[LACNIC/Politicas] LAC-2025-5: Sub-asignación de Recursos IPv4 a Terceros (Guillermo Huamani De La Torre)

Hernan Arcidiacono harcidiacono at iplan.com.ar
Tue Sep 30 12:49:24 -03 2025


Gracias Guillermo por participar y por tu apoyo explícito.

Sólo aclaro que usamos el término tercero  en el mismo contexto que el
manual actual lo utiliza, de la misma forma que el aspecto de
infraestructura . Confieso que no veo la necesidad de sumar definiciones en
esta instancia del proceso, pero en este caso estoy respondiendo
exclusivamente en mi nombre y no del resto de los autores.

Abrazo y gracias de nuevo.

Hernan Arcidiacono

CTIO

+549 11 5025 5106




On Tue, Sep 30, 2025 at 2:07 AM <guille at signal.com.pe> wrote:

> Estimados expreso mi apoyo a LAC‑2025‑5 v1 la propuesta aborda una
> práctica existente con un marco transparente (WHOIS + bitácora pública),
> mantiene responsabilidad en el miembro y agrega un mecanismo
> anti‑especulación de 3 años valoro su potencial para proteger a operadores
> pequeños y mejorar la integridad del registro.
>
>
>
> A fin de facilitar una implementación homogénea, agradecería una precisión
> sobre el término “tercero” y el alcance “dentro/fuera de la infraestructura”
>
>
>
> ¿Podría añadirse en el texto una definición operativa de “tercero”
> ejemplo, entidad no titular de la asignación ni parte de la infraestructura
> bajo control operacional del miembro, dejando explícito que no se
> consideran “terceros” los dispositivos de clientes cuando operan dentro de
> la infraestructura del miembro?
>
>
>
> Esta aclaración pienso que evitaría interpretaciones dispares entre
> regiones y alinea el cambio de 0.9 con la nueva 2.3.2.19 reitero mi apoyo.
>
>
>
> Saludos cordiales,
>
>
>
> Guillermo Huamani De La Torre
>
> CEO & Founder | SIGNAL PERU S.A.C.
>
> 📞: 956170020
>
> ✉️:  <mailto:guille at signal.com.pe> guille at signal.com.pe
>
>
>
>
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>
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> El Codigo de Conducta de la Comunidad de LACNIC (
> https://rir.la/codigoconducta-SP) aplica a las listas de discusion de
> LACNIC.
> O Codigo de Conduta da Comunidade do LACNIC (
> https://rir.la/codigoconducta-PT) se aplica as listas de discussao do
> LACNIC.
> LACNIC's Community Code of Conduct (https://rir.la/codigoconducta-EN)
> applies to LACNIC's discussion lists.
>
>

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Ley 25326 - art.27. - inc. 3. El titular podrá en cualquier 
momento solicitar el retiro o bloqueo de su nombre de los bancos de datos a 
los que se refiere el presente artículo.


Decreto 1558/01 - art. 27. - 
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a conocer, se deberá indicar, en forma expresa y destacada, la posibilidad 
del titular del dato de solicitar el retiro o bloqueo, total o parcial, de 
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el nombre del responsable o usuario del banco de datos que proveyó la 
información.

 

El titular de los datos personales tiene la facultad de 
ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita y a intervalos 
no inferiores a 6 meses, salvo que se acredite un interés legítimo al 
efecto conforme lo establecido por el artículo 14, inciso 3 de la ley 
25326.-



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