyendo LACNIC, pero sin representación legal en la 
región, sería también elegible para recibir recursos.

Modificando la sección 2.3.2.19.2, a) para algo como: "La organización 
receptora deberá *ser miembro* y contar al menos con un ASN y 
direccionamiento IPv6 asignado por LACNIC"

Saludos
Fernando Frediani


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