[LACNIC/Politicas] Nueva version LAC-2008-03

CHRISTIAN O'FLAHERTY christian.oflaherty at gmail.com
Sun Apr 27 18:00:46 BRT 2008


1. Titulo de la Propuesta (Policy Proposal Title): Colocaciones IPv6
independientes del Proveedor (PI) para Organizaciones-Usuario-Final.

1.a. Id: LAC-2008-03
1.b. Version: 2.0
1.c. LACNIC

2. Resumen (Summary):

Esta política se presenta como posible solución para organizaciones
que necesitan colocaciones IPv6 independientes del proveedor (en
adelante PI).

3. Fecha de presentación (Submission Date): 24/04/2008

4. Datos de Autor:
  Nombre (Name): Jordi Palet Martinez, Gustavo Lozano
  eMail: jordi.palet at consulintel.es, glozano at nic.mx
  Telefono (Phone):
  Entidad: Consulintel, NIC.MX

5. Justificación (Rationale):

En IPv4, hay organizaciones que cualifican para una colocación PI,
esto podría ser bien porque necesiten multihoming, o tengan otras
razones administrativas o técnicas para un bloque de direccionamiento
portable.

Esto no es posible en la actualidad para IPv6, y se percibe como una
clara barrera para su despliegue por parte de algunas organizaciones.
Esta propuesta de política pretende evitar dicha barrera por medio de
la colocación directa desde LACNIC.

Cualquier organización recibiendo dicha colocación, no podría realizar
sucesivas colocaciones a otras organizaciones externas, y por tanto
solo podría colocar subredes internamente dentro de sus propias
entidades.

Se sugiere a LACNIC que las colocaciones se realicen desde un
"super-bloque" separado para el propósito de colocaciones a usuarios
finales para facilitar el filtrado de estas rutas a los operadores.

En el marco de esta política, se entiende por
organización-usuario-final cualquier organización (es decir, personas
jurídicas, y por tanto se excluyen individuos, personas físicas) que
no sean un LIR ni un ISP, y que tenga uno o múltiples sitios
(end-sites).

6. Texto de la Política:

Para calificar para una colocación inicial de un espacio de
direcciones IPv6 PI una organización-usuario-final debe:
a. No ser un LIR o ISP.
b. En caso de anunciar la colocación en el sistema de rutas
inter-dominio de Internet deberá anunciar un único bloque, que agregue
toda la colocación de direcciones IPv6 recibida.
c. Proveer información detallada mostrando como el bloque solicitado
será utilizado dentro de tres, seis y doce meses.
d. Entregar planes de subneteo por al menos un año, y números de hosts
sobre cada subred.
e. Entregar una descripción detallada de la topología de la red.
f. Realizar una descripción detallada de los planes de ruteo de la
red, incluyendo los protocolos de ruteo a ser usado también como
cualquier limitación existente.

Las colocaciones se realizarán en bloques menores o igual a un /32
pero siempre mayores o iguales a un /48.

Siempre que sea posible, sucesivas colocaciones se realizarían de un
bloque de direcciones adyacente, pero solo si se documenta y justifica
convenientemente.

7. Información Adicional Opcional (Additional information)
  Tiempo de implementación (Timetable): Inmediatamente a su aceptación.
  Grupo de discusión (working group):
  Propuestas previas relacionadas: LAC-2006-08
  Changelog:
  Referencias:



More information about the Politicas mailing list