[LACNIC/Politicas] NP: LAC-2025-5 - Sub-asignación IPv4 a terceros

jordi.palet at consulintel.es jordi.palet at consulintel.es
Fri Dec 12 06:11:43 -03 2025


Hola Fernando,

Con un /25 o /26 se pueden atender cientos de miles de clientes, en realidad millones, si se usa NAT64. Todo depende de como se haga el tracking de las conexiones por parte del NAT64. Si se utiliza 5-tuple, digamos que no hay prácticamente límite.

El problema es que aun en el caso de ISPs pequeños, es habitual, si se quiere tener alta disponibilidad y redundancia incluso física, disponer de al menos 2 NAT64 en 2 PoPs diferentes, y para poder anunciar con BGP, cada uno requiere un /24.

CGN (NAT44) se comporta mucho peor en la gran mayoría de las implementaciones y es mucho menos eficiente en el uso de las direcciones IPv4.

Es decir, el mínimo razonable sería un /23 para disponer de 2 /24. Otros ISPs pueden, aún siendo pequeños, disponer de 3 o 4 PoPs, pero no es tan habitual.

Pero además hay que tener en cuenta, que aunque la gran mayoría de los usuarios sean residenciales, puede haber usuarios corporativos, u otros servicios dentro del ISP que si que necesiten algunas direcciones IPv4 públicas.

Por lo tanto, creo que un /22 es perfectamente adecuado, desde el punto de vista técnico.

Saludos,
Jordi

@jordipalet


> El 11 dic 2025, a las 20:36, Fernando Frediani via Politicas <politicas at lacnic.net> escribió:
> 
> Boa tarde Henri
> 
> Com relação ao tamanho de um pequeno ISP faz sentido pensar em 5.000 como uma referência. Porém acredito que o /22 definido nesta nova versão me parece adequado e suficiente pelo seguinte.
> 
> Se pensar são apenas cerca de 1 mil IPs o que para alguém pequeno já é algo que permite operar tranquilo em um estágio inicial.
> Considerando que desse /22 metade, ou seja um /23 seja reservado para atendimento de clientes de banda larga em CGNAT é possível dizer com segurança que com um CGNAT bem feito é possível atender entre 20 a 30 mil clientes, o que é um número bastante expressivo para o ISP ter recursos para transferir mais blocos adicionais mais adiante. O outro /23 dá pra considerar que seria usado para infraestrutura interna, atendimento de clientes corporativos, clientes com IP fixo, etc
> 
> Com relação à possível saída de recursos da região não me parece que essa proposta afeta isso por ser destinada apenas a alocações com recursos do LACNIC para a própria região.
> Para o caso das transferências normais Inter-RIR é algo normal em todos os RIRs e para que outro RIR aceite receber ou enviar blocos para o LACNIC, as políticas são sempre reciprocas.
> 
> Fernando Frediani
> 
> On 12/11/2025 3:52 PM, Henri Alves de Godoy via Politicas wrote:
>> Boa tarde a todos !
>> 
>> Lendo a versão 2 da proposta quero parabenizar e reconhecer algumas
>> melhorias pontuais importantes, especialmente no que diz respeito à
>> rastreabilidade, à exigência de contrato formal com o LACNIC/NIR e ao uso
>> restrito à própria região, que atendem o ponto central dessa proposta de
>> reduzir as práticas informais e dar maior transparência ao processo.
>> 
>> Com relação ao argumento sempre presente e central de “ajudar o pequeno
>> ISP” , o que podemos considerar como sendo um pequeno ISP?
>> 
>> Utilizando uma referência que encontrei  no Brasil que um pequeno ISP é
>> aquele que atende até cerca de 5.000 assinantes. Em outros países, podemos
>> ter números diferentes ou menores ainda.  Portanto creio que se ajustarmos
>> o bloco de um /21 para um /24  é mais do que suficiente para sustentar um
>> CGNAT com esse bloco (aproximadamente 12.000 clientes) caso o ISP pequeno
>> ou iniciante queira começar suas operações, permitindo ainda que ele
>> reserve alguns endereços IPv4 para mecanismos de transição para IPv6 e para
>> serviços internos ou de Data Center.
>> 
>> Outra narrativa que aparece ainda e que tenho curiosidade é sobre “fuga de
>> recursos” para outros RIRs,  para entender se essa política realmente
>> traria benefício concreto ou poderia ser retirado da justificativa.
>> 
>> Pegando alguns dados públicos recentes da RIPE / APNIC e do próprio LACNIC,
>> figura que esta anexo nesta mensagem, mostram que a quantidade de blocos
>> realmente “fugindo” do LACNIC é baixa comparada à Europa e Ásia.
>> 
>> Se existe alguma política igual a essa que estamos propondo para evitar
>> essa fuga lá, acredito que não surtiu efeito e creio que eles não estão
>> preocupados ou não é um problema para eles.
>> 
>> Obrigado e abraços !
>> 
>> Henri.
>> 
>> 
>> 
>> 
>> 
>> 
>> 
>> 
>> Em seg., 8 de set. de 2025 às 14:02,<info-politicas at lacnic.net> escreveu:
>> 
>>> [Português abaixo]
>>> [English below]
>>> 
>>> ---
>>> 
>>> Estimados suscriptores de la Lista de Políticas de LACNIC,
>>> 
>>> Se recibió una nueva propuesta de Política, se le asignó el id LAC-2025-5.
>>> 
>>> Título: Sub-asignación de Recursos IPv4 a Terceros
>>> 
>>> Título abreviado: Sub-asignación IPv4 a terceros
>>> 
>>> Resumen: El Manual de Políticas de LACNIC (sección 0.9) prohíbe
>>> actualmente la sub-asignación de direcciones IPv4 a terceros fuera de la
>>> infraestructura propia del receptor.
>>> 
>>> En el contexto de agotamiento de IPv4, esta restricción ha derivado en
>>> prácticas informales de “alquiler” de direcciones sin dejar registro de la
>>> operación, con los consecuentes inconvenientes que esto acarrea, incluyendo
>>> la posibilidad de fuga de recursos hacia otros RIRs a través de
>>> transferencias.
>>> 
>>> Los pequeños ISPs son, aunque no exclusivamente, los principales
>>> perjudicados bajo el esquema actual.
>>> 
>>> Esta propuesta crea un mecanismo transparente, con responsabilidades
>>> claramente definidas, para habilitar la sub-asignación de IPv4, ofreciendo
>>> una alternativa que se ajuste a nuestras políticas y brinde un marco
>>> regulado a prácticas que hoy existen sin control.
>>> 
>>> Los lineamientos originales presentados a la lista en Agosto de 2025 y que
>>> recibieron comentarios de parte de la comunidad han sido analizados y en
>>> mayor o menor medida, la mayoria de ellos, incorporado a la propuesta.
>>> 
>>> Se propone hacer una modificación sobre el punto 0.9 y adicionar una
>>> sección nueva para este tipo de subasignaciones.
>>> 
>>> Propuesta completa:
>>> Modificación de punto 0.9 (existente)
>>> 
>>> 0.9.Asignar
>>> Asignar significa delegar espacio de direcciones a un usuario final, para
>>> su uso exclusivamente dentro de la infraestructura que opera, así como para
>>> fines de interconexión.
>>> La asignación de espacio de direcciones es sólo para el uso por el
>>> receptor original de dicha asignación, así como para dispositivos de
>>> terceros, siempre y cuando estén operando dentro de dicha infraestructura.
>>> No está permitida la sub-asignación a terceros fuera de la infraestructura
>>> propia del receptor original, salvo en los casos previstos en la sección
>>> 2.3.2.19.
>>> 
>>> Texto Nuevo (Nueva sección)
>>> 
>>> 2.3.2.19 – Sub-asignación de Recursos IPv4 a Terceros
>>> 
>>> 2.3.2.19.1. Ámbito de Aplicación
>>> La presente política aplica exclusivamente a la sub-asignación de recursos
>>> IPv4.
>>> 
>>> 2.3.2.19.2. Condiciones y Requisitos
>>> a. La organización receptora deberá contar al menos con un ASN y
>>> direccionamiento IPv6 asignado por LACNIC.
>>> b. El tamaño mínimo será un /24 y el máximo un /21.
>>> c. La organización receptora deberá demostrar el uso o la necesidad
>>> inmediata de al menos el 25% del bloque sub-asignado, y presentar un plan
>>> detallado para alcanzar un 50% de utilización en el plazo de un año. LACNIC
>>> podrá solicitar información adicional si lo considera necesario para
>>> validar la justificación.
>>> 
>>> 2.3.2.19.3. Transparencia y Trazabilidad
>>> a. Identificación en WHOIS: Cada sub-asignación deberá registrarse en la
>>> base WHOIS de LACNIC, vinculando el bloque de direcciones con el ASN del
>>> receptor.
>>> b. Bitácora Pública de Movimientos: Se creará y mantendrá una bitácora
>>> pública para dar trazabilidad a los eventos de inicio y fin de cada
>>> sub-asignación identificando el bloque de direcciones, el ASN del receptor,
>>> la fecha y el tipo de evento (inicio de sub-asignación o fin de
>>> sub-asignación).
>>> 
>>> 2.3.2.19.4. Responsabilidad sobre los Recursos
>>> La responsabilidad final sobre el uso de las direcciones IP recaerá
>>> siempre en la organización miembro de LACNIC que realiza la sub-asignación.
>>> En caso de mal uso por parte del receptor, la organización miembro deberá
>>> finalizar la sub-asignación; de no hacerlo, podrá ser susceptible de
>>> revocación de recursos por parte de LACNIC según las políticas vigentes.
>>> 
>>> 2.3.2.19.5. Mecanismo Anti-especulación
>>> Los bloques IPv4 recibidos por transferencia (sección 2.3.2.18) o desde el
>>> pool de recursos recuperados de LACNIC no podrán ser objeto de
>>> sub-asignación bajo esta modalidad durante un período de tres (3) años a
>>> partir de su recepción.
>>> 
>>> Para ver el detalle ingrese en:
>>> https://politicas.lacnic.net/politicas/detail/id/LAC-2025-5/language/sp
>>> 
>>> Los comentarios y los puntos de vista aportados por la comunidad son
>>> vitales para el correcto desarrollo del proceso de la propuestas
>>> - ¿Apoya usted o se opone a esta propuesta?
>>> - ¿Esta propuesta resolvería un problema que usted está experimentando?-
>>> ¿Ve alguna desventaja en esta propuesta?
>>> - ¿Qué cambios podrían hacerse a esta propuesta para que sea más eficaz?
>>> 
>>> Por más información contacte ainfo-politicas at lacnic.net
>>> Saludos cordiales,
>>> 
>>> ----------------------------------------
>>> Prezados assinantes da lista de políticas de LACNIC,
>>> 
>>> Foi recebida uma nova proposta de Política, foi atribuído o id LAC-2025-5.
>>> 
>>> Título: Sub-asignación de Recursos IPv4 a Terceros
>>> 
>>> Título abreviado: Sub-asignación IPv4 a terceros
>>> 
>>> Resumo: El Manual de Políticas de LACNIC (sección 0.9) prohíbe actualmente
>>> la sub-asignación de direcciones IPv4 a terceros fuera de la
>>> infraestructura propia del receptor.
>>> 
>>> En el contexto de agotamiento de IPv4, esta restricción ha derivado en
>>> prácticas informales de “alquiler” de direcciones sin dejar registro de la
>>> operación, con los consecuentes inconvenientes que esto acarrea, incluyendo
>>> la posibilidad de fuga de recursos hacia otros RIRs a través de
>>> transferencias.
>>> 
>>> Los pequeños ISPs son, aunque no exclusivamente, los principales
>>> perjudicados bajo el esquema actual.
>>> 
>>> Esta propuesta crea un mecanismo transparente, con responsabilidades
>>> claramente definidas, para habilitar la sub-asignación de IPv4, ofreciendo
>>> una alternativa que se ajuste a nuestras políticas y brinde un marco
>>> regulado a prácticas que hoy existen sin control.
>>> 
>>> Los lineamientos originales presentados a la lista en Agosto de 2025 y que
>>> recibieron comentarios de parte de la comunidad han sido analizados y en
>>> mayor o menor medida, la mayoria de ellos, incorporado a la propuesta.
>>> 
>>> Se propone hacer una modificación sobre el punto 0.9 y adicionar una
>>> sección nueva para este tipo de subasignaciones.
>>> 
>>> Para ver o detalhe acesse:
>>> https://politicas.lacnic.net/politicas/detail/id/LAC-2025-5/language/pt
>>> 
>>> Os comentários e os pontos de vista aportados pela comunidade são vitais
>>> para o bom desenvolvimento do processo das propostas
>>> - ¿Você é a favor ou contra desta proposta?
>>> - ¿Esta proposta iria resolver um problema que você está experimentando?-
>>> ¿Vê alguma alguma desvantagem nesta proposta?
>>> - ¿Que mudanças poderiam ser feitas à proposta para que seja mais eficaz?
>>> 
>>> Por mais informações entre em contato conosco através do seguinte e-mail:
>>> info-politicas at lacnic.net
>>> Atenciosamente,
>>> ----------------------------------------
>>> 
>>> Dear LACNIC Policy List subscribers,
>>> 
>>> A new Policy Proposal has been received and assigned the following ID:
>>> LAC-2025-5.
>>> 
>>> Title: Sub-asignación de Recursos IPv4 a Terceros
>>> 
>>> Abbreviated title: Sub-asignación IPv4 a terceros
>>> 
>>> Summary: El Manual de Políticas de LACNIC (sección 0.9) prohíbe
>>> actualmente la sub-asignación de direcciones IPv4 a terceros fuera de la
>>> infraestructura propia del receptor.
>>> 
>>> En el contexto de agotamiento de IPv4, esta restricción ha derivado en
>>> prácticas informales de “alquiler” de direcciones sin dejar registro de la
>>> operación, con los consecuentes inconvenientes que esto acarrea, incluyendo
>>> la posibilidad de fuga de recursos hacia otros RIRs a través de
>>> transferencias.
>>> 
>>> Los pequeños ISPs son, aunque no exclusivamente, los principales
>>> perjudicados bajo el esquema actual.
>>> 
>>> Esta propuesta crea un mecanismo transparente, con responsabilidades
>>> claramente definidas, para habilitar la sub-asignación de IPv4, ofreciendo
>>> una alternativa que se ajuste a nuestras políticas y brinde un marco
>>> regulado a prácticas que hoy existen sin control.
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>>> Los lineamientos originales presentados a la lista en Agosto de 2025 y que
>>> recibieron comentarios de parte de la comunidad han sido analizados y en
>>> mayor o menor medida, la mayoria de ellos, incorporado a la propuesta.
>>> 
>>> Se propone hacer una modificación sobre el punto 0.9 y adicionar una
>>> sección nueva para este tipo de subasignaciones.
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