[lacnog] Argentina: Proyecto de Ley de Estándares Abiertos

Fernando Gont fgont en si6networks.com
Mie Mayo 1 21:57:18 BRT 2013


Hola, Roque,

On 05/01/2013 05:18 AM, Roque Gagliano wrote:
> Fernando/Christian,
> 
> Vean esta definición:
> ---------------------------------------
> 1.    El estándar es adoptado y será mantenido por una entidad sin fines
> de lucro, y su sucesivo desarrollo tiene lugar sobre la base de un
> proceso de decisión abierto a todas las partes interesadas (consenso o
> decisión por mayoría, etc.).
> 
> 2.                  El estándar se ha publicado y el documento con la
> especificación del mismo se encuentra disponible de forma gratuita. Se
> debe permitir a cualquiera su copia, distribución y uso sin cargo.
> 
> 3.                  La propiedad intelectual del estándar (o de
> cualquiera de sus partes) se ofrece de forma irrevocable y libre de
> regalías.
> 
> 4.                  No hay restricciones en cuanto a la reutilización
> del estándar.
> 
> 5.                  Existe al menos una implementación de referencia
> bajo licencia abierta que está a disposición de cualquier usuario para
> ser usada, copiada, modificada, implementada o distribuida con o sin
> cambios, con cualquier propósito, sin cláusulas técnicas o legales que
> limiten su utilización.
> ---------------------------------------
> Esto es muy diferente a los principios elaborados
> aquí: http://open-stand.org/principles/
> 
> Si adoptan esta ley en Argentina se acaba el uso de MPEG4, 3GPP, LTE, de
> los "draft standards" de la IEEE, los de ETSI, etc. etc.
> 
> Si ven, la cláusula 3 es contraria a lo que las mismas entidades
> estandarizadoras piden con respecto a la propiedad intelectual. Hay un
> concepto en propiedad intelectual que se llama "fair and
> non-discriminatory term", pero ni de gratuidad ni de "irrevocable" (RFC
> 3979).

Personalmente (y no siendo un abogado), en principio no veo problema en
el término anterior. Notese que en la actualidad, organismos como ITF
pueden producir estandares abiertos, para los cuales debe pagarse si se
los desea implementar. -- El item 3 arriba justamente deja afuera dichos
estandares.

Filosóficamente hablando, no se cuan "abierto" /en el sentido amplio de
la palabra) puede considerarse un estandar que, habienso generado
mediante un proceso como el de IETF (abierto), uno debe poder pagar para
implementarlo.

Personalmente veo positivo que un Estado busque excluir el uso de los
mismos (en la medida de lo posible).

Respecto a los estándares mencionados, cual sería le motivo por el cual
no podrían usarse los estádares del IEEE? -- que hay que pagar un fee, o
que?

Abrazo,
-- 
Fernando Gont
SI6 Networks
e-mail: fgont en si6networks.com
PGP Fingerprint: 6666 31C6 D484 63B2 8FB1 E3C4 AE25 0D55 1D4E 7492







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