[LACNIC/Politicas] LAC-2019-2 / LAC-2019-3 / LAC-2019-4

Ricardo Patara patara at registro.br
Fri Mar 22 16:59:40 -03 2019


Jordi

Me alegra sabe que hay otra versión y espero que los comentarios
(incluso contrarios a la versión actual), sea llevados en consideración.

Tu mencionas de idas/vueltas en el mismo tema. Estoy de acuerdo. Pero
veas que tu has traido temas ya discutidos diversas veces y repetiendo
argumentos rechazados por mi y/o por otros ;-)

Te contesto solamente acerca de algunos pontos especificicos y que creo
importante para no confundir la comunidad:

1) Creo que no tienes razón en varios aspectos| a) Una empresa puede no
tener sede "social" en un país y sin embargo
| tener allí operaciones, que se respaldan con un código de
identificación fiscal para la cuestión de impuestos.

*no*, no puede!
si tiene una operación, servicio, clientes los tiene que factura, pagar
impuestos y para eso se considera legalmente establecida en el país

acá, por lo menos es así.
como no vivís acá, natural que no lo sepa... pero así es.



> 3) Estamos hablando de ejemplos que pueden ser o no reales. Las políticas no solo se hacen para resolver "ahora tengo un caso y ahora hago una propuesta que puede obtener consenso o no y que en cualquier caso tardara 6 meses, 12 meses, o lo que sea". Mientras impides a la empresa adquiriente el adecuado registro ? Obviamente la empresa podría incluso invocar medidas cautelares si demuestra que se perjudica su operación y sería mas rápido.

si el caso no es real, no vale la pena el esfuerzo
y me preocupa que una politica como la que propones abre brechas muy,
muy, peligrosas para la migración de recursos para fuera de la región.

entonces, no vale la pena el riesgo


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