[LACNIC/Politicas] Nuevas versiones de las propuestas LAC-2019-2, LAC-2019-3 y LAC-2019-4

JORDI PALET MARTINEZ jordi.palet at consulintel.es
Thu Apr 18 15:38:32 -03 2019


Hola Fernando, 

El 18/4/19 20:17, "Politicas en nombre de Fernando Frediani" <politicas-bounces at lacnic.net en nombre de fhfrediani at gmail.com> escribió:

    Hola Jordi
    Siguen los comentarios abajo
    
    Fernando
    
    On 18/04/2019 14:45, JORDI PALET MARTINEZ via Politicas wrote:
    > Hola Fernando,
    >
    >
    > El 18/4/19 19:10, "Politicas en nombre de Fernando Frediani" <politicas-bounces at lacnic.net en nombre de fhfrediani at gmail.com> escribió:
    >
    >      ¡Hola
    >      
    >      Me gustaría poner algunos puntos al respecto de estas tres propuestas,
    >      pero para evitar tener que enviar 3 emails, como son muy similares pongo
    >      aquí en un solo.
    >      
    >      En primer lugar pude ver que los autores acataron diversos comentarios
    >
    > Sin que me moleste ni me ofenda en absoluto, pero para poner de ejemplo con la discusión paralela de la propuesta del AUP, aspectos que los moderadores deben entender las diferencias idiomáticas. "acatar" en castellano implica "cumplir ordenes" como cuando un soldado cumple las ordenes del sargento.
    > 1. tr. Tributar homenaje de sumisión y respeto.
    > 2. tr. Aceptar con sumisión una autoridad o unas normas legales, una orden, etc.
    >
    > Los autores estamos encantados de "escuchar" a la comunidad e implementar los cambios del texto que nos convenzan (por los argumentos de la comunidad), o argumentar nuestra posición para no aceptar esos cambios. Es decir, en ningún caso estamos para "cumplir" ordenes, sino para buscar el consenso.
    Gracias por el ejemplo. Ciertamente cuando dijo "acataron" quiso decir 
    "aceptaron" ;-)
    > Supongo que hay mas diferencias entre Castellano y Portugués de las que parecen!
    >
    >          
    >      Por lo tanto, quisiera preguntar a los autores cómo quedamos en este
    >      caso y en especial de LAC-2019-2 pues de la manera que está entendiendo
    >      continuar restringido a la intra-RIR y sin embargo no había ninguna
    >      objeción.
    >
    > Si no se especifica, cuando hay dos opciones, en castellano quiere decir "ambas". De todos modos abajo lo explico ...
    >
    > Te contesto al final, porque creo que es complicado separar punto a punto y creo que así se puede seguir mejor el razonamiento.
    >
    > 1) Si la propuesta LAC-2018-14 o la LAC-2019-1 alcanza consenso, y creo que ya no hay *ninguna* oposición (si la hay por favor díganlo ahora), así que es posible, esta claro que la LAC-2019-2, no tendría sentido limitarla a intra-RIR, y como tu indicas, tampoco parece que haya oposición en esto.
    Creo que LAC-2018-14 y LAC-2019-1 son exclusivas pues LAC-2018-14 sólo 
    permite la transferencia de recursos legados mientras que LAC-2019-1 
    permite cualquier recurso. Por lo tanto, en mi opinión la propuesta a 
    alcanzar consenso sería LAC-2019-1 y no LAC-2018-14. Tiene sentido ?

Esa es la idea, y personalmente creo que seria la mejor decisión para la comunidad y por eso se ha puesto un texto al respecto en "Información Adicional":

"La única diferencia entre esta propuesta y la LAC-2018-14, es la restricción existente en esta última (LAC-2018-14) respecto a solo permitir transferencias inter-RIR de recursos legados. Por lo tanto, en el caso de que ambas alcancen consenso, independientemente de que esto ocurra en diferentes tiempos, automáticamente prevalecería el texto de la presente."

    > 2) El análisis de impacto de la LAC-2019-3 y LAC-2019-4 dice:
    > 1. Actualmente existe en el Manual de Políticas un texto para uniones y adquisiciones únicamente en la sección “2. Direcciones IPv4”. Si bien a nivel de implementación al realizar una unión o adquisición se fusionan todos los recursos de una organización, LACNIC entiende que con esta propuesta quedará más prolijo y claro en el Manual para cada tipo de recurso.
    >
    > Eso quiere decir que, aunque no alcancen consenso esas propuestas, en un caso de M&A, LACNIC lo está haciendo para TODOS los recursos.
    He entendido bien lo que el staff quiere decir en su análisis de impacto 
    y tiene sentido, pero eso es sólo en la hipótesis de que estas 
    propuestas alcancen consenso. No sé si entendí correctamente lo que 
    usted quiso decir, pero si esas dos propuestas no alcanzan consenso lo 
    que dice el staff no podrá ocurrir.

Lo que indica el staff *YA* se aplica hoy, pero *solo* para intra-RIR. Si no alcanzan consenso, la situación se mantendría como esta.

    > 3) En castellano, cuando hay dos opciones para algo (en este caso inter e intra), y no especificas una u otra, implica ambas, y en eso discrepamos del análisis de impacto, que es erróneo con una interpretación correcta del castellano.
    Bueno, entendí su punto de vista y razonamiento, pero tenemos un 
    problema aquí.
    Yo y otros que ya se manifestaron y justificaron sus posiciones todavía 
    no consideramos suficientes justificaciones en este momento para 
    permitir transferencias inter-RIR de IPv6 y ASN (por lo tanto LAC-2019-3 
    y LAC-2019-4). No digo con eso que nunca podrá ocurrir un día pero creo 
    que para este momento las justificaciones no son suficientes.

Hay un debate mas amplio, que es interesante leer en la lista de ARIN, que busca que las transferencias de IPv6 inter-RIR también se puedan hacer. En el caso de ASN ya están autorizadas (si no me equivoco, lo estoy diciendo de memoria). Creo que hay justificaciones mas que suficientes.

    > 4) Lo que algunos habéis comentado a este respecto es que cuando se produce una M&A inter-RIR, primero se hace la membresía en LACNIC y por lo tanto ya no es inter-RIR, sino intra-RIR. Si es así, de nuevo no tiene importancia que no se especifique. Si no es así, y surge algún caso justificado que realmente sea inter-RIR, dado que en castellano es claro que admitimos ambas, dejamos a criterio de LACNIC (en función de documentación).
    Lo siento, pero en este caso voy a estar totalmente en desacuerdo con 
    esta interpretación de esos algunos. Es muy fácil entender que la 
    transferencia es siempre **de recursos** no de membresia por lo tanto si 
    los recursos están registrados en otro RIR, necesariamente se trata 
    siempre de una transferencia inter-RIR.

Creo que es mucho mas complejo, y por eso soy partidario de que el staff tenga la libertad en función de la documentación. Creo que Ricardo puso un ejemplo, mas o menos si lo recuerdo bien: si una empresa de "Holanda" compra una empresa de "Uruguay" y va a mantener servicios en "Uruguay", esta comprando los derechos de "membresía" (quizás haya un cambio de nombre, etc.) o bien establece una membresía nueva, y por tanto esa empresa ya esta ahora establecida en Uruguay. No es una transferencia de membresía, sino que el propietario del miembro ahora es de origen "Holandés" pero, esta establecido en Uruguay, y por tanto ya es una transferencia intra-RIR (para recibir esos recursos que antes tenía la empresa que ha comprado). Fíjate que este ejemplo, si la empresa Holandesa compra la empresa Uruguaya, *creo* que no necesita una nueva membresía (tendría que repasar los estatutos si dicen algo para casos de adquisiciones y si las admite completas o parciales, etc.), y por lo tanto si no necesita una nueva membresía *ni siquiera* necesita una transferencia!

Entiendes la complejidad que se presenta y que cada caso es "un mundo" y que intentar limitar estos casos es imposible y que hay que darle al staff la libertad, en base a la documentación legal?

    > De hecho mi tentación es quitar en las transferencias IPv4 la palabra inter e intra por todos los lados ... pero creo que no hace falta una nueva versión para solo esto.
    Si LAC-2019-1 alcanza consenso tal vez no haga falta.
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