[lacnog] DoS judicial

Erick Iriarte eiriarte en alfa-redi.org
Jue Dic 17 14:27:53 BRST 2015


Vivimos en un estado de derecho (algunos más derechos otros más izquierdos). Pero en dicho estado todos estamos regidos por la ley.

La ley no diferencia internet de no internet, y por ello la ley no debe regular tecnología sino conductas.

Si la conducta a regular ocurre por una plataforma debe ser lo suficientemente focalizado para no afectar a otros usuarios u otras utilizaciones diferentes a la que afecta.

Siendo así, hay una diferencia sustancial entre el ser (la norma o sentencia) con el deber ser (como ocurren las cosas de verdad). Pero lo que no pueden los que tienen que ejecutar la ley (en este caso los isp) es decir no la ejecutó. Dado que los responsables del mal diseño de la norma o la sentencia son los que la hacen. Por ende las consecuencias terceras serán de ellos y no de los ejecutantes de la norma o sentencia, salvo que sean también los mismos que hicieron la norma o sentencia.

En buen cristiano, ejecuten y si no ejecutan tendrán responsabilidad legal (administrativa, civil o penal), pero en base a vuestra decisión. Si la norma o sentencia está mal hecha pueden hacer la acotación de ello a quien la hizo pero deberán mientras ejecutar o no ejecutar y asumir consecuencias.

Ahora pueden ponerse en la posición de no se puede y dado que la autoridad pudiera no percatarse no pase nada, salvo que si lo haga y asumen consecuencias.

En resumen: norma/sentencia ira cada vez más siendo más específica y acotada, y mientras varios usuarios intermedios sufrirán dichos "aprendizajes", pero sería ilógico que intermediarios terminen sacrificados por luchas.

Que deberíamos hacer? Evitar malas normas / sentencias y eso se logra involucrándose en los procesos reales de hacer dichas normas / sentencias y sobre todo educando a quienes hacen dichas normas/ sentencias

Saludos

Erick Iriarte 

Enviado desde mi iPhone

> El 17 dic. 2015, a las 11:08 a.m., Ivan Chapero <info en ivanchapero.com.ar> escribió:
> 
> Técnicamente inviable el tema de los dominios de una CDN que mapea DNS según la "ubicación" del resolver. Ni hablar cuando hacen mención a todos los subdominios existentes.  En la obligación de cumplir terminan nulleando segmentos enteros o todo lo que se encuentre detrás del ASN.
> 
> Otra cuestión que no logran comprender es que la IP no siempre sostiene solo el servicio o sitio a "castigar", aquí en Argentina se había solicitado por la CNC "el bloqueo de la IP de un blog hosteado en Blogger". Los grandes carriers nullearon esa IP, a parte de bajar no ese sino miles de blogs, oh casualidad también sostenía el servicio de attachs de Gmail. Nos quemaban los teléfonos con reclamos.
> 
> El poder judicial esta a años luz de comprender y realizar sentencias sobre internet de manera coherente.
> 
> Opionion netamente personal, tampoco me parece correcto que se use a los carriers como policías de internet. Si el que está violando leyes es el originador de contenido hay que ir contra él, no contra los que estamos en el medio.
> 
> 
> ​Slds.​
> 
> 
> 2015-12-17 12:27 GMT-03:00 Christian O'Flaherty <christian.oflaherty en gmail.com>:
>> El pedido fue con bastante detalle técnico innecesario:
>> 
>> "suspenda pelo prazo de quarenta e oito horas, a partir da 00h00
>> seguinte ao recebimento da presente ordem, em todo o território
>> nacional, o acesso através dos serviços da empresa de domínios
>> WhatsApp.net e WhatsApp.com e subdomínios existentes relativos a estes
>> aplicativos, devendo bloquear o trafego de qualquer conteúdo que
>> contenham tais domínios e, ainda, todos os números de IP vinculados
>> aos domingos e subdomínios, inclusive a limpeza de cache desses
>> domínios e tudo o que mais for necessário para a suspensão do trafego
>> de informações, coleta, armazenamento, guarda e tratamento de registro
>> de dados pessoais ou de comunicações entre os usuários da rede que
>> trafegam por meio de provedores de acesso ou provedores de conexão das
>> empresas acima mencionadas e da empresa WhatsAppInc, em que pelo menos
>> um desses atos ocorra em território nacional, "
>> 
>> 
>> 2015-12-17 12:08 GMT-03:00 Carlos M. Martinez <carlosm3011 en gmail.com>:
>> > Yo creo que un funcionario judicial nunca te va a decir 'pone una ruta
>> > /32 a null0', el funcionario te va a decir 'bloquea whatsapp'.
>> >
>> > Ahi los que estamos en falta son los que participamos del enrutamiento,
>> > sobre todo los que dejaron que esa ruta se propagara más allá de su
>> > sistema autónomo.
>> >
>> > s2
>> >
>> > -Carlos
>> >
>> > On 12/17/15 11:49 AM, Christian O'Flaherty wrote:
>> >> Se mezclaron los temas de RTBH con la ruta a null para bloquear a whatsapp.
>> >>
>> >> Tal vez como grupo de operadores se puede preparar un instructivo para
>> >> funcionarios judiciales.
>> >>
>> >> También habría que tener un documento de mejores prácticas para
>> >> atender pedidos judiciales... Un /32 a null que se propaga por la
>> >> región no parece una buena práctica :-)
>> >>
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