[LACNIC/Politicas] Nueva versión de la propuesta LAC-2019-3

JORDI PALET MARTINEZ jordi.palet at consulintel.es
Mon Oct 7 16:27:14 -03 2019


Misma respuesta que para ASNs.

Estas omitiendo parte del texto, para interpretar correctamente lo que se quiere decir.

Saludos,
Jordi
@jordipalet
 
 

El 7/10/19 10:15, "Politicas en nombre de Ricardo Patara" <politicas-bounces at lacnic.net en nombre de patara at registro.br> escribió:

    > 
    >     Tal cual mis comentarios acerca de la LAC-2019-4
    >     
    >     Estoy en contra el texto como propuesto:
    >     
    >     - me preocupa qué se imagina con "reubicaciones"?
    > 
    > 
    > Exactamente lo mismo que he indicado en el mensaje anterior.
    > 
    
    okay, y tal cual en el mensaje anterior, me pongo en contra pues no se
    jsutificaria la transferencia Inter-rir de ese tipo de recursos (ipv6)
    
    >     - "Se deberá justificar también que sigue manteniéndose la necesidad del
    >     conjunto de los recursos, obligándose si fuera el caso, al retorno de
    >     los excedentes de los mismos o alternativamente a su transferencia a
    >     terceras partes, atendiendo a lo que corresponda según las políticas
    >     vigentes (4.5.1., 4.5.2., 4.5.3. y 4.5.4.). En el caso de un retorno,
    >     LACNIC determinará las condiciones y plazo."
    >     
    >     
    >     ahi el problema es que si la intención es transferir el excedente a una
    >     tercera parte no se justifica bajo ese criterio de compra/fusión.
    >     entonces estaría incorrecto.
    >     
    >     quizás permitir solamente la devolución del excedente y no transferirlo
    >     a otro.
    > 
    > Dado que estamos explicitando que las fusiones y adquisiciones pueden ser totales o parciales, puede darse el caso de una entidad que tiene diferentes "áreas" de negocio (ejemplo, ISP y DataCenter), y puede estar vendiendo diversas partes del negocio a diversos compradores. Por lo tanto, se produce un "uno a varios" y se debe cumplir para cada uno de los "varios" la justificación de la necesidad según las políticas vigentes. Si no se da el caso, no se admite una "transferencia indiscriminada" (dado que no se permite según las políticas).
    
    okay, estoy de acuerdo que se pueda devolver el excedente.
    
    pero no se justifica la transferencia de excdentes a  "terceras" partes,
    o sea, organizaciones que no tienen ninguna relación con la
    compra/fusión que justificó inicialmente el proceso de transferencia.
    
    --
    _______________________________________________
    Politicas mailing list
    Politicas at lacnic.net
    https://mail.lacnic.net/mailman/listinfo/politicas
    



**********************************************
IPv4 is over
Are you ready for the new Internet ?
http://www.theipv6company.com
The IPv6 Company

This electronic message contains information which may be privileged or confidential. The information is intended to be for the exclusive use of the individual(s) named above and further non-explicilty authorized disclosure, copying, distribution or use of the contents of this information, even if partially, including attached files, is strictly prohibited and will be considered a criminal offense. If you are not the intended recipient be aware that any disclosure, copying, distribution or use of the contents of this information, even if partially, including attached files, is strictly prohibited, will be considered a criminal offense, so you must reply to the original sender to inform about this communication and delete it.





More information about the Politicas mailing list