[LACNIC/Politicas] propuesta LAC-2023-4 ("Gestión de Recursos Legados")
Fernando Frediani
fhfrediani at gmail.com
Fri Sep 29 00:02:42 -03 2023
Hola Tomás
La jurisprudencia, entre otras cosas, es algo que ya ha sido decidido
previamente y ha sido pacificado y no hace falta mucha más discusión y
de lo que estamos hablando aquí es exactamente lo contrario. Nadie ha
decidido esto antes con tanta claridad como a usted le parece y no se ha
sentado ningún precedente que pueda utilizarse como argumento del mismo
modo que usted invoca una supuesta jurisprudencia. Quizás confundiste
jurisprudencia con subjetividad, pero en este caso no hay que analizar
nada que se salga mucho de las normas en la cabeza de cada Moderador del
momento.
Este es el gran problema con respecto a este asunto, ¿alguien puede
estar seguro de afirmar con tranquilidad que 'no tiene absolutamente
nada que ver con el PDP' mientras que no muy lejos en otro RIR no sólo
tenía todo que ver con el PDP sino que era un propuesta fue ampliamente
discutida y recorrió todo el proceso con resultados positivos para la
comunidad.
La propuesta trata sobre recursos de numeración legados, lo cual es
absolutamente relevante para desarrollar reglas en un foro de políticas
como este, incluso es posible desarrollar políticas sobre cualquier
recurso de numeración que la comunidad considere pertinente y que el RIR
debería gestionar, asignados para RIR o recursos legados y contamos con
políticas existentes que los abordan de manera inclusiva.
Entonces, ¿cómo es posible decir con tanta certeza y *absolutamente que
no tiene nada que ver con el PDP*? No se propone cambiar la fórmula
mínima para producir una cerveza alemana sino algo relacionado con lo
recursos de numeración.
Finalmente, es malo ver que aparentemente su opinión sobre la propuesta
que debería basarse en el PDP termine reduciéndose a un sentimiento
sobre el autor y una falta de paciencia para leer mensajes más largos.
Estamos en una *lista de discusión*. Si no tiene la paciencia para leer
correos electrónicos largos, ni siquiera participe en la discusión.
No es la primera vez que tengo la sensación de que a veces el mérito de
una propuesta ya no se analiza mas en función del autor de la misma.
Pierde lo PDP e la comunidad una vez más.
Fernando
On 28/09/2023 19:54, Tomas Lynch wrote:
> LAC-2022-5 no fue publicada por no tener nada que ver en absoluto con
> el manual ni con el pdp. Está en la atribuciones de los moderadores no
> aceptar propuestas que no tengan absolutamente nada que ver con el
> manual y/o el pdp. Como siempre digo, no podemos solamente manejarnos
> con la fria letra de la ley, existe siempre algo llamado
> jurisprudencia que agún abogado podrá explicar mejor que yo.
>
> Sobre esta propuesta LAC-2023-4, es tan largo el correo, es tan
> ferviente la arenga, es tan inocua la amenaza, que dan ganas de darle
> la razón a los moderadores.
>
> Saludos,
>
> Tomás Lynch
>
> On 9/28/23 4:52 AM, jordi.palet--- via Politicas wrote:
>> Hola a todos,
>>
>> Adjunto a este correo la propuesta LAC-2023-4 que fue enviada el
>> 13/9. Muy brevemente os explico la misma, el contexto, y porque no
>> será presentada en el próximo Foro Público, por decisión de los
>> moderadores, incumpliendo el PDP.
>>
>> La propuesta parte de una idea y propuesta que presente en APNIC en
>> Enero de 2020. La versión que finalmente alcanzó consenso de esta
>> propuesta en APNIC fue la v4, que podéis ver en
>> https://www.apnic.net/community/policy/proposals/prop-147/.
>>
>> Nota: lo que nosotros llamamos recursos legados, en APNIC se llaman
>> recursos históricos (HR - Historical Resources), y en “corto” son los
>> recursos que fueron entregados antes de la existencia de los RIRs.
>>
>> Podéis ver la presentación de la propuesta en
>> https://conference.apnic.net/55/assets/files/APPS314/apnic55-prop-147-v00_1677578029.pdf.
>>
>> Si preferís el vídeo:
>> https://www.youtube.com/watch?v=YMgvZDFrFIA&t=1762s
>>
>> Dicha propuesta ya fue implementada con resultados muy buenos, y casi
>> 3 millones de direcciones IPv4 recuperadas (algunas aún en proceso).
>> Esto se puede ver en la presentación del staff en el último APNIC:
>> https://conference.apnic.net/56/assets/files/APJS642/hrm-project-wrap_1694508533.pdf
>>
>> Y el vídeo de la misma:
>> https://www.youtube.com/watch?v=fl2VlRhSGAs&t=522s
>>
>> Y ahora nos centramos en la propuesta, que aunque es muy corta voy a
>> intentar explicar de forma aún mas breve.
>>
>> Los recursos legados son aquellos que fueron entregados sin ningún
>> tipo de justificación antes de la existencia de los RIRs. Los
>> usuarios de dichos recursos pueden haber desaparecido, pueden no
>> estar siendo utilizados, pueden haber sido secuestrados, pueden tener
>> sus datos de contacto no actualizados, etc. Todo ello es en perjuicio
>> de la comunidad, e tiene incluso implicaciones graves de seguridad.
>> Esto son implicaciones para los 5 RIRs.
>>
>> En el caso de LACNIC, aquellos poseedores de recursos legados que
>> hayan firmado el contrato de membresía (porque han solicitado otros
>> recursos, por ejemplo ASN o IPv6), dejan de ser legados, pagan sus
>> cuotas y reciben todos los servicios.
>>
>> Sin embargo, en el resto de los casos, no pagan cuotas, y reciben
>> servicios de registro (excepto RPKI), y por lo tanto están siendo
>> subvencionados por el resto de los miembros, lo cual es muy injusto.
>>
>> La propuesta, igual que en el caso de APNIC, resuelve esto, de forma
>> que LACNIC pueda verificar la actualidad de los datos de registro de
>> los recursos legados y por tanto mantengamos whois actualizado.
>> Aquellos que no sean “contactables”, o no justifiquen que los
>> recursos están siendo utilizados/anunciados, podrán ser reclamados,
>> según los pasos de la política de recuperación que ya existe en el
>> manual (sección 7).
>>
>> Sin embargo, y en contra del PDP, los moderadores argumentan el 20 de
>> Septiembre que no puede ser publicada (según su subjetivo criterio
>> por la falta de jurisdicción de LACNIC).
>>
>> A mi respuesta (el mismo día 20) a su consideración subjetiva, y
>> contraria al PDP, tanto porque la jurisdicción (en este caso) de
>> LACNIC es la misma que la de APNIC (cada uno en sus respectivas
>> regiones), no obtengo respuesta hasta insistir el día 22, cuando por
>> parte del staff, se me indica ahora que es una cuestión de “alcance”
>> (lo cual no figura en ninguna parte del PDP).
>>
>> Mis argumentos son claros y contundentes con el PDP al pié de la
>> letra y que no deja lugar a la interpretación:
>>
>> 1) Considero que vuestro argumento es incorrecto, de otro modo en
>> APNIC tampoco se hubiera podido hacer, y sin embargo se ha hecho, con
>> muy buenos resultados.
>>
>> 2) Los recursos (todos) pertenecen a la comunidad, no a un RIR
>> determinado, y la comunidad, en cada región puede determinar que
>> hacer con los recursos.
>>
>> 3) No es una atribución de los moderadores, que no pueden *nunca*, en
>> base al PDP, objetar a ninguna propuesta. Será la comunidad, incluso
>> el staff con sus recomendaciones en el análisis de impacto, o en
>> último extremo el directorio, quien podrá objetar a ratificar una
>> propuesta si alcanzara el consenso.
>>
>> 4) La revisión que se hace una vez enviada una propuesta, según el
>> punto 3.1 del PDP indica claramente "Solo se revisará el texto de la
>> política, no sus méritos”.
>>
>> 5) El punto 3.2.4 del PDP indica "Introducir en la Lista Pública un
>> llamado para la discusión de *cualquier propuesta* que sea presentada
>> por la comunidad …”, insisto en el “cualquier propuesta”.
>>
>> 6) El propio PDP de LACNIC: “El Proceso de Desarrollo de Políticas es
>> parte fundamental de los servicios que brindan los Registros
>> Regionales de Internet. Es a través de este proceso donde se valida
>> la creación y modificación de las políticas que el RIR aplica en su
>> región.”
>>
>> 7) La comunidad no ha alcanzado consenso en 3 propuestas de políticas
>> diferentes que buscaban que esa “censura previa” la hiciera la propia
>> comunidad, lo cual como no podía ser de otra forma, deja claro que
>> esa censura previa no es razonable ni admisible. No puede haber
>> subjetividad en el PDP, pero mucho menos en admitir la publicación de
>> una propuesta porque esta explicitado en el propio PDP.
>>
>>
>> En resumen, no hay ninguna atribución del PDP que impida la
>> publicación de una propuesta. Podría entender que no se hiciera si se
>> pretende publicar una propuesta al respecto de discutir cualquier
>> tema que no tenga nada que ver con recursos ni LACNIC (comunidad),
>> pero nunca en otro caso. No hay ninguna base para objetar ni en el
>> manual de políticas ni en el PDP y la soberanía reside en la
>> comunidad, no en el staff, ni en los moderadores, y por tanto se está
>> haciendo una clara censura subjetiva previa.
>>
>> La revisión de la propuestas antes de su publicación tiene como
>> objetivo exclusivamente buscar su claridad, evitar erratas, etc.
>>
>> He pedido a los moderadores que reconsideren su posición, y también
>> que dado que ya no estábamos a tiempo de publicar esta propuesta, por
>> su decisión contraria al PDP, al menos me dieran espacio para
>> presentar el tema en el próximo Foro Público (y lo hice antes del
>> plazo para publicar la agenda), en base al punto 3.5 del PDP "Se
>> ofrecerán espacios para la presentación de temas de interés para el
>> Foro Público de Políticas.”, y tampoco se ha considerado.
>>
>> Por supuesto, desde el primer momento he ofrecido la posibilidad de
>> discutir todo este tema en una videollamada, evitando cruces
>> interminables de correos, porque me parece una situación gravísima, y
>> tampoco se ha considerado (de hecho no se ha respondido a ello).
>>
>> Esta misma situación ya ocurrió con la propuesta LAC-2022-5. No entro
>> en detalles de la misma, porque al final la problemática es la misma:
>> Se esta pre-juzgando, en contra del PDP y no procediendo a la
>> publicación de propuestas que claramente están dentro del ámbito del
>> PDP/manual de políticas, vulnerando muy gravemente la legitimidad de
>> la soberanía de la comunidad.
>>
>> Por lo tanto, además de buscar opiniones acerca de esta propuesta,
>> este email tiene como objetivo iniciar oficialmente el proceso de
>> apelación, y solicitar a los moderadores que reconsideren su
>> decisión, tanto al respecto de la publicación de la propuesta
>> LAC-2023-4 como de la LAC-2022-5.
>>
>> En caso de no recibir una rectificación y confirmación de la
>> publicación en las próximas horas, continuaré con el proceso de
>> apelación para cada una de las propuestas.
>>
>> Saludos,
>> Jordi
>>
>> @jordipalet
>>
>>
>>
>> **********************************************
>> IPv4 is over
>> Are you ready for the new Internet ?
>> http://www.theipv6company.com
>> The IPv6 Company
>>
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>> El Codigo de Conducta de la Comunidad de LACNIC
>> (https://rir.la/codigoconducta-SP) aplica a las listas de discusion
>> de LACNIC.
>> O Codigo de Conduta da Comunidade do LACNIC
>> (https://rir.la/codigoconducta-PT) se aplica as listas de discussao
>> do LACNIC.
>> LACNIC's Community Code of Conduct (https://rir.la/codigoconducta-EN)
>> applies to LACNIC's discussion lists.
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