[LACNIC/Politicas] LAC-2019-7: Procedimiento Electoral
Fernando Frediani
fhfrediani at gmail.com
Tue Mar 10 11:05:01 GMT+3 2020
Hola Ricardo
On 10/03/2020 10:59, Ricardo Patara wrote:
>
>> Sin embargo, ¿al menos está de acuerdo con la posibilidad de que el
>> Directorio pueda descalificar a un candidato después de una
>> evaluación cuidadosa?
>
> no, no tiene sentido
>
> qué es una evalución cuidadosa? qué se evalua? donde se obtiene los
> datos? qué garantías de qué los dados son correctos?
Esta es una tarea que debe realizar el Directorio bajo sus criterios. Si
él es quien debe tomar esta decisión, porque esta comunidad le ha
delegado, debe usar los mecanismos necesarios para que esta evaluación
sea lo más neutral y justa posible, y que sea justa no solo para el
candidato, sino para la comunidad también, porque si la persona tiene
que ser ratificada con cuestinos significativas, puede ser en contra del
interés de la comunidad.
Creo que es esencial que el Directorio tenga el poder de no ratificar a
alguien y, tal como se hace en el caso de una apelación, el Directorio
solo puede proporcionar a la comunidad la información necesaria que
respalda su decisión y que al mismo tiempo no lo compromete legalmente
al exponer información innecesaria.
Saludos Cordiales
Fernando Frediani
>
> saludos
>
>> Saludos
>> Fernando
>>
>> On 10/03/2020 08:59, Ricardo Patara wrote:
>>>
>>>> [Jordi] El texto que tengo en el borrador de la nueva versión dice
>>>> así:
>>>>
>>>> "A continuación, se abre un plazo de 10 días naturales, para que la
>>>> comunidad pueda indicar información relevante de los candidatos.
>>>> Dicha información, de ser confirmada, podrá ser publicada, de una
>>>> sola vez para todos los candidatos, el día siguiente hábil al
>>>> terminar el plazo de 10 días. A raíz de dicha información, el
>>>> Directorio podría descalificar a algún candidato."
>>>
>>> sigo en contra
>>>
>>> no tiene necesidad y trae responsabilidades al directorio y a lacnic
>>>
>>>> Además de eso, de la forma como escrito no se da
>>>> oportunidades de defensa.
>>>> [Jordi] Creo que esto resolvería las dudas que planteas, no
>>>> obliga a publicar esos comentarios, sino que lo decide el
>>>> directorio, y supongo que serán casos obvios (ejemplo "extremo"
>>>> alguien ha sido encarcelado y por tanto no podrá cumplir sus
>>>> funciones).
>>>
>>> exacto, extremado y sin sentido
>>>
>>> mantengamos la discusión a un nivel "real"
>>>
>>> no tiene sentido ese párrafo, y no es necesario (así como no lo es
>>> en RIPE, región en que vivís )
>>>
>>>> "o LACNIC anunciará inmediatamente, el resultado de la
>>>> votación tanto en
>>>> la primera como en la segunda vuelta, si se diera el caso."
>>>> antes de anunciar el proceso, en general, la comisión
>>>> evalúa el proceso. El
>>>> texto indica cómo LACNIC deberia hacer su trabajo.
>>>>
>>>> [Jordi] Precisamente, la propuesta no indica "todos" los pasos,
>>>> porque no hace falta entrar en "todos" los detalles operacionales.
>>>> Lo que este párrafo indica es que los resultados tienen que
>>>> anunciarse, es operativo entre la comisión electoral y LACNIC
>>>> "como" se hace, pero debe ser sin mas demora que la estrictamente
>>>> necesaria.
>>>
>>> mi comentario es cuanto a "inmediatamente" y no tiene sentido eso en
>>> el texto.
>>>
>>> la comisión decide cuando se publica, y lógicamente respetara los
>>> plazos
>>>
>>>> Y finalmente, me preocupa el texto:
>>>> "o Si se determina, en cualquier fase del proceso,
>>>> que hay suficientes
>>>> evidencias de fraude, se podría descalificar al candidato o
>>>> candidatos en
>>>> cuestión. Incluso, dado el caso, invalidar el proceso completo
>>>> y solicitar su
>>>> repetición para lo cual se ajustarán los plazos, de tal modo
>>>> que se haga
>>>> coincidir su resultado, en la medida de lo posible, con el
>>>> Foro Público siguiente."
>>>> Para eso esta la comisión, no es necesario que el
>>>> texto de la política indique
>>>> como ellos deben hacer su trabajo.
>>>> [Jordi] La Comisión debe hacer lo que le diga el proceso
>>>> electoral. No se trata de decirle "como" lo hace, pero si de darle
>>>> pasos concretos. Si no la Comisión no tendría potestad para
>>>> invalidar el proceso, porque el PDP no se lo permite.
>>>
>>> no hace falta una vez que la comisión ya tiene procedimientos para
>>> tratar casos que sean sospechosos.
>>>
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