Emisor de respuesta automática: Re: [LACNIC/Politicas] Emisor de respuesta automática: Politicas Digest, Vol 31, Issue 7

resquive at ice.co.cr resquive at ice.co.cr
Thu Nov 17 16:07:19 BRST 2005


Francisco

Según nuestra constitución Política, el Artículo 24
sobre los "Derechos y Garantías Individuales" indica:

Se garantiza el derecho a la intimidad, a la
libertad y al secreto de las comunicaciones.

Son inviolables los documentos privados y las
comunicaciones escritas, orales o de cualquier tipo
de los habitantes de la República...


Este tema ya fue analizado por los abogados de
LACNIC  y por nuestros abogados.. (adjunto correo
para su análisis,  enviado por Raúl el Marzo 19,
2005 9:30 pm )


Saludes

Ronald


----- Mensaje original -----
De: Raul Echeberria <raul at lacnic.net>
Fecha: Sábado, Marzo 19, 2005 9:30 pm
Asunto: Re: SUMINISTRO  DE INFORMACIÓN DE CLIENTES 
A LACNIC

> 
> Estimado Ronald
> 
> 
> Te comento el resultado de nuestras conversaciones
con nuestros 
> abogados. 
> Creo que si hay dudas, lo más recomendable es que
pongamos a 
> nuestros 
> abogados en contacto directo.
> 
> Nuestro abogado es
> 
> "Eduardo Jimenez de Arechaga" <ejimenez at sfb.com.uy>
> 
> 
> Te resumo mi visión del tema luego de haber
consultado a nuestros 
> abogados.
> 
> De acuerdo a lo informado por los asesores legales
de ICE, esta no 
> puedeproporcionar la información a la base de
datos WHOIS, 
> basándose entre
> otras cosas, en el artículo 24 de la Constitución
de Costa Rica, cuyo
> texto es el siguiente:
> 
> ARTICULO 24.- Son inviolables los documentos
privados y las
> comunicaciones escritas y orales de los habitantes
de la 
> República. Sin
> embargo, la ley  fijará los casos en que los
tribunales de justicia
> podrán ordenar el secuestro, registro o examen de
documentos privados,
> cuando ello sea absolutamente indispensable para
esclarecer asuntos
> sometidos a su conocimiento.
> 
> El artículo 28 de la Constitución Uruguaya tiene
un contenido 
> similar al
> artículo 24 de la Constitución de Costa Rica, que
es el siguiente:
> 
> Artículo 28: Los papeles de los particulares y su
correspondencia
> epistolar, telegráfica o de cualquier otra
especie, son 
> inviolables, y
> nunca podrá hacerse su registro, examen o
interceptación sino 
> conforme a
> las leyes que se establecieron por razones de
interés general.
> 
> 
> El punto importante a considerar es que al
proporcionar datos a la 
> base de 
> datos WHOIS de LACNIC no se
> esta violando un documento privado ni ninguna
comunicación oral o
> escrita. Es más LACNIC y los usuarios de la
referida base de datos no
> solo no tendrán acceso al contenido de un correo
electrónico, ni
> siquiera accederán al registro de remitentes y
destinatarios de 
> correoselectrónicos (cuya protección
constitucional podría ser más 
> dudosa).
> Aun desde el punto de vista del derecho a la
intimidad (habeas 
> data), no
> corresponde no proporcionar la información, porque
la misma ha sido
> consentida por ICE, en la medida en que la base de
datos WHOIS se
> encuentra fundada en políticas aprobadas y
establecidas por LACNIC 
> (porsus socios, no su directorio), cuya
implementación se encuentra
> autorizada por el Acuerdo de Servicios de Registro
(ver cláusulas 
> 2, 5 y 6).
> 
> Sin perjuicio de lo manifestado, a los efectos de
salvaguardar sus
> intereses ICE puede solicitar a los usuarios que
autoricen a ICE a
> proporcionar esta información.
> 
> Por otra parte, cabe señalar que este no es un
caso en que LACNIC le
> solicita información a ICE sobre sus usuarios, en
la medida en que la
> titularidad sobre los números IP no pertenece a
los usuarios, sino 
> que es 
> un bien publico cuya administración corresponde a
LACNIC.
> 
> Por lo tanto, ICE no le estaría proporcionando esa
información a un
> tercero, sino al responsable de la administración
de esos números 
> IP, quien
> tiene un legitimo derecho a contar con información
de los usuarios de
> los números a los efectos de comprobar el uso del
espacio de 
> direccionesIP.
> 
> En consecuencia, por cuanto ICE proporciona esa
información a LACNIC
> (titular y administrador de los números) no se
violaría ningún 
> derecho,luego será LACNIC quien incorporaría esa
información a la 
> base de datos
> WHOIS, y quien eventualmente libera la información
a terceros es 
> LACNICy no ICE.
> 
> 
> Espero que esto contribuya a aclarar la situación.
> 
> Si persisten dudas, creo como decia antes, que lo
mejor sería 
> poner en 
> contacto a los abogados entre si.
> 
> 
> Te mando un abrazo
> 
> Raúl
> 
> P.D. - No estaré en la oficina esta semana
proxima. Estare 
> devacaciones.
> 
> 
> At 17:30 17/03/2005, resquive at ice.co.cr wrote:
> 
> >Raúl
> >
> >Estamos en la espera del informe legal de parte de
> >LACNIC.   Necesitamos dicho informe, para iniciar un
> >proceso de consultas, propuesta y modificación de
> >políticas a nivel de direccionamiento con nuestros
> >clientes a nivel legal y jurídico.
> >
> >Se tiene que definir algo al respecto lo más pronto
> >posible, ya que cada día se agregan nuevos clientes
> >a nuestra Red IP, con lo que crece la base de datos
> >y la cantidad de prefijo por agregar en el WHOIS.
> >
> >Saludes
> >
> >Ing. Ronald Esquivel Jiménez Msc.
> >Diseño I+D
> >UEN Valor Agregado- ICE
> >TEL: (506)243-6224
> >Fax: (506)257-7380
> >
> >
> 
>  


----- Mensaje original -----
De: Francisco Obispo <fobispo at nic.ve>
Fecha: Jueves, Noviembre 17, 2005 10:42 am
Asunto: Re: [LACNIC/Politicas]  Emisor de respuesta
automática: Politicas Digest, Vol 31, Issue 7

> -----BEGIN PGP SIGNED MESSAGE-----
> Hash: SHA1
> 
> 
> resquive at ice.co.cr wrote:
> 
> > Como les he comentado, en nuestro País (Costa
Rica) hay leyes que
> > protegen información clave de los ciudadanos,
por lo que no se
> > puede pasar a terceros, en este caso LACNIC.
> 
> A que te refieres con  "información clave" ?, Creo
que si
> vamos a estudiar casos particulares, deberíamos
revisar
> la ley en CR, y ver si existen "excepciones" a la
publicación.
> 
> >
> > Considero importante que este tema sea
considerado en una posible
> > modificación a la política del WHOIS y definan
los lineamentos
> > adecuados para que nuestros clientes no se vean
perjudicados por
> > terceros.
> >
> 
> Como se están viendo perjudicados sus clientes? ,
> 
> Si están recibiendo mucho SPAM (por ejemplo), creo
que hay formas
> mucho mas efectivas de luchar contra esto, y no
necesariamente
> ocultando la información del whois (seguridad por
obscuridad)
> 
> Saludos
> 
> 
> 
> 
> 
> > Saludes
> -----BEGIN PGP SIGNATURE-----
> Version: GnuPG v1.4.1 (GNU/Linux)
> Comment: Using GnuPG with Thunderbird -
http://enigmail.mozdev.org
> 
>
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> IGt0N6FkR6Xg45WYJEJ2cTU=
> =2IP1
> -----END PGP SIGNATURE-----
> 
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