[LACNIC/Politicas] Modificación a la Política de Publicación de Bloques IPv6
Nicolas Antoniello
nantoniello at antel.net.uy
Wed Apr 16 11:36:26 BRT 2008
Estimados,
De acuerdo a lo planteado en la reunión pasada en Margarita, y acorde a la decisión votada
en la mencionada reunión de posponer para este año la votación de la propuesta, reenvío a
la lista la propuesta, con algunas modificaciones al texto del año pasado, con la
finalidad de escuchar su opinión.
Referencia:
LAC-2007-01. Modificación a la Política de Publicación de Bloques IPv6.
Nicolás Antoniello.
http://mail.lacnic.net/pipermail/politicas/2007-March/006897.html
Propuesta:
Se propone modificar el punto 5.1.1.c de la Política de IPv6
5.1 Adjudicación inicial
5.1.1 Criterio de adjudicación inicial
c) Anunciar en el sistema de rutas inter-dominio de Internet un único bloque, que agregue
toda la asignación de direcciones IPv6 recibida, en un plazo no mayor de 12 meses.
El texto propuesto sería:
c) Anunciar en el sistema de rutas inter-dominio de Internet el bloque asignado, con la
mínima desagregación que le sea posible, en un plazo no mayor a 12 meses.
Y promover el cambio de los equivalentes a nivel de todo los RIR.
Motivación:
El problema surge cuando un RIR asigna un prefijo /28 (por ejemplo) a un ISP que tiene
enlaces a Internet con múltiples proveedores (multi-homing) usando publicaciones BGP.
De acuerdo con la política de LACNIC (y de la de otros RIRs), el ISP debe publicar el /28
a través de los tres enlaces sin posibilidad de desagregación. El problema con esta
política es que al hacer esto el ISP pierde control sobre tráfico, limitando la capacidad
de distribuir el tráfico sobre los tres enlaces diferentes, aún cuando utilice técnicas
de ingeniería de tráfico y/o manejo de comunidades BGP.
Es posible que un prefijo /28 tenga una gran cantidad de tráfico entrante asociado, de
modo que creo que la política debería permitir la desagregación (subnets) del prefijo.
En términos generales, entiendo que una política de asignación de bloques de direcciones
IP puede, en todo caso, recomendar o exhortar a quienes reciben dicha asignación a
optimizar la forma en que el bloque es publicado a fin de reducir al mínimo posible el
impacto en las "tablas de rutas" globales, pero en ningún caso, debería imponer una forma
de publicación como requisito para una asignación.
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