[LACNIC/Politicas] LAC-2023-7 v2 - comentarios adicionales

Fernando Frediani fhfrediani at gmail.com
Tue May 14 13:56:39 -03 2024


No tiene sentido ni lógica no tener un límite de tamaño si se trata de 
una "transferencia" temporal. Quienes necesitan bloques más grandes 
tienen las condiciones económicas para realizar estas transferencias sin 
contratiempos.
Si alguien necesita un tamaño mayor, entonces debe transferir 
permanentemente los bloques necesarios y no quedarse en un escenario 
temporal-definitivo.

De lo contrario, se confirmará que al final esta propuesta es sólo una 
forma encubierta de permitir el alquiler o préstamo de direcciones IP de 
una entidad a otra que pueda recibirlas directamente del RIR.

Fernando

On 14/05/2024 13:33, Arturo Servin wrote:
> Hola
>
> Como le comente a Jordi, creo que la propuesta se está tomando como una
> solución para mecanismos de transición a IPv6 pero en mi opinión, ese es
> solo un caso de uso. Como comente, las transferencias temporales pueden
> verse también como un caso financiero donde se arrenda el IP a
> múltiples años. En este caso, es posible que la entidad receptora requiera
> mucho más de un /22 (e.g. proveedor de Cloud, ISP grande, etc.) De esta
> forma, la transferencia temporal es igual que una permanente solo con la
> diferencia de cómo los 'assets' se manejan.
>
> Por lo anterior creo que estas transferencias deberían tener los mismos
> requisitos que las permanentes, es decir:
>
> - No requerimiento de IPv6
> - No requerimiento de poner IPv6, hacer RPKI, IRR etc. (estas son
> decisiones del recipiente)
> - No MARNS (soy proponente de MANRS pero en este caso no es indicado
> requerirlo)
> - No límite de tamaño
>
> También me gustaría si entre Jordi y Gonzalo (LAC-2024-3) pudieran sacar
> algunos números de lo que ha pasado en RIPE NCC donde estas transferencias
> son permitidas. Por ejemplo, tenemos la hipótesis de que si no tenemos
> cuidado las transferencias temporales se van a usar para malos usos. Sin
> embargo no se si tenemos evidencia para probar o rechazar esta
> hipótesis. Creo que esto es importante para tomar una decisión informada
> como comunidad.
>
> Saludos
> as
>
>
>
>
>
>
> On Tue, 14 May 2024 at 17:03, Hernan Arcidiacono<harcidiacono at iplan.com.ar>
> wrote:
>
>> Gracias Jordi por volver rápido con el tema. Van mis comentarios entre
>> líneas:
>>
>> On Tue, May 14, 2024 at 11:07 AM jordi.palet--- via Politicas <
>> politicas at lacnic.net> wrote:
>>
>>> Hola a todos,
>>>
>>> Con este correo quiero debatir a algunos de los comentarios, tras revisar
>>> el video, que hubo durante la presentación de la propuesta en el pasado
>>> foro, dado que íbamos muy justos de tiempo.
>>>
>>> Sería muy importante recibir feedback al respecto de los siguientes
>> puntos
>>> que creo que son los mas debatidos, obviamente no exclusivamente:
>>>
>>> 1) Restringir las transferencias temporales a /20, otro prefijo o sin
>>> restricción?
>>> Bajo mi punto de vista, y con la experiencia de casos reales de
>> despliegue
>>> de IPv6, puede haber muchos casos de operadores que tengan varios PoPs
>>> donde conectan a sus upstreams y por lo tanto necesitan un /24 por cada
>> uno
>>> de ellos, dado que no pueden anunciar eficazmente, por ejemplo, un /25 o
>>> /26. Por lo tanto un /22 sería excesivamente pequeño en algunos casos. La
>>> alternativa es no poner limite alguno. Personalmente no tendría problema
>> en
>>> ello si mantenemos la justificación de la necesidad.
>>>
>> HA: A mi me gusta la opción de /22 pero estoy dispuesto a aceptar otras
>> alternativas inclusive al de sin límite si es el consenso de la comunidad.
>>
>>> 2) Mantener la justificación de la necesidad o eliminarla? Personalmente
>>> creo que es importante mantenerla. No le veo el sentido a que se puedan
>>> realizar transferencias de ningún tipo si no hay una necesidad
>> demostrada,
>>> pues entonces impera el poderío económico frente a los que realmente
>>> necesitan direcciones.
>>>
>> HA: Coincido en la conveniencia de mantener la justificación. Si bien
>> entiendo que puede atentar contra un esquema más rápido de utilización,
>> daría la chance de tener una política más conservadora y ver como resulta.
>>
>>> 3) Requisitos adicionales. Mi lectura de la discusión de esta propuesta y
>>> de la que se presentó con objetivos similares, es que una parte
>>> (importante) de la comunidad desea que haya un grado de control. Además,
>>> las propias empresas de leasing nos han dicho que ellos imponen ese
>> control
>>> en sus contratos. Por lo tanto, dado que puede haber empresas de leasing
>>> “buenas y malas” (entendiendo aquí por malas aquellas que alquilan las
>>> direcciones sin comprobar nada, e incluso a sabiendas de que pueden ser
>>> usadas de forma maliciosa, generando casos de abuso, etc.), porque no
>>> uniformizar los requisitos para que todas estén no solo buscando su
>>> negocio, sino también siendo buenos “cyber-ciudadanos” y contribuyendo al
>>> bien de la comunidad?
>>>
>>> De forma resumida, veamos esas restricciones, para entender si el
>> problema
>>> es que debe haber ciertas restricciones, pero no todas (por ejemplo):
>>> a) Que las direcciones no puedan ser utilizadas para abusos. Alguna razón
>>> por la que debamos permitir abusos desde esas direcciones?
>>>
>> HA: OK. Entiendo además que es quien reciba la transferencia temporal quien
>> además proveerá el contacto.
>>
>>> b) Disponer de IPv6. Quizás que sea al menos un compromiso el despliegue
>>> de IPv6?
>>>
>> HA: Disponer de asignación es comprobable. No estaría de acuerdo que se
>> exija que esté operativo y el compromiso no es comprobable.
>>
>>> c) Disponer de RPKI. Porque no va a desplegar RKPI alguien que reciba
>>> recursos?
>>>
>> HA: Me parece deseable, pero lo veo difícil como exigible.
>>
>>> d) Geolocalización e IRR. Porque no va a geolocalizar y tener
>>> correctamente el IRR alguien que reciba recursos?
>>>
>> HA: Me parece deseable, pero lo veo difícil como exigible.
>>
>>> e) Cumplir con MANRS. Porque no va a desear cumplir con MANRS quien
>> recibe
>>> direcciones?
>>>
>> HA: Me parece deseable, pero lo veo difícil como exigible.
>>
>> HA: Me gustaría establecer los requisitos, en especial los c,d,e, pero no
>> veo como exigirlos y no quiero atentar contra que tengamos una política. Si
>> alguien está más creativo acá, estoy abierto a escuchar
>>
>> Si lo pensamos detenidamente, se me hace difícil comprender que alguien que
>>> recibe recursos para usos “buenos” no quiera protegerse también y cumplir
>>> con estos requisitos. Entiendo que pueda haber otros puntos de vista,
>> pero
>>> creo que es necesario explicarlos y debatirlos.
>>>
>>> 4) Misma sección de transferencias definitivas o diferente. Creo que el
>>> problema es meramente editorial y que en realidad “en este momento” puede
>>> parecer que se lee confuso, porque en una propuesta tal y como se lee en
>> el
>>> sistema de políticas, no se lee tan fácilmente. Si ponemos en un PDF a
>> dos
>>> columnas el texto actual con el texto propuesto, bajo mi punto de vista,
>> le
>>> lee perfectamente.
>>>
>> HA: Como dije en el micrófono, creo que la lectura es confusa, pero si
>> estamos de acuerdo en que salga, no veo un problema con esto.
>>
>>> Saludos,
>>> Jordi
>>>
>>> @jordipalet
>>>
>>>
>>>
>>> **********************************************
>>> IPv4 is over
>>> Are you ready for the new Internet ?
>>> http://www.theipv6company.com
>>> The IPv6 Company
>>>
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>>
>>
>> Ley 25326 - art.27. - inc. 3. El titular podrá en cualquier
>> momento solicitar el retiro o bloqueo de su nombre de los bancos de datos
>> a
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