[LACNIC/Politicas] es aceptable usurpar derechos de otros asociados?

JORDI PALET MARTINEZ jordi.palet at consulintel.es
Sat Apr 13 17:38:42 -03 2019


Ricardo,

Los únicos que habéis hablado de "bueno o malo" sois aquellos que habéis tergiversado la conversación, y por tanto ejemplos de "bueno o malo" son totalmente carentes de sentido.

Todos los que habéis hablado, aún en contra de la propuesta, habéis manifestado que estáis en contra de los secuestros.

Si no me equivoco nadie ha manifestado que sea *aceptable* que un miembro usurpe los derechos de otro miembro. Y eso es lo *único* que es preciso aclarar. Otra discusión es si eso se debe hacer en una política o en los estatutos o en ningún sitio.

Abstraigámonos de LACNIC y de los recursos, para que todos podamos ser *FRANCOS*: Si alguno considera que es *aceptable* en una asociación que se ocupa de conceder unos derechos, que un miembro usurpe los derechos de otro asociado, que lo diga, por favor.

Y vuelvo a recordar que *juzgar* a los autores con expresiones como pasarse de la raya o similares, constituye un ataque personal, y es contrario además al espíritu del debate del PDP.

Igualmente, ninguno de nosotros puede juzgar, en este momento, si la comunidad esta a favor o en contra, hay que esperar al final del recorrido del PDP para poder afirmar eso. Lo contrario, es una falta de respeto.

Saludos,
Jordi
 
 

El 12/4/19 18:51, "Politicas en nombre de Ricardo Patara" <politicas-bounces at lacnic.net en nombre de patara at registro.br> escribió:

    Ya habia decido no escribir más. me parece que esto ya fue allá de lo
    que debía (como comentó Alejandro).
    
    y también debido a los comentarios se ve claramente que la comunidad
    está en contra.
    
    pero se inició otra discusión acerca de uso bueno o malo y eso es muy
    relativo.
    
    les doy un ejemplo.
    
    supongamos que haya un país con sistema política más controlado,
    Natsikap se llamaría ese país.
    
    sus gobernantes deciden que un contenido es contrario sus ideologías y
    deciden bloquear el acceso de sus ciudadanos a ese contenido.
    
    para eso instruye a los isps del país a desviar cualquier trafico hacia
    los servidores del contenido a una página con información de la
    prohibición.
    
    para hacer eso los ISPs pasan a anunciar los bloques IP de estos
    servidores con origen en sus redes para así "capturar" el trafico hacia
    los servidores correctos.
    
    para algunos eso es un uso "malo", para las autoridades de Natsikap no.
    
    y poner los rirs en decidir eso, allá de no les caber eso y demasiado
    complicado.
    
    no hace falta declarar lo que piden los autores de la lac-2019-5 en las
    políticas. no cabe y es totalmente fuera de contexto.
    
    --
    ricardo
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