[LACNIC/Politicas] Consulta sobre asignacion de bloques IPv6 a usuarios final

Nicolas Antoniello nantoniello at gmail.com
Wed Apr 3 16:48:02 BRT 2013


Hola nuevamente,

Donde indica:

---
LACNIC asignará bloques de direcciones IPv6 portables directamente a
Usuarios Finales si cuentan con asignaciones de direcciones IPv4 portables
previamente realizadas por LACNIC.

En caso de anunciar la asignación en el sistema de rutas inter-dominio de
Internet, la organización receptora deberá anunciar un único bloque, que
agregue toda la asignación de direcciones IPv6 recibida.
---

Si eso quedó escrito así en el manual, no debería estar escrito de igual
forma que los anteriores:
... En caso de anunciar el bloque designado en el sistema de rutas
   inter-dominio de Internet, la organización receptora deberá anunciar
   el bloque designado con la mínima desagregación posible para quien
   esté publicando los bloques IP...

Esto viene de aquella discusión de no "atar" aspectos técnicos en las
políticas... es decir que diríamos "la mínima desagregación posible" y no
"en un único bloque".

No ?

Saludos,
Nico






2013/4/3 Juan Alejo Peirano <jpeirano at lacnic.net>

> Estimado Alejandro y miembros de la lista
>
> Como bien mencionaste el extracto que aparece en la página fue obtenido de
> dos puntos  del manual de póliticas (4.5.4.1 y 4.5.4.2)
>
> La siguiente sección:
>
> 1. No ser un LIR o ISP.
> 2. En caso de anunciar el bloque designado en el sistema de rutas
>    inter-dominio de Internet, la organización receptora deberá anunciar
>    el bloque designado con la mínima desagregación posible para quien
>    esté publicando los bloques IP.
> 3. Proveer información detallada mostrando como el bloque solicitado
>    será utilizado dentro de tres, seis y doce meses.
> 4. Entregar planes de direccionamiento por al menos un año, y números
>    de terminales sobre cada subred.
> 5. Entregar una descripción detallada de la topología de la red.
> 6. Realizar una descripción detallada de los planes de encaminamiento
>    de la red, incluyendo los protocolos de encaminamiento a ser usados,
>    así también como cualquier limitación existente.
>
> fue extraída de punto 4.5.4.2, donde se especifican los requerimientos
> para Usuarios finales sin IPv4 asignados por LACNIC.
>
> En cambio esta sección:
>
>
> LACNIC asignará bloques de direcciones IPv6 portables directamente a
> Usuarios Finales si cuentan con asignaciones de direcciones IPv4 portables
> previamente realizadas por LACNIC.
>
> En caso de anunciar el bloque designado en el sistema de rutas
> inter-dominio de Internet, la organización receptora deberá anunciar el
> bloque designado con la mínima desagregación posible para quien esté
> publicando los bloques IP.
>
> fue extraída del punto 4.5.4.1, donde se especifican los requerimientos
> para Usuarios finales con IPv4 asignado por LACNIC.
>
> Por lo tanto estas dos secciones deberían interpretarse como secciones
> separadas, que refieren a los distintos puntos mencionados del Manual de
> Politicas .
> De cualqueir manera, puede interpretarse fácilmente que ambas secciones
> son requerimientos para la solicitud de IPV6 por parte de Usuarios Finales
> que ya poseen IPv4 asignado por LACNIC.
>
> Por lo tanto desde LACNIC proponemos realizar el siguiente cambio en la
> seccion de la página web mencionada :
> (IMPORTANTE: NO ES UN CAMBIO EN EL MANUAL DE POLÍTICAS, SOLAMENTE ES UNA
> EXTENSIÓN DEL TEXTO EXPLICATIVO EN LA SECCION WEB CORRESPONDIENTE A
> SOLICITUDES IPV6 PARA USUARIOS FINALES)
>
> */-  Usuarios Finales sin asignaciones IPv4 portables previas realizadas
> por LACNIC/*
>
> 1. No ser un LIR o ISP.
> 2. En caso de anunciar el bloque designado en el sistema de rutas
>    inter-dominio de Internet, la organización receptora deberá anunciar
>    el bloque designado con la mínima desagregación posible para quien
>    esté publicando los bloques IP.
> 3. Proveer información detallada mostrando como el bloque solicitado
>    será utilizado dentro de tres, seis y doce meses.
> 4. Entregar planes de direccionamiento por al menos un año, y números
>    de terminales sobre cada subred.
> 5. Entregar una descripción detallada de la topología de la red.
> 6. Realizar una descripción detallada de los planes de encaminamiento
>    de la red, incluyendo los protocolos de encaminamiento a ser usados,
>    así también como cualquier limitación existente.
>
>   - */Usuarios Finales con asignaciones IPv4 portables previas realizadas
> por LACNIC/*
>
>
> LACNIC asignará bloques de direcciones IPv6 portables directamente a
> Usuarios Finales si cuentan con asignaciones de direcciones IPv4 portables
> previamente realizadas por LACNIC.
>
> En caso de anunciar la asignación en el sistema de rutas inter-dominio de
> Internet, la organización receptora deberá anunciar un único bloque, que
> agregue toda la asignación de direcciones IPv6 recibida.
>
>
>
> Basicamente se agregarían encabezados a cada párrafo para que queden
> correctamente delimitados, el resto permanecería incambiado.
>
> Quedamos a la espera de sus comentarios y sugerencias para diagramar la
> página web lo mas claro posible.
>
> Saludos!
>
> --
> Juan Alejo Peirano
> Responsable de Políticas // Policy Officer
> LACNIC - http://www.lacnic.net
> Latin American and Caribbean Internet Addresses Registry
>
> El 03/04/2013 02:07 a.m., Alejandro Acosta escribió:
>
>  Buenas noches lista,
>>    Estaba leyendo "Solicitando bloques IPv6 Usuario Final"
>> (http://lacnic.net/sp/**registro/ipv6-endusers.html<http://lacnic.net/sp/registro/ipv6-endusers.html>)
>> debido que existe
>> una organización que desea un bloque IPv6. Sin embargo me conseguí con
>> el siguiente extracto:
>>
>> "LACNIC asignará bloques de direcciones IPv6 portables directamente a
>> Usuarios Finales si cuentan con asignaciones de direcciones IPv4
>> portables previamente realizadas por LACNIC."
>>
>>    ¿Por qué el solicitante debe tener IPv4 portables previamente
>> realizadas por LACNIC?
>>
>>    Ahora bien, profundizando un poco, en el manual de políticas si se
>> aprecian los dos escenarios:
>>
>> 4.5.4.1. Asignaciones directas de direcciones IPv6 portables a
>> Usuarios Finales con asignaciones IPv4 portables previas realizadas
>> por LACNIC
>>
>> "4.5.4.2. Asignaciones directas de direcciones IPv6 portables a
>> Usuarios Finales sin asignaciones IPv4 portables previas realizadas
>> por LACNIC"
>>
>> (ambos en: http://lacnic.net/sp/**politicas/manual5.html<http://lacnic.net/sp/politicas/manual5.html>
>> )
>>
>>    Concluyendo, creo que está bien el manual de políticas pero veo
>> conveniente ampliar la página
>> http://lacnic.net/sp/registro/**ipv6-endusers.html<http://lacnic.net/sp/registro/ipv6-endusers.html>e indicar que el
>> solicitante sin IPv4 PI puede tambien solicitar IPv6 como usuario
>> final.
>>
>>    ¿Me perdí en algún punto?
>>
>>
>> Saludos,
>>
>> Alejandro Acosta,
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