[LACNIC/Politicas] NP: LAC-2025-5 - Sub-asignación IPv4 a terceros
Fernando Frediani
fhfrediani at gmail.com
Thu Dec 11 16:36:53 -03 2025
Boa tarde Henri
Com relação ao tamanho de um pequeno ISP faz sentido pensar em 5.000
como uma referência. Porém acredito que o /22 definido nesta nova versão
me parece adequado e suficiente pelo seguinte.
Se pensar são apenas cerca de 1 mil IPs o que para alguém pequeno já é
algo que permite operar tranquilo em um estágio inicial.
Considerando que desse /22 metade, ou seja um /23 seja reservado para
atendimento de clientes de banda larga em CGNAT é possível dizer com
segurança que com um CGNAT bem feito é possível atender entre 20 a 30
mil clientes, o que é um número bastante expressivo para o ISP ter
recursos para transferir mais blocos adicionais mais adiante. O outro
/23 dá pra considerar que seria usado para infraestrutura interna,
atendimento de clientes corporativos, clientes com IP fixo, etc
Com relação à possível saída de recursos da região não me parece que
essa proposta afeta isso por ser destinada apenas a alocações com
recursos do LACNIC para a própria região.
Para o caso das transferências normais Inter-RIR é algo normal em todos
os RIRs e para que outro RIR aceite receber ou enviar blocos para o
LACNIC, as políticas são sempre reciprocas.
Fernando Frediani
On 12/11/2025 3:52 PM, Henri Alves de Godoy via Politicas wrote:
> Boa tarde a todos !
>
> Lendo a versão 2 da proposta quero parabenizar e reconhecer algumas
> melhorias pontuais importantes, especialmente no que diz respeito à
> rastreabilidade, à exigência de contrato formal com o LACNIC/NIR e ao uso
> restrito à própria região, que atendem o ponto central dessa proposta de
> reduzir as práticas informais e dar maior transparência ao processo.
>
> Com relação ao argumento sempre presente e central de “ajudar o pequeno
> ISP” , o que podemos considerar como sendo um pequeno ISP?
>
> Utilizando uma referência que encontrei no Brasil que um pequeno ISP é
> aquele que atende até cerca de 5.000 assinantes. Em outros países, podemos
> ter números diferentes ou menores ainda. Portanto creio que se ajustarmos
> o bloco de um /21 para um /24 é mais do que suficiente para sustentar um
> CGNAT com esse bloco (aproximadamente 12.000 clientes) caso o ISP pequeno
> ou iniciante queira começar suas operações, permitindo ainda que ele
> reserve alguns endereços IPv4 para mecanismos de transição para IPv6 e para
> serviços internos ou de Data Center.
>
> Outra narrativa que aparece ainda e que tenho curiosidade é sobre “fuga de
> recursos” para outros RIRs, para entender se essa política realmente
> traria benefício concreto ou poderia ser retirado da justificativa.
>
> Pegando alguns dados públicos recentes da RIPE / APNIC e do próprio LACNIC,
> figura que esta anexo nesta mensagem, mostram que a quantidade de blocos
> realmente “fugindo” do LACNIC é baixa comparada à Europa e Ásia.
>
> Se existe alguma política igual a essa que estamos propondo para evitar
> essa fuga lá, acredito que não surtiu efeito e creio que eles não estão
> preocupados ou não é um problema para eles.
>
> Obrigado e abraços !
>
> Henri.
>
>
>
>
>
>
>
>
> Em seg., 8 de set. de 2025 às 14:02,<info-politicas at lacnic.net> escreveu:
>
>> [Português abaixo]
>> [English below]
>>
>> ---
>>
>> Estimados suscriptores de la Lista de Políticas de LACNIC,
>>
>> Se recibió una nueva propuesta de Política, se le asignó el id LAC-2025-5.
>>
>> Título: Sub-asignación de Recursos IPv4 a Terceros
>>
>> Título abreviado: Sub-asignación IPv4 a terceros
>>
>> Resumen: El Manual de Políticas de LACNIC (sección 0.9) prohíbe
>> actualmente la sub-asignación de direcciones IPv4 a terceros fuera de la
>> infraestructura propia del receptor.
>>
>> En el contexto de agotamiento de IPv4, esta restricción ha derivado en
>> prácticas informales de “alquiler” de direcciones sin dejar registro de la
>> operación, con los consecuentes inconvenientes que esto acarrea, incluyendo
>> la posibilidad de fuga de recursos hacia otros RIRs a través de
>> transferencias.
>>
>> Los pequeños ISPs son, aunque no exclusivamente, los principales
>> perjudicados bajo el esquema actual.
>>
>> Esta propuesta crea un mecanismo transparente, con responsabilidades
>> claramente definidas, para habilitar la sub-asignación de IPv4, ofreciendo
>> una alternativa que se ajuste a nuestras políticas y brinde un marco
>> regulado a prácticas que hoy existen sin control.
>>
>> Los lineamientos originales presentados a la lista en Agosto de 2025 y que
>> recibieron comentarios de parte de la comunidad han sido analizados y en
>> mayor o menor medida, la mayoria de ellos, incorporado a la propuesta.
>>
>> Se propone hacer una modificación sobre el punto 0.9 y adicionar una
>> sección nueva para este tipo de subasignaciones.
>>
>> Propuesta completa:
>> Modificación de punto 0.9 (existente)
>>
>> 0.9.Asignar
>> Asignar significa delegar espacio de direcciones a un usuario final, para
>> su uso exclusivamente dentro de la infraestructura que opera, así como para
>> fines de interconexión.
>> La asignación de espacio de direcciones es sólo para el uso por el
>> receptor original de dicha asignación, así como para dispositivos de
>> terceros, siempre y cuando estén operando dentro de dicha infraestructura.
>> No está permitida la sub-asignación a terceros fuera de la infraestructura
>> propia del receptor original, salvo en los casos previstos en la sección
>> 2.3.2.19.
>>
>> Texto Nuevo (Nueva sección)
>>
>> 2.3.2.19 – Sub-asignación de Recursos IPv4 a Terceros
>>
>> 2.3.2.19.1. Ámbito de Aplicación
>> La presente política aplica exclusivamente a la sub-asignación de recursos
>> IPv4.
>>
>> 2.3.2.19.2. Condiciones y Requisitos
>> a. La organización receptora deberá contar al menos con un ASN y
>> direccionamiento IPv6 asignado por LACNIC.
>> b. El tamaño mínimo será un /24 y el máximo un /21.
>> c. La organización receptora deberá demostrar el uso o la necesidad
>> inmediata de al menos el 25% del bloque sub-asignado, y presentar un plan
>> detallado para alcanzar un 50% de utilización en el plazo de un año. LACNIC
>> podrá solicitar información adicional si lo considera necesario para
>> validar la justificación.
>>
>> 2.3.2.19.3. Transparencia y Trazabilidad
>> a. Identificación en WHOIS: Cada sub-asignación deberá registrarse en la
>> base WHOIS de LACNIC, vinculando el bloque de direcciones con el ASN del
>> receptor.
>> b. Bitácora Pública de Movimientos: Se creará y mantendrá una bitácora
>> pública para dar trazabilidad a los eventos de inicio y fin de cada
>> sub-asignación identificando el bloque de direcciones, el ASN del receptor,
>> la fecha y el tipo de evento (inicio de sub-asignación o fin de
>> sub-asignación).
>>
>> 2.3.2.19.4. Responsabilidad sobre los Recursos
>> La responsabilidad final sobre el uso de las direcciones IP recaerá
>> siempre en la organización miembro de LACNIC que realiza la sub-asignación.
>> En caso de mal uso por parte del receptor, la organización miembro deberá
>> finalizar la sub-asignación; de no hacerlo, podrá ser susceptible de
>> revocación de recursos por parte de LACNIC según las políticas vigentes.
>>
>> 2.3.2.19.5. Mecanismo Anti-especulación
>> Los bloques IPv4 recibidos por transferencia (sección 2.3.2.18) o desde el
>> pool de recursos recuperados de LACNIC no podrán ser objeto de
>> sub-asignación bajo esta modalidad durante un período de tres (3) años a
>> partir de su recepción.
>>
>> Para ver el detalle ingrese en:
>> https://politicas.lacnic.net/politicas/detail/id/LAC-2025-5/language/sp
>>
>> Los comentarios y los puntos de vista aportados por la comunidad son
>> vitales para el correcto desarrollo del proceso de la propuestas
>> - ¿Apoya usted o se opone a esta propuesta?
>> - ¿Esta propuesta resolvería un problema que usted está experimentando?-
>> ¿Ve alguna desventaja en esta propuesta?
>> - ¿Qué cambios podrían hacerse a esta propuesta para que sea más eficaz?
>>
>> Por más información contacte ainfo-politicas at lacnic.net
>> Saludos cordiales,
>>
>> ----------------------------------------
>> Prezados assinantes da lista de políticas de LACNIC,
>>
>> Foi recebida uma nova proposta de Política, foi atribuído o id LAC-2025-5.
>>
>> Título: Sub-asignación de Recursos IPv4 a Terceros
>>
>> Título abreviado: Sub-asignación IPv4 a terceros
>>
>> Resumo: El Manual de Políticas de LACNIC (sección 0.9) prohíbe actualmente
>> la sub-asignación de direcciones IPv4 a terceros fuera de la
>> infraestructura propia del receptor.
>>
>> En el contexto de agotamiento de IPv4, esta restricción ha derivado en
>> prácticas informales de “alquiler” de direcciones sin dejar registro de la
>> operación, con los consecuentes inconvenientes que esto acarrea, incluyendo
>> la posibilidad de fuga de recursos hacia otros RIRs a través de
>> transferencias.
>>
>> Los pequeños ISPs son, aunque no exclusivamente, los principales
>> perjudicados bajo el esquema actual.
>>
>> Esta propuesta crea un mecanismo transparente, con responsabilidades
>> claramente definidas, para habilitar la sub-asignación de IPv4, ofreciendo
>> una alternativa que se ajuste a nuestras políticas y brinde un marco
>> regulado a prácticas que hoy existen sin control.
>>
>> Los lineamientos originales presentados a la lista en Agosto de 2025 y que
>> recibieron comentarios de parte de la comunidad han sido analizados y en
>> mayor o menor medida, la mayoria de ellos, incorporado a la propuesta.
>>
>> Se propone hacer una modificación sobre el punto 0.9 y adicionar una
>> sección nueva para este tipo de subasignaciones.
>>
>> Para ver o detalhe acesse:
>> https://politicas.lacnic.net/politicas/detail/id/LAC-2025-5/language/pt
>>
>> Os comentários e os pontos de vista aportados pela comunidade são vitais
>> para o bom desenvolvimento do processo das propostas
>> - ¿Você é a favor ou contra desta proposta?
>> - ¿Esta proposta iria resolver um problema que você está experimentando?-
>> ¿Vê alguma alguma desvantagem nesta proposta?
>> - ¿Que mudanças poderiam ser feitas à proposta para que seja mais eficaz?
>>
>> Por mais informações entre em contato conosco através do seguinte e-mail:
>> info-politicas at lacnic.net
>> Atenciosamente,
>> ----------------------------------------
>>
>> Dear LACNIC Policy List subscribers,
>>
>> A new Policy Proposal has been received and assigned the following ID:
>> LAC-2025-5.
>>
>> Title: Sub-asignación de Recursos IPv4 a Terceros
>>
>> Abbreviated title: Sub-asignación IPv4 a terceros
>>
>> Summary: El Manual de Políticas de LACNIC (sección 0.9) prohíbe
>> actualmente la sub-asignación de direcciones IPv4 a terceros fuera de la
>> infraestructura propia del receptor.
>>
>> En el contexto de agotamiento de IPv4, esta restricción ha derivado en
>> prácticas informales de “alquiler” de direcciones sin dejar registro de la
>> operación, con los consecuentes inconvenientes que esto acarrea, incluyendo
>> la posibilidad de fuga de recursos hacia otros RIRs a través de
>> transferencias.
>>
>> Los pequeños ISPs son, aunque no exclusivamente, los principales
>> perjudicados bajo el esquema actual.
>>
>> Esta propuesta crea un mecanismo transparente, con responsabilidades
>> claramente definidas, para habilitar la sub-asignación de IPv4, ofreciendo
>> una alternativa que se ajuste a nuestras políticas y brinde un marco
>> regulado a prácticas que hoy existen sin control.
>>
>> Los lineamientos originales presentados a la lista en Agosto de 2025 y que
>> recibieron comentarios de parte de la comunidad han sido analizados y en
>> mayor o menor medida, la mayoria de ellos, incorporado a la propuesta.
>>
>> Se propone hacer una modificación sobre el punto 0.9 y adicionar una
>> sección nueva para este tipo de subasignaciones.
>>
>> To read the proposal, please go to
>> https://politicas.lacnic.net/politicas/detail/id/LAC-2025-5/language/en
>>
>> The community's comments and opinions are essential to the proper
>> functioning of the policy development process.
>> - Do you support this policy or are you against it?
>> - Would this proposal solve a problem you are experiencing?- Do you think
>> this proposal has any drawbacks?
>> - What changes could be made to this proposal to make it more effective?
>>
>> For further information, please contactinfo-politicas at lacnic.net
>> Kind regards,
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>> www.lacnic.net
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>>
>> El Codigo de Conducta de la Comunidad de LACNIC (
>> https://rir.la/codigoconducta-SP) aplica a las listas de discusion de
>> LACNIC.
>> O Codigo de Conduta da Comunidade do LACNIC (
>> https://rir.la/codigoconducta-PT) se aplica as listas de discussao do
>> LACNIC.
>> LACNIC's Community Code of Conduct (https://rir.la/codigoconducta-EN)
>> applies to LACNIC's discussion lists.
>>
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