[LACNIC/Politicas] Filtrado de la Información del WHOIS de LACNIC

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Wed Mar 8 10:24:10 BRT 2006


Hola de nuevo a todos


Adjunto la politica:  “Filtrado de la Información del WHOIS de LACNIC”


1. Introducción


La política actual relacionada con la publicación de información de asignaciones IP en LACNIC, establece que cualquier asignación mayor a 8 direcciones IP (prefijo /29) de un ISP o entidad a un cliente debe ser registrado en la base de datos WHOIS.   Este registro tiene la finalidad de hacer pública la información de asignaciones IP y  justificar el uso de las direcciones al momento de solicitar mayor direccionamiento.

Debido a que  esta base de datos no considera la privacidad de la información en sus campos es que se presenta esta modificación.

La política propuesta no hará pública información de los clientes del ISP a través de la base de datos  WHOIS, para ello se modificara y eliminará algunos campos de la base de datos. 


2.  Antecedentes


Lo siguiente es un extracto de las opiniones  de cada uno de los miembros sobre el tema,    discusiones durante el debate desarrollado en los últimos meses: 

•	RONALD, Costa Rica: "No publicación de los datos de nuestros clientes IP en la base de datos (WHOIS) de LACNIC. Los datos asociados (nombre del cliente, teléfono, dirección postal, correo, entre otros) se consideran documentos privados."
•	ERIC Perú: Pacto de San José: ...secreto de la información que va inmersa en un "medio"... El articulo 24 relacionado a secreto de las comunicaciones, no esta vulnerado en esta concepción por publicar los datos relacionados al numero IP."
•	ERIC: Protección de los datos personales, como parte de la privacidad del individuo... 
•	JORDI (Europa): "dato de carácter privado si es información de persona física, pero no cuando se trata de persona jurídica."
•	JCMARTINEZ Uruguay: "Entiendo que la idea madre de todo esto es tener información que permita contactar a los administradores de los bloques de Ips en caso de problemas... En definitiva, creo que no hace falta poner información "individual" (de los "individuos") en el WHOIS, sino información administrativa actualizada."
•	ERIC: "En el Whois pueden ir datos personales de un individuo, si dicho individuo es quien obtiene el numero IP. Si es una organización quien obtiene el numero IP los datos expresados son datos de dicha persona jurídica."
•	JORDI: "No veo ningún contra a no tener los datos públicos. Basta con que los datos estén en las manos del ISP... Y como pro, veo que de esta manera se respeta la privacidad de quien lo desee"  " lo que dictamine la política de LACNIC podría ser incoherente e ilicito."
•	CARLOSB: "..el prefijo que se le asigna a un usuario final, sea este /48 o /56 podría ser lo más parecido al número telefónico... y adaptar las políticas de privacidad que se usan en telefonía"
•	ENRIQUET: "...este no es un problema complicado de solucionar es un problema mas que todo del tipo administrativo que implica adicionar datos al WHOIS algunos de los cuales no son publicados "
•	CARLOSB: "Publicar datos de asignaciones a personas físicas poniendo solo el nombre no tiene utilidad práctica."
•	JORDI: Creo que seria suficiente con saber que el prefijo es del ISP "x", pero no nos hace falta saber quien es el cliente.
•	RICARDOP: Seria necesario tener mas información, como el tamaño de la asignación y también el nombre del cliente o servicio para el cual se hizo la asignación.
•	FRANCISCOO: En caso de problemas de seguridad, la base de datos WHOIS, presenta suficiente información para contactar al responsable de la red directamente... desde el punto de vista de administración de red, control de estadisticas, analisis de tráfico, etc.
•	JULIOCP: nada mejor q tener un contacto real en un mundo virtual
•	RICARDOP: el tema pasa exclusivamente por si es efectivamente adecuado y viable tener datos de un responsable técnico ante algún problema y cuales son esos datos


3. Políticas Relacionadas

Del documento “Políticas en la Asignación de Bloques de Direcciones IP”,  el puntos que tiene relación con la actual propuesta es:

3.2.13. Envío de información de subasignaciones: Las asignaciones están basadas sobre el requerimiento de tres meses de los Registros de Internet además de otras informaciones que LACNIC considere necesaria tal como el descrito en el punto 3.2.5 "Documentación". De esta manera las asignaciones iniciales pueden ser relativamente pequeñas. La justificación para el requerimiento de nuevas asignaciones deberá basarse en la información transmitida a la base de datos WHOIS de LACNIC por el Registro de Internet correspondiente. 

La información de subasignación debe ser enviada a LACNIC dentro de los siete días después de la asignación de tal manera que la base de datos WHOIS pueda ser actualizada oportunamente. 

La transmisión de la información de la subasignación también es necesaria por las siguientes razones: 
•	Para asegurarse que el RI ha terminado o esta a punto de terminar su asignación de espacio de direcciones IP de tal manera que la asignación de un nuevo espacio adicional este justificado.
•	Para proveer a la comunidad de Internet con información sobre qué organización está usando el espacio de direcciones IP y el punto de contacto en caso de problemas de tipo operacional, de seguridad, etc.
•	Para el estudio de asignaciones de direcciones IP en la región.
. 

De acuerdo a los análisis hechos a los comentarios de los miembros que participaron en le debate, se propone que LACNIC modifique la información publicada en la base de datos WHOIS,

4.  Política propuesta “Filtrado de la Información del WHOIS de LACNIC ”



Los ISP suministran a LACNIC información clasificada de las delegaciones de los bloques hechas a los clientes, cuyo rango sea mayor a 8 direcciones (prefijo /29).   Esta información será publicada a través de la nueva base de datos WHOIS,  en donde se han modificar y eliminar aquellos campos de los contactos y usuarios que podrían constituir información de carácter privado.   

LACNIC tendrá la potestad de solicitar más información (de carácter publico o información autorizado por el cliente) a los ISPs, sobre las delegaciones realizadas.   A su vez, ISPs puede solicitar que la información suministrada no sea de carácter público .

1.	Los datos pedidos actualmente para una asignación son:

•	Nombre 
•	Responsable 
•	Dirección Postal  
•	Código Postal
•	Ciudad  
•	Estado  
•	País 
•	Teléfono
•	Id del contacto



2.  Para un contacto del ISP la información pedida es:

•	Nombre  
•	E-mail  
•	Direcc. Postal 
•	Código Postal 
•	Ciudad  
•	Estado  
•	País
•	Lengua
•	Teléfono

LACNIC hará público en el WHOIS los siguientes datos para cada bloque siempre:

•	Nombre cliente
•	Bloques de direcciones


•	A pedido del RI, LACNIC eliminará del  WHOIS los siguientes datos del cliente: 


•	Id del contacto
•	Dirección Postal  
•	Código Postal
•	Ciudad  
•	Estado  
•	País 
•	Teléfono

Los datos del contacto podrán ser datos de una persona real o los de un grupo de personas  responsables de la administración de red.  Esos datos deben existir siempre y es responsabilidad de la entidad que lo registra mantenerlos actualizados.





Saludes

Ing. Ronald Esquivel Jimenez
Diseño I+D UENVA-ICE, Costa Rica
Teléfono: (506)243-6224

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From: politicas-request at lacnic.net
Subject: Politicas Digest, Vol 31, Issue 24
Date: Wed, 23 Nov 2005 10:22:17 -0200
Size: 47831
URL: <https://mail.lacnic.net/pipermail/politicas/attachments/20060308/d378d491/attachment.mht>


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