[LACNIC/Politicas] NP: LAC-2023-7 - Transferencias-Temporales

jordi.palet at consulintel.es jordi.palet at consulintel.es
Mon Oct 30 12:29:56 -03 2023


Hola Uesley,

Gracias de antemano!

Creo que el propio texto de la propuesta lo aclara, pero por intentar profundizar sin llegar al texto completo:

No es un alquiler, sino una transferencia temporal, cumpliendo determinados requisitos. Se puede considerar “equivalente”, sin duda, pero aqui contamos con requisitos supervisados por LACNIC, al igual que con las transferencias “definitivas” (las que hoy ya tenemos).

La diferencia con los “alquileres" que se hacen en otras regiones (existan o no politicas para ello, caso de RIPE NCC, donde no esta ni regulado ni “no-regulado”), es que en esos casos no pasan por la justificación de la necesidad ante el RIR.

Aprovecho para comentar que me ha llegado un comentario en privado, que indica que un /20 le parece demasiado grande y que estas transferencias temporales deberían limitarse a un /22. Sería bueno recabar también otras opiniones al respecto de este punto.

Bajo mi punto de vista, es cierto que un /22 es mas que suficiente si se cumple el objetivo de desplegar IPv6, ya que los mecanismos que permiten IPv6-only con IPv4aaS, concretamente 464XLAT, permiten miles de clientes con un único /24, como se describe en la sección 3.4 (IPv4 Pool Size Considerations) del RFC9313 (https://datatracker.ietf.org/doc/rfc9313/). De hecho, cuando escribí esa sección del RFC, fui muy conservador. He desplegado 464XLAT en clientes con varios millones de clientes y un solo /22. Cuanto mas avanza el despliegue de IPv6 en proveedores de contenidos, menor es el número de direcciones IPv4 públicas que vamos necesitando para un mismo número de clientes.

Considero que un ISP que necesita transferencias temporales, es porque esta "empezando", y se hace difícil pensar que un ISP que empieza pueda tener mas allá de unos pocos miles o decenas de miles de clientes. Si se trata de un ISP mayor, esta claro que tiene capacidad financiera para una transferencia “definitiva”. Si se trata de un usuario-final, no tiene sentido que necesite mucho mas que un /24 (de nuevo salvo una grandísima empresa, que entonces tiene capacidad financiera, etc.).

Comentarios?

Saludos,
Jordi

@jordipalet


> El 30 oct 2023, a las 15:56, Uesley Correa <uesleycorrea at gmail.com> escribió:
> 
> Hola Jordi!
> 
> Felicitarte por darle el seguimiento en la discusión de este tema. Estaré
> revisando en detalles la propuesta para expresar mi punto de vista y que la
> podamos discutir de manera amplia en esta lista, así como en el Foro
> Público en Panamá. Solo me quedé con una duda: Si llega a consenso la
> propuesta sobre "Aclaración de prohibición de alquiler", cómo se daría en
> estos casos para identificar que una Transferencia Temporal no sea
> categorizada como un Alquiler?
> 
> Saludos,
> 
> Uesley Corrêa - Analista de Telecomunicaciones
> CEO Telecom ISP Solutions
> 
> 
> On Mon, Oct 30, 2023 at 11:52 AM jordi.palet--- via Politicas <
> politicas at lacnic.net> wrote:
> 
>> Por lo visto la lista de políticas no deja subir adjuntos aunque solo
>> pesen 100Kb, así que la he subido aqui:
>> 
>> 
>> http://www.theipv6company.com/LAC-2023-7-v1.pdf
>> LAC-2023-7-v1
>> Documento PDF · 104 KB
>> 
>> 
>> Sería bueno que los moderadores y staff consideran un cambio para permitir
>> adjuntos de hasta 1Mb, o algo similar, pues es mucho mas visual que el
>> sistema de políticas. Antes si se permitía!
>> 
>> Saludos,
>> Jordi
>> 
>> @jordipalet
>> 
>> 
>>> El 30 oct 2023, a las 15:31, jordi.palet--- via Politicas <
>> politicas at lacnic.net> escribió:
>>> 
>>> Hola a todos,
>>> 
>>> Os paso el PDF de esta propuesta, pues a dos columnas y en colores
>> considero que se entienden muchísimo más los leves cambios que se
>> aplicarían a las transferencias actuales.
>>> 
>>> Saludos,
>>> Jordi
>>> 
>>> @jordipalet
>>> 
>>> 
>>>>>> 
>>>> El 30 oct 2023, a las 14:57, info-politicas at lacnic.net escribió:
>>>> 
>>>> [Português abaixo]
>>>> [English below]
>>>> 
>>>> ---
>>>> 
>>>> Estimados suscriptores de la Lista de Políticas de LACNIC,
>>>> 
>>>> Se recibió una nueva propuesta de Política, se le asignó el id
>> LAC-2023-7.
>>>> 
>>>> Título: Transferencias Temporales
>>>> 
>>>> Título abreviado: Transferencias-Temporales
>>>> 
>>>> Resumen: Las políticas actuales de LACNIC solo contemplan
>> transferencias de direcciones IPv4 de forma permanente.
>>>> 
>>>> Esta propuesta especifica un cambio en dicha política para permitir
>> transferencias temporales.
>>>> 
>>>> Propuesta completa:
>>>> 2.3.2.18. Transferencias temporales y definitivas de direcciones IPv4
>>>> 
>>>> Se permitirán transferencias, tanto temporales como definitivas, de
>> direcciones IPv4 entre LIRs y/o usuarios finales, en adelante entidades,
>> bajo las siguientes condiciones.
>>>> 
>>>> Esta política aplica tanto a los casos en que alguna de las entidades
>> involucradas sea de otra región (transferencias inter-RIR), como para
>> transferencias dentro de la región LACNIC (transferencias intra-RIR). Sin
>> embargo, las transferencias temporales, sólo se pueden realizar dentro de
>> la región (transferencias temporales intra-RIR).
>>>> 
>>>> 2.3.2.18.1. El tamaño mínimo de bloque que se permite transferir es un
>> /24.
>>>> 
>>>> 2.3.2.18.2. Para que una entidad dentro de LACNIC, pueda ser el
>> destinatario de una transferencia, debe pasar primero por el proceso de
>> justificación de recursos IPv4 ante LACNIC. Es decir, la entidad debe
>> justificar ante LACNIC la distribución/asignación inicial/adicional, según
>> sea el caso, de acuerdo a las políticas vigentes.
>>>> 
>>>> Sin embargo, en el caso de transferencias temporales, un determinado
>> destinatario sólo podrá recibir (en total) un máximo de un /20.
>>>> 
>>>> Si el destinatario es una entidad de otra región, estará sujeta a los
>> criterios, verificaciones y requisitos del RIR correspondiente.
>>>> 
>>>> 2.3.2.18.3. LACNIC o el RIR correspondiente (en función de la dirección
>> de la transferencia), verificará la titularidad del recurso a transferir y
>> que esté libre de disputas.
>>>> 
>>>> En los casos de transferencias intra-RIR, ambas entidades deberán
>> presentar a LACNIC una copia firmada del documento legal que respalde la
>> transferencia.
>>>> En los casos de transferencias inter-RIR, la documentación que respalda
>> la operación será la acordada entre ambos RIR.
>>>> 
>>>> 2.3.2.18.4. LACNIC mantendrá una bitácora de transferencias, accesible
>> públicamente, de todas las transferencias de bloques IPv4 que se registren.
>> En dicha bitácora se registrará la fecha inicial de la operación, la
>> entidad fuente de la transferencia, la entidad destino, las direcciones
>> transferidas, la fecha final de la operación y, si fuera una transferencia
>> inter-RIR, los RIRs fuente y destino.
>>>> 
>>>> La fecha final de la operación no tendrá valor en el caso de
>> transferencias definitivas, mientras que, para el caso de las
>> transferencias temporales, mantendrá el valor en que dicha transferencia
>> finaliza. Esté valor deberá ser actualizado cuando exista acuerdo de
>> extensión del plazo inicialmente pactado, legitimado ante LACNIC por ambas
>> partes.
>>>> 
>>>> La extensión del plazo deberá realizarse con una anticipación mínima de
>> 30 días a la fecha final de la operación anteriormente pactada.
>>>> 
>>>> 2.3.2.18.5. La entidad fuente de la transferencia quedará
>> automáticamente inelegible para recibir distribuciones y/o asignaciones de
>> recursos IPv4 por parte de LACNIC durante un año, a partir de la fecha de
>> operación registrada en la bitácora de transferencias.
>>>> 
>>>> 2.3.2.18.6. En el caso de las transferencias definitivas, las
>> direcciones previamente transferidas no podrán ser subsecuentemente
>> transferidas (ni total, ni parcialmente) durante un periodo de un año, a
>> partir de la fecha de operación registrada en la bitácora de transferencias.
>>>> 
>>>> 2.3.2.18.7. Una vez concluida la transferencia, LACNIC modificará la
>> información del recurso transferido para reflejar el cambio de titular.
>>>> 
>>>> En el caso de transferencias temporales, LACNIC retornará dicha
>> información a sus valores originales (anteriores a la transferencia), al
>> cumplirse la fecha final de la operación.
>>>> 
>>>> 2.3.2.18.8. Cada entidad, tanto la que transfiere como la que recibe,
>> quedará sujeta a las políticas y condiciones de membresía del RIR
>> correspondiente.
>>>> 
>>>> 2.3.2.18.9. Las direcciones provenientes de distribuciones o
>> asignaciones de LACNIC, ya sean iniciales o adicionales, no podrán ser
>> sujetos a transferencias (ni totales ni parciales) durante un periodo de
>> tres años a partir de su fecha de distribución o asignación.
>>>> 
>>>> 2.3.2.18.10. Los recursos legados transferidos entrantes, dejarán de
>> ser considerados legados.
>>>> 
>>>> 2.3.2.18.11. Las transferencias temporales están sujetas a condiciones
>> adicionales, cuyo incumplimiento será motivo inmediato de revocación de la
>> transferencia:
>>>> •    El contrato debe incluir cláusulas de revocación de la
>> transferencia en caso de utilización de los recursos para abusos.
>>>> •    Disponer de ASN para anunciar dichos recursos
>>>> •    Disponer de IPv6 operativo en el momento de anunciar los recursos
>> IPv4 transferidos.
>>>> •    Disponer de RPKI para dichos recursos.
>>>> •    Actualizar la geolocalización e IRR.
>>>> •    Cumplir con las buenas prácticas establecidas por MANRS.
>>>> 
>>>> Para ver el detalle ingrese en:
>>>> https://politicas.lacnic.net/politicas/detail/id/LAC-2023-7/language/sp
>>>> 
>>>> Los comentarios y los puntos de vista aportados por la comunidad son
>> vitales para el correcto desarrollo del proceso de la propuestas
>>>> - ¿Apoya usted o se opone a esta propuesta?
>>>> - ¿Esta propuesta resolvería un problema que usted está
>> experimentando?- ¿Ve alguna desventaja en esta propuesta?
>>>> - ¿Qué cambios podrían hacerse a esta propuesta para que sea más eficaz?
>>>> 
>>>> Por más información contacte a info-politicas at lacnic.net
>>>> Saludos cordiales,
>>>> 
>>>> ----------------------------------------
>>>> Prezados assinantes da lista de políticas de LACNIC,
>>>> 
>>>> Foi recebida uma nova proposta de Política, foi atribuído o id
>> LAC-2023-7.
>>>> 
>>>> Título: Transferencias Temporales
>>>> 
>>>> Título abreviado: Transferencias-Temporales
>>>> 
>>>> Resumo: Las políticas actuales de LACNIC solo contemplan transferencias
>> de direcciones IPv4 de forma permanente.
>>>> 
>>>> Esta propuesta especifica un cambio en dicha política para permitir
>> transferencias temporales.
>>>> 
>>>> Para ver o detalhe acesse:
>>>> https://politicas.lacnic.net/politicas/detail/id/LAC-2023-7/language/pt
>>>> 
>>>> Os comentários e os pontos de vista aportados pela comunidade são
>> vitais para o bom desenvolvimento do processo das propostas
>>>> - ¿Você é a favor ou contra desta proposta?
>>>> - ¿Esta proposta iria resolver um problema que você está
>> experimentando?- ¿Vê alguma alguma desvantagem nesta proposta?
>>>> - ¿Que mudanças poderiam ser feitas à proposta para que seja mais
>> eficaz?
>>>> 
>>>> Por mais informações entre em contato conosco através do seguinte
>> e-mail: info-politicas at lacnic.net
>>>> Atenciosamente,
>>>> ----------------------------------------
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>>>> Dear LACNIC Policy List subscribers,
>>>> 
>>>> A new Policy Proposal has been received and assigned the following ID:
>> LAC-2023-7.
>>>> 
>>>> Title: Transferencias Temporales
>>>> 
>>>> Abbreviated title: Transferencias-Temporales
>>>> 
>>>> Summary: Las políticas actuales de LACNIC solo contemplan
>> transferencias de direcciones IPv4 de forma permanente.
>>>> 
>>>> Esta propuesta especifica un cambio en dicha política para permitir
>> transferencias temporales.
>>>> 
>>>> To read the proposal, please go to
>>>> https://politicas.lacnic.net/politicas/detail/id/LAC-2023-7/language/en
>>>> 
>>>> The community's comments and opinions are essential to the proper
>> functioning of the policy development process.
>>>> - Do you support this policy or are you against it?
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>> think this proposal has any drawbacks?
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