[LACNIC/Politicas] Sobre propuesta de transferencia de recursos IPv4 (LAC-2009-04)
Christian O'Flaherty
christian.oflaherty at gmail.com
Thu May 6 19:00:11 BRT 2010
Apoyo esta propuesta.
La incluyo en el mail para que puedan leerla:
2.3.2.18.- Transferencias de bloques IPv4 dentro de la región LACNIC
Se permitirán las transferencias de bloques IPv4 entre LIRs y/o
usuarios finales dentro de la región LACNIC, en adelante entidades,
bajo las condiciones mencionadas en la presente sección.
2.3.2.18.1.- El tamaño mínimo de bloque que se permite transferir es un /24.
2.3.2.18.2.- Para que una entidad pueda ser el destinatario de una
transferencia, debe pasar primero por el proceso de justificación de
necesidades de recursos IPv4 ante LACNIC. Es decir, la entidad debe
justificar ante LACNIC la distribución/asignación inicial/adicional,
según sea el caso, de acuerdo a las políticas vigentes.
2.3.2.18.3.- LACNIC mantendrá un "listado de solicitantes aprobados",
accesible públicamente, de las solicitudes de direcciones IPv4
recibidas y aprobadas que no puedan ser satisfechas por falta de
recursos IPv4. Un solicitante podrá elegir si su información de
contacto debe aparecer en el listado. El listado contendrá los
siguientes campos: nombre del solicitante, tamaño de bloque aprobado,
fecha de aprobación, información de contacto del solicitante.
2.3.2.18.4.- Ante una solicitud de transferencia de un bloque IPv4,
LACNIC verificará que la entidad fuente sea efectivamente el titular
de dicho bloque y que no haya ninguna disputa sobre el mismo. Un
solicitante aprobado podrá pedir a LACNIC verificar si el recurso que
podría recibir en transferencia no tiene disputas. El solicitante
aprobado y la entidad que transferiría deberán presentar a LACNIC una
copia del documento legal que respalde la transferencia.
2.3.2.18.5.- LACNIC mantendrá una bitácora de transferencias,
accesible públicamente, de todas las transferencias de bloques IPv4
que se registren ante él. En dicha bitácora se registrará la fecha de
la operación, la entidad fuente de la transferencia, la entidad
destino y el bloque transferido.
2.3.2.18.6.- La entidad fuente de la transferencia quedará
automáticamente inelegible para recibir distribuciones y/o
asignaciones de recursos por parte de LACNIC durante un año, a partir
de la fecha de operación registrada en la bitácora de transferencias.
2.3.2.18.7.- Un bloque previamente transferido no podrá ser
subsecuentemente transferido durante un periodo de un año, a partir de
la fecha de operación registrada en la bitácora de transferencias. Lo
mismo aplica para sus sub-bloques, es decir, bloques que agrupen un
subconjunto de las direcciones IPv4 que contiene el bloque.
2.3.2.18.8.- Una vez concluida la transferencia, LACNIC modificará la
información sobre el recurso transferido para reflejar el cambio de
titular.
2.3.2.18.9.- La entidad destino deberá cumplir con todas las políticas
vigentes de LACNIC.
2.3.2.18.10.- Los bloques y sus sub-bloques, provenientes de
distribuciones o asignaciones de LACNIC, ya sean iniciales o
adicionales, no podrán ser sujetos a transferencias durante un periodo
de un año a partir de su fecha de distribución o asignación.
2010/5/6 Gustavo Lozano Ibarra <glozano at nic.mx>:
> Hola,
>
> En LACNIC XII presentamos la propuesta de transferencia de bloques IPv4 en la región LACNIC (LAC-2009-04).
>
> Durante la reunión no llegamos a consenso y en LACNIC XIII volveremos a discutir la propuesta.
>
> El año pasado existió una nutrida discusión y los invito a buscar en los "archives" de la lista para leer los diferentes puntos de vista.
>
> También pueden leer el siguiente artículo para entender un poco más de que problemas pretende solucionar la propuesta de transferencias de recursos IPv4: http://www.infoworld.com/d/networking/beware-the-black-market-rising-ip-addresses-729
>
> Cabe mencionar que en APNIC, RIPE y ARIN ya fueron aprobadas políticas de transferencias. La propuesta presentada en LACNIC tiene un buen número de candados y creo que debería ser más fácil de aceptar como punto de partida en nuestra región que las propuestas más liberales de otras regiones.
>
> Una vez que se acaben los recursos IPv4 existirá una gran presión sobre LACNIC (y los otros RIRs) por lo que estamos obligados a crear las políticas que nos permitan afrontar el agotamiento de recursos IPv4.
>
> Buscando lo anterior ya tenemos una política que nos dice que hacer con el ultimo /12 (LAC-2008-04) y una política que nos dice como utilizar los bloques recuperados (LAC-2009-06), sin embargo necesitamos una política que nos permita afrontar la parte de transferencias y el surgimiento de mercados grises o negros.
>
> El presente correo es un llamado para discutir la propuesta antes de llegar al foro y principalmente para los que votaron en contra para que expongan sus argumentos.
>
> Saludos,
> Gustavo Lozano
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