[lacnog] Argentina: Proyecto de Ley de Estándares Abiertos
Fernando Gont
fgont en si6networks.com
Jue Mayo 2 12:54:37 BRT 2013
Hola, Christian,
Te pongo en contacto con la gente que "conozco" cercana al gobierno (que
no tengo idea si tienen algo que ver con esto) -- si se pudieran sumar a
esta conversacion publica, mejor... sino al menos podrán tener tu input.
Abrazo,
Fernando
On 05/02/2013 12:40 PM, Christian O'Flaherty wrote:
> Otro cambio menor que habría que proponer es en el punto:
>
> 1. El estándar es adoptado y será mantenido por una entidad sin
> fines de lucro,
>
> Debe decir "desarrollado" en lugar de "adoptado". Además, no se si el
> IETF puede ser considerado una "entidad"
>
> Sería bueno saber como podemos colaborar. Algún contacto o alguien con
> llegada a los legisladores?
>
> Christian
>
>
> 2013/5/2 Fernando Gont <fgont en si6networks.com>:
>> Hola, Christian,
>>
>> Coincido. De hecho reenvié la noticia, porque me sorprendio "para bien".
>>
>> Por lo que entiendo, se trata de un "proyecto de ley", asi que todavía
>> hay margen para "aportar algo".
>>
>> Saludos,
>> Fernando
>>
>>
>>
>>
>> On 05/02/2013 10:19 AM, Christian O'Flaherty wrote:
>>>> 3. La propiedad intelectual del estándar (o de cualquiera de sus partes)
>>>> se ofrece de forma irrevocable y libre de regalías.
>>>
>>> La ley parece escrita usando el sentido común y pensando en una
>>> situación ideal. Eso es lo bueno y por eso me parece un excelente
>>> ejemplo. Si hubiera casos similares en otros países, podríamos ver que
>>> éxito tuvieron y como está redactado.
>>>
>>> Si es pionera, podemos colaborar y mejorarla para que sea exitosa
>>> (para algunos puede ser arruinarla). La cláusula 3 se puede adaptar
>>> facilmente:
>>>
>>> "> 3. Serán preferidos los estándares cuya propiedad intelectual (o de
>>> cualquiera de sus partes)
>>>> se ofrece de forma irrevocable y libre de regalías."
>>>
>>> Será una forma mas de desalentar los abusos en los procesos abiertos
>>> de estándares.
>>>
>>> Christian
>>>
>>> 2013/5/1 Fernando Gont <fgont en si6networks.com>:
>>>> Hola, Roque,
>>>>
>>>> On 05/01/2013 05:18 AM, Roque Gagliano wrote:
>>>>> Fernando/Christian,
>>>>>
>>>>> Vean esta definición:
>>>>> ---------------------------------------
>>>>> 1. El estándar es adoptado y será mantenido por una entidad sin fines
>>>>> de lucro, y su sucesivo desarrollo tiene lugar sobre la base de un
>>>>> proceso de decisión abierto a todas las partes interesadas (consenso o
>>>>> decisión por mayoría, etc.).
>>>>>
>>>>> 2. El estándar se ha publicado y el documento con la
>>>>> especificación del mismo se encuentra disponible de forma gratuita. Se
>>>>> debe permitir a cualquiera su copia, distribución y uso sin cargo.
>>>>>
>>>>> 3. La propiedad intelectual del estándar (o de
>>>>> cualquiera de sus partes) se ofrece de forma irrevocable y libre de
>>>>> regalías.
>>>>>
>>>>> 4. No hay restricciones en cuanto a la reutilización
>>>>> del estándar.
>>>>>
>>>>> 5. Existe al menos una implementación de referencia
>>>>> bajo licencia abierta que está a disposición de cualquier usuario para
>>>>> ser usada, copiada, modificada, implementada o distribuida con o sin
>>>>> cambios, con cualquier propósito, sin cláusulas técnicas o legales que
>>>>> limiten su utilización.
>>>>> ---------------------------------------
>>>>> Esto es muy diferente a los principios elaborados
>>>>> aquí: http://open-stand.org/principles/
>>>>>
>>>>> Si adoptan esta ley en Argentina se acaba el uso de MPEG4, 3GPP, LTE, de
>>>>> los "draft standards" de la IEEE, los de ETSI, etc. etc.
>>>>>
>>>>> Si ven, la cláusula 3 es contraria a lo que las mismas entidades
>>>>> estandarizadoras piden con respecto a la propiedad intelectual. Hay un
>>>>> concepto en propiedad intelectual que se llama "fair and
>>>>> non-discriminatory term", pero ni de gratuidad ni de "irrevocable" (RFC
>>>>> 3979).
>>>>
>>>> Personalmente (y no siendo un abogado), en principio no veo problema en
>>>> el término anterior. Notese que en la actualidad, organismos como ITF
>>>> pueden producir estandares abiertos, para los cuales debe pagarse si se
>>>> los desea implementar. -- El item 3 arriba justamente deja afuera dichos
>>>> estandares.
>>>>
>>>> Filosóficamente hablando, no se cuan "abierto" /en el sentido amplio de
>>>> la palabra) puede considerarse un estandar que, habienso generado
>>>> mediante un proceso como el de IETF (abierto), uno debe poder pagar para
>>>> implementarlo.
>>>>
>>>> Personalmente veo positivo que un Estado busque excluir el uso de los
>>>> mismos (en la medida de lo posible).
>>>>
>>>> Respecto a los estándares mencionados, cual sería le motivo por el cual
>>>> no podrían usarse los estádares del IEEE? -- que hay que pagar un fee, o
>>>> que?
>>>>
>>>> Abrazo,
>>>> --
>>>> Fernando Gont
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