[LACNIC/Politicas] Transferencias de bloques IPv4 en la region
Francisco Arias
francisco at arias.com.mx
Mon Feb 9 22:08:27 BRST 2009
Un poco más sobre el tema. Les paso una liga a un artículo que habla
sobre posibles implicaciones no técnicas del esquema de transferencias
que ya existe en RIPE y que probablemente habrá en otros RIRs:
http://www.circleid.com/posts/20090202_ipv4_numbers_transferable_property/
Una afirmación que es de llamar la atención:
"If IPv4 addresses become property, then there will be no IPv6
transition, or any other successor addressing format or technology
that can succeed without the active support of future IPv4 owners"
Saludos,
--
Francisco Arias
Moderador del Foro Público de Políticas - LACNIC
Moderador do Foro Público de Políticas - LACNIC
Chair of Public Policy Forum - LACNIC
2009/2/3 Francisco Arias <francisco at arias.com.mx>:
> ¿Debe haber una política de transferencia de bloques IPv4 en la región LAC?
>
> De ser afirmativa la respuesta, ¿qué puntos debe tomar en cuenta?
>
> Saludos,
>
> fjac
>
>
>
> 2009/2/3 Francisco Arias <francisco at arias.com.mx>:
>> ¿Habrá o no transferencias de bloques IPv4 en la región?
>>
>> Es la pregunta que ha generado la mayoría de los correos y discusión
>> en las listas de políticas de los RIR's, con las notables excepciones
>> de África y LAC. Creo que sería bueno discutir este asunto ahora,
>> antes de que llegué el fin del espacio IPv4 asignable y quizá, sea
>> demasiado tarde para generar políticas al respecto. A continuación
>> trataré de hacer un pequeño resumen de la situación en los otros RIRs
>> para ponernos en contexto.
>>
>> APNIC:
>> Hay tres propuestas en discusión.
>> - La propuesta [APNIC-50] aplica sólo para transferencias entre
>> miembros de APNIC. Se establece que el RIR puede cobrar una cuota por
>> la operación al receptor. No se establece que el RIR verifique la
>> necesidad de espacio por parte del receptor. Se pueden transferir
>> bloques mayores o iguales a un /24.
>> - La propuesta [APNIC-67] establece que el receptor debe justificar
>> ante el RIR la necesidad de espacio. Permite transferencias entre
>> organizaciones de diferentes regiones (RIRs), siempre y cuando se
>> sigan también las políticas de ese otro RIR, es decir, sólo se
>> permiten si el otro RIR también lo permite. Sólo se pueden transferir
>> bloques mayores o iguales al bloque mínimo distribuible en la región
>> o, bloques legados completos aún si son menores al bloque mínimo
>> distribuible.
>> - La propuesta [APNIC-68] aplica exclusivamente para transferencias
>> que involucran una organización de la región de APNIC y una
>> organización de otra región (RIR). Requiere que se cumplan también las
>> políticas del otro RIR en cuestión, es decir, sólo se permiten si el
>> otro RIR también lo permite. Se establece que el RIR puede cobrar una
>> cuota por la operación, ya sea transferencia desde o con destino a una
>> entidad de la región APNIC. Se pueden transferir bloques mayores o
>> iguales a un /24.
>>
>> ARIN:
>> Hay dos propuestas actualmente "vivas", aunque se han discutido más,
>> que han sido abandonadas o nunca oficialmente propuestas.
>> - La propuesta [ARIN-2008-6] está en su última etapa de revisión; ante
>> el Consejo de ARIN. Esta propuesta le permite a quien regrese recursos
>> a ARIN, el regresar dichos recursos pero estableciendo una
>> organización destinataria dentro de la región de ARIN que, debe
>> cumplir los requisitos definidos por el RIR para demostrar la
>> necesidad de dichos recursos. Esta propuesta tiene carácter temporal,
>> en operación durante 3 años, a partir de que se agote el espacio de
>> direcciones IPv4 en IANA o que el Consejo de ARIN lo determine. No
>> establece con claridad el bloque mínimo a transferir.
>> - La propuesta [ARIN-Rec-Fund] aún está en discusión y se espera una
>> nueva versión. En ella se establece que comienza a operar en el
>> momento en que ARIN no pueda cumplir, por falta de recursos, con la
>> primer solicitud de espacio IPv4. Se propone que el RIR pueda ofrecer
>> "incentivos financieros" a poseedores de bloques IPv4. Y también que
>> ARIN pueda recibir ofertas por el espacio recobrado; aunque dichas
>> ofertas deben provenir de quienes ya hayan pasado el proceso normal de
>> calificación de necesidad por parte del RIR. Todo lo anterior sin
>> buscar lucro, sólo recuperar costos. No establece con claridad el
>> bloque mínimo a transferir.
>>
>> RIPE:
>> Tienen ya una política [RIPE-2007-08] aceptada en diciembre-2008 y en
>> operación desde el 27-ene pasado que permite transferencias entre
>> miembros de RIPE NCC y sujeto a que el RIR verifique previamente la
>> necesidad del receptor. Sólo se pueden transferir bloques mayores o
>> iguales al bloque mínimo distribuible en la región.
>>
>> Referencias:
>> [ARIN-2008-6] http://www.arin.net/policy/proposals/2008_6.html
>> [ARIN-Rec-Fund]
>> http://lists.arin.net/pipermail/arin-ppml/2009-January/012948.html
>> [APNIC-50] http://www.apnic.net/policy/proposals/prop-050-v003.html
>> [APNIC-67] http://www.apnic.net/policy/proposals/prop-067-v001.html
>> [APNIC-68] http://www.apnic.net/policy/proposals/prop-068-v001.html
>> [RIPE-2007-08] http://ripe.net/ripe/policies/proposals/2007-08.html
>>
>> Saludos,
>>
>> fjac
>>
>
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