[LACNIC/Politicas] LAC-2012-02

Alejandro Rodriguez arodriguez at b2ec.net
Wed Feb 29 17:28:34 BRT 2012


las respuestas mas abajo

saludos

Ing. Alejandro Rodriguez
Gerente Tecnico
Stealth Telecom del Ecuador
www.stealthtelecom.net
Telf: 2248233 / 2248887



El 29/02/2012 14:01, Ricardo Patara escribió:
> Hola Alejandro.
> Gracias por los comentarios.
>
> Te contesto en línea:
>
>>>   2.3.2.13.1 Información Necesaria
>>>   Las asignaciones registradas en la base de datos WHOIS de LACNIC deben
>>>   incluir la siguiente información sobre quien recibe la asignación:
>>>   nombre de la organización, dirección postal, contactos
>>> administrativos, técnicos y de abuso con números de teléfono y correos
>>> electrónicos actualizados.
>>
>> No estoy de acuerdo que de alguna manera se endurezcan, los
>> requerimientos de registro de asignaciones.
> no es cuestión de endurecer. Los requisitos ya existen! Solamente no
> están todos descritos en un solo párrafo.
> Lo que traté fue poner todo de forma organizada. Pero, nuevamente, los
> requisitos ya existen y no los cambié.
>
>> #1
>> Por problemas de privacidad , en mi experiencia, los usuarios no desean
>> que sus datos se encuentren de manera publica en internet.
> exacto. pero recordar aquí que ese párrafo trata de "empresas" y no
> usuarios residenciales (ellos serián tratados en el 2.3.2.13.1.1)
El problema es que no se puede crear un ID de una empresa sino 
simplemente a nombre de una persona.

>
>
>> #2
>> Gran parte de los usuarios no tienen capacidad técnica para resolver
>> reclamos por phishing o spam.
>> El ISP da respuesta y solución a estos reclamos. Entonces no tiene
>> ningún sentido que se encuentre la dirección de contacto del usuario.
>> (salvo una solicitud explicita por del mismo)
> en caso así, el ISP podría poner su ID de contacto, pero necesita aún
> indicar el nombre de la organización y demás datos.
>
> Además de los puntos que he indicado en 2.3.2.13, imaginate un caso de
> un ISP que tenga un /20 y no registra ninguna sub asignación justamente
> porque sus clientes no saben como tratar quejas y spam.
> Y en un /24 de ese /20 se originan spam o otro problema y los ISPs o
> "listas negras" bloquean todo el /20 pues no hay detalles en el whois.
>
> Si hubiera por ejemplo el registro de la asignación del /24 en ese
> ejemplo, pudiera pasar que el bloqueo fuera contra el /24 y no todo el /20.
> Es un ejemplo.

Completamente de acuerdo un /24 , pero para un /29 no creo.
Un cliente que recibe un /24 se entiende que tienen mejores 
conocimientos técnicos que un cliente SOHO que recibe un /29.

>
>> #3
>> Pudieran estos requerimientos entrar en conflicto con la legislación
>> local sobre privacidad de datos personales.
> nuevamente, ese párrafo no trata de los usuarios residenciales/personas
> sino que de empresas.
>
>>>   2.3.2.13. Registro de asignaciones
>>>   Sustituir el texto del párrafo 2.3.2.13 por:
>>>   Todas las asignaciones de bloques IPv4 de prefijos /29 o menores
>> Me parece excesivo tener que registrar prefijos /29, no seria mejor
>> prefijos menores a /29
> eso ya es la regla y no quería tratar de entrar esa discusión ahora.
> Capaz que una vez tengamos esa propuesta aprobada se pueda tener otra
> propuesta para tratar de ese tema en específico.

Creo que si se esta tratando de cambiar el registro de sugasignaciones 
debería tratarse este tema.
>
> saludos
> Ricardo Patara
>
>>
>> Ing. Alejandro Rodriguez
>> Gerente Tecnico
>> Stealth Telecom del Ecuador
>> www.stealthtelecom.net
>> Telf: 2248233 / 2248887
>>
>>
>>
>> El 29/02/2012 12:49, Ricardo Patara escribió:
>>> Hola Christian,
>>>
>>> Estoy de acuerdo con tus comentarios.
>>>
>>> Voy aguardar unos días para caso de otros comentarios y enviaré una
>>> nueva versión.
>>>
>>> gracias y saludos
>>>
>>>     Ricardo Patara
>>>
>>> On 29-02-2012 14:18, Christian O'Flaherty wrote:
>>>> Hola Ricardo,
>>>>
>>>> Apoyo la propuesta pero tengo algunas dudas:
>>>>
>>>>    2.3.2.13.1.2 Privacidad de Clientes residenciales
>>>>> Los clientes residenciales que reciban asignación de bloques IPv4 de
>>>> prefijo
>>>>> /29 o menores no deben tener sus datos registrados en la base de datos
>>>>> WHOIS de LACNIC.
>>>> 1.- Tal vez conviene aclarar "prefijos mayores" y entre paréntesis
>>>> (bloques
>>>> menores)
>>>> 2.- En lugar de "no deben" creo que corresponde decir "no están
>>>> obligados"
>>>>
>>>> Christian
>>>>
>>>>
>>>> 2012/2/27 Ricardo Patara<patara at registro.br>
>>>>
>>>>> Hola, como están?
>>>>>
>>>>> Acerca de esa propuesta, alguien más tiene comentarios o sugerencias?
>>>>>
>>>>> Solamente recordando, que tratase de una propuesta para tener un
>>>>> párrafo
>>>>> en los textos de las políticas que trate del registro de las sub
>>>>> asignaciones en la base de datos.
>>>>>
>>>>>
>>>>> El texto de la propuesta:
>>>>>
>>>>>> Modificar el nombre del párrafo:
>>>>>> 2.3.2.13. Envío de información de asignaciones
>>>>>> Por:
>>>>>> 2.3.2.13. Registro de asignaciones
>>>>>> Sustituir el texto del párrafo 2.3.2.13 por:
>>>>>> Todas las asignaciones de bloques IPv4 de prefijos /29 o menores
>>>>> realizadas
>>>>>> por ISPs a los clientes conectados a su red y los usuarios de los
>>>>> servicios
>>>>>> prestados deben registrarse en la base de datos WHOIS de LACNIC en un
>>>>>> plazo máximo de 7 días a partir de la asignación.
>>>>>> La información disponible en la base de datos WHOIS también será
>>>>> utilizada
>>>>>> por LACNIC cuando analice las solicitudes de bloques IPv4 adicionales
>>>>>> realizadas por el ISP.
>>>>>> El Registro de asignaciones también es necesario por los siguientes
>>>>> motivos:
>>>>>> . Para asegurarse que el IR finalizó o está finalizando la
>>>>>> distribución
>>>>> de espacio
>>>>>> de direcciones de modo que se justifique la distribución de un nuevo
>>>>> espacio
>>>>>> adicional.
>>>>>> . Para proporcionar información a la comunidad de Internet sobre cuál
>>>>>> organización está usando el espacio de direcciones IPv4 incluyendo
>>>>>> a la
>>>>>> persona de contacto en caso de problemas de tipo operativo, de
>>>>> seguridad, etc.
>>>>>> . Para el estudio de distribuciones de direcciones IPv4 en la región.
>>>>>> 2.3.2.13.1 Información Necesaria
>>>>>> Las asignaciones registradas en la base de datos WHOIS de LACNIC deben
>>>>>> incluir la siguiente información sobre quien recibe la asignación:
>>>>> nombre de la
>>>>>> organización, dirección postal, contactos administrativos, técnicos
>>>>>> y de
>>>>> abuso
>>>>>> con números de teléfono y correos electrónicos actualizados.
>>>>>> 2.3.2.13.1.1 Clientes residenciales
>>>>>> Los ISPs que ofrezcan servicios a clientes residenciales pueden
>>>>> registrar en la
>>>>>> base de datos WHOIS de LACNIC bloques de direcciones en uso por los
>>>>>> equipos o áreas de atención al cliente, por servicio.
>>>>>> La información que se registre debe indicar el área de servicio,
>>>>> dirección postal
>>>>>> principal del ISP, contactos administrativos, técnicos y de abuso del
>>>>> ISP con
>>>>>> números de teléfono y correos electrónicos actualizados.
>>>>>> Las asignaciones deben realizarse por bloques de direcciones que
>>>>> totalizan la
>>>>>> cantidad de clientes atendidos en el área o por equipo.
>>>>>> 2.3.2.13.1.2 Privacidad de Clientes residenciales
>>>>>> Los clientes residenciales que reciban asignación de bloques IPv4 de
>>>>> prefijo /
>>>>>> 29 o menores no deben tener sus datos registrados en la base de datos
>>>>>> WHOIS de LACNIC.
>>>>>> El ISP cuyo cliente residencial reciba asignación IPv4 de prefijo
>>>>>> /29 o
>>>>>> menor puede optar por registrar la asignación en la base de datos
>>>>>> WHOIS
>>>>> de
>>>>>> LACNIC colocando sus propios datos o código que le sirva de referencia
>>>>>> interna. Los datos de contactos administrativos, técnicos y de abuso
>>>>> deben ser
>>>>>> los del ISP.
>>>>>> Sustituir el texto del párrafo 4.5.2.5. Distribución de LIR a ISP:
>>>>>> "... Sin embargo, todas las asignaciones de /48 a usuarios finales
>>>>>> deben
>>>>> ser
>>>>>> registradas por el LIR o por sus ISPs subordinados de modo que el

>>>>>> RIR/NIR
>>>>>> puede evaluar apropiadamente el HD Ratio cuando es necesaria una
>>>>>> distribución subsiguiente."
>>>>>> Por:
>>>>>> "... Sin embargo, todas las asignaciones de /48 a organizaciones
>>>>>> Usuarios
>>>>>> Finales deben ser registradas por el LIR o por sus ISPs
>>>>>> subordinados de
>>>>> modo
>>>>>> que el RIR/NIR pueda evaluar apropiadamente el HD Ratio cuando sea
>>>>>> necesaria una distribución subsiguiente.”
>>>>>> Modificar el nombre del párrafo:
>>>>>> 4.5.6. Registro
>>>>>> Por:
>>>>>> 4.5.6. Registro de asignaciones
>>>>>> Sustituir el texto del párrafo 4.5.6 por:
>>>>>> Todas las asignaciones de bloques IPv6 de prefijos /48 o menores
>>>>> realizadas
>>>>>> por los ISPs a los clientes conectados a su red y los usuarios de los
>>>>> servicios
>>>>>> prestados deben registrarse en la base de datos WHOIS de LACNIC en un
>>>>>> plazo mínimo de 7 días a partir de la asignación.
>>>>>> La información disponible en la base de datos WHOIS también será usada
>>>>> por
>>>>>> LACNIC cuando analice las solicitudes de bloques IPv4 adicionales
>>>>> realizadas
>>>>>> por el ISP.
>>>>>> La información disponible en la base de datos WHOIS será utilizada por
>>>>>> LACNIC para calcular el HD Ratio cuando analice las solicitudes de
>>>>> bloques
>>>>>> IPv6 adicionales realizadas por el ISP.
>>>>>> El Registro de asignaciones también es necesario por los siguientes
>>>>> motivos:
>>>>>> . Para asegurarse que el IR finalizó o está finalizando la
>>>>>> distribución
>>>>> de
>>>>>> espacio de direcciones de modo que se justifique la distribución de un
>>>>> nuevo
>>>>>> espacio adicional.
>>>>>> . Para proporcionar información a la comunidad Internet sobre cuál
>>>>>> organización está usando el espacio de direcciones IPv6 incluyendo
>>>>>> a la
>>>>>> persona de contacto en caso de problemas de tipo operativo, de
>>>>> seguridad, etc.
>>>>>> . Para el estudio de distribuciones de direcciones IPv6 en la región.
>>>>>> 4.5.6.1 Información Necesaria
>>>>>> Las asignaciones registradas en la base de datos WHOIS de LACNIC deben
>>>>>> incluir el nombre de la organización, dirección postal, contactos
>>>>> administrativos,
>>>>>> técnicos y de abuso con números de teléfono y correos electrónicos
>>>>>> actualizados.
>>>>>> 4.5.6.1.1 Clientes residenciales
>>>>>> Los ISPs que ofrezcan servicios a clientes residenciales pueden
>>>>> registrar en la
>>>>>> base de datos WHOIS de LACNIC bloques de direcciones en uso por los
>>>>>> equipos o áreas de atención al cliente, por servicio.
>>>>>> La información que se registre debe indicar el área de servicio,
>>>>> dirección postal
>>>>>> principal del ISP, contactos administrativos, técnicos y de abuso del
>>>>> ISP con
>>>>>> números de teléfono y correos electrónicos actualizados.
>>>>>> Las asignaciones deben realizarse por bloques de direcciones que
>>>>> totalizan la
>>>>>> cantidad de clientes atendidos en el área o por equipo.
>>>>>> 4.5.6.1.2 Privacidad de Clientes residenciales
>>>>>> Los clientes residenciales que reciban asignación de bloques IPv6 de
>>>>> prefijo /
>>>>>> 48 o menores no deben tener sus datos registrados en la base de datos
>>>>>> WHOIS de LACNIC.
>>>>>> El ISP cuyo cliente residencial reciba asignación IPv6 de prefijo
>>>>>> /48 o
>>>>>> menor puede optar por registrar la asignación en la base de datos
>>>>>> WHOIS
>>>>> de
>>>>>> LACNIC colocando sus propios datos o código que le sirva de referencia
>>>>>> interna. Los datos de contactos administrativos, técnicos y de abuso
>>>>> deben ser
>>>>>> los del ISP.
>>>>> Saludos.
>>>>>     Ricardo Patara
>>>>>
>>>>> On 13-02-2012 09:37, Ricardo Patara wrote:
>>>>>> Estimados.
>>>>>>
>>>>>> La propuesta LAC-2012-02 trata de definir un párrafo en los textos de
>>>>>> políticas para distribución de IPv4 y IPv6 que indique la necesidad de
>>>>>> se registrar sub asignaciones.
>>>>>>
>>>>>> En los textos actuales hay algo pero está distribuido en diversas
>>>>>> partes, lo que puede generar confusión o mismo dificultar la consulta.
>>>>>>
>>>>>> Pero además de eso, falta documentar los procedimientos para
>>>>>> registro de
>>>>>> sub asignación a clientes residenciales.
>>>>>> Si bien que los ISPs ya tienen una posición de no registrar estas sub
>>>>>> asignaciones, es importante tener eso documentado en los textos.
>>>>>>
>>>>>> Solicito que leyan la propuesta, hagan los comentarios y indiquen si
>>>>>> están a favor o no, etc
>>>>>>
>>>>>> gracias!
>>>>>> -- 
>>>>>> Ricardo Patara
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